¿Es la justicia la nueva 'razón' política universal? - Núm. 27, Enero 2010 - Revista Pensamiento Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 279850999

¿Es la justicia la nueva 'razón' política universal?

AutorJacques Commaille
CargoProfesor en la Escuela Normal Superior de Cachan (Francia) e investigador del Instituto de Ciencias Sociales y Políticas (ENS Cachan - Universidad de Paris Oeste Nanterre La Défense - Centro Nacional de la Investigación Científica (CNRS), Francia).
Páginas69-84
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Jacques Commaille*
¿Es la justicia la nueva
“razón” política universal?**
(Traducción de Mauricio García Villegas y Andrés Abel Rodríguez***)
Fecha de Recepción: Mayo 10 de 2010
Fecha de Aceptación: Mayo 15 de 2010
RES UM EN
El artículo estudia diversas vertientes del
fenómeno de la
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de la esfera
política, así como algunas manifestaciones
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ción, argumentando que las cuestiones del
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de las transformac iones de lo político.
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si estos procesos corresponden a la bús-
queda de nuevos principios universales, en
un contexto de supranacionalización de la
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ción de estudiar las posibles relaciones de
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Palabras claves
: derecho y política, cien-
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lo político, acción colectiva, globalización,

ABS TR A CT
This article studies the diverse aspects
of the phenomenon of legalization in the
political sphere, as well as some examples of
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It argues that questions surrounding law
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political transformations, and it suggests
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seek new universal principles within the
context of the transnationalization of
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concern for analyzing possible relations of
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Key-words
: law and politics, social
science of law, legalization of the
political, collective action, globalization,

* Jacques Commaille es profesor en la Escuela Normal Superior de Cachan (Francia) e investigador
del Instituto de Ciencias Sociales y Políticas (ENS Cachan - Universidad de Paris Oeste Nanterre La
Défense - Centro Nacional de la Investigación Científica (CNRS), Francia). Es autor de numerosas
publicaciones sobre el derecho y la justicia, entre las más recientes: La fonction politique de la
justice (dirección con Martine Kaluszynski), París, La Découverte, 2007; Pour une sociologie
politique du droit, coordinación de los números 1 y 2 (2009) de l’Année Sociologique y redacción
de dos artículos: “Pour une sociologie politique du droit: présentation” (con Patric Duran);
“Heurs et malheurs de la légalité dans les sociétés contemporaines. Une sociologie politique de
la ‘judiciarisation’” (con Laurence Dumoulin); “De l’Etat-Juriste” à “l’Etat-Manager”. La réforme de
la carte judiciaire française de 2008: un nouveau modèle d’action publique sans droit ?”, en Du
concept à l’analyse. Mélanges en hommage à François Chazel, textos editados por Charles Henry
Cuin y Patrice Duran, París, Presses de la Sorbonne, 2010; “A New Economy of Legality and the
Process of Legitimization in Contemporary Societies”, en Laurence Roulleau-Berger (ed.), European
and Chinese Sociology face-to-face, Nueva York, Londres, Routledge (próximo a publicarse).
** Conferencia inaugural Doctorado en Derecho de la Universidad Nacional de Colombia (Sede
Bogotá), presentada el 7 de mayo de 2010.
*** Profesores de la Universidad Nacional de Colombia.
2. Teoría Jurídica
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El análisis que quisier a proponer a continua ción se fundamen ta en una
convicción: las condiciones del ejercicio del derecho y de la justicia en nuestras
sociedades han cambiado al mismo tiempo que el estatus del derecho y de la
justicia en relación con la política. Me propongo desarrollar esta tesis centrándome
particularmente en la justicia, en la medida en que las mutaciones que experimenta
a nivel internacional, en especial en el contexto de la globalización, revelan toda la
importancia de la dimensión política de las cuestiones del derecho y la justicia.
Tomar en consideración la dimensión política de las cuestiones del derecho y la
justicia exige en primer término establecer una perspectiva de investigación opuesta a
la visión tradicional que en ocasiones el mundo jurídico se impone a sí mismo, y esto
sin atender lo dicho por el filosofo del derecho Paul Amselek cuando nos recuerda
oportunamente que “el derecho no puede ser concebido independientemente del
ejercicio del poder público y de todo el contexto específico de actos y de relaciones
sociales de autoridad en el cual está inserto y que le otorgan su verdadero relieve”
(Amselek, 1989). Por ende, es importante tener en cuenta el carácter típicamente
autóctono (indigène), interno a la esfera jurídica, de varios de los análisis que se ocupan
del derecho, de la justicia y de sus vínculos con la política. Esta es la razón por la
cual un autor como Martin Shapiro propone la idea de una “political jurisprudence1,
pues considera que esta noción, así como la postura que implica, representa a la vez
la prolongación y una forma de superación tanto de ciertos elementos internos a la
producción de conocimiento sobre el derecho, como de la sociological jurisprudence
o el realismo judicial. De acuerdo con Shapiro y Sweet, el recurso a los conocimientos
fundamentales de la ciencia política alimenta y afianza esta postura (Shapiro y Sweet,
2002, p. 19). Así, en la literatura norteamericana, el juez es una figura política central del
ámbito jurídico y las jurisdicciones son efectivamente reconocidas como “instituciones
políticas” (Smith, 1997). Aquí resulta banal considerar que los asuntos de la justicia
son percibidos como asuntos políticos, que la relación entre lo judicial y lo político
es particularmente fuerte (Jacob, et al., 1996). Los tribunales no son “instituciones
legales y formales influidas por un ambiente político, sino que son parte integral de la
política de los Estados y de la política nacional (Glick, 1983, p. X). En este contexto, el
estatus de los jueces locales está habitualmente asociado al destino de la comunidad
(Auerbach, 1983). El juez está “conectado con la sociedad” (Smith, 1997) o, aún
más, con la realización de una “popular democracy” (Champagne y Haydel, 1993),
dado que en general la función de la justicia es un “elemento central del proyecto
democrático” (Cannon y O’Brien, 1985). Estos análisis ponen de presente entonces
que esta dimensión política de la justicia no sólo es válida para la Corte Suprema o
las cortes superiores. Igualmente concierne a los tribunales locales, respecto de los
cuales se parte del importante papel que juegan en el proceso de producción de las
políticas de los gobiernos locales (Shapiro y Stone Sweet, 2002, p. 36). Por lo tanto,
1 Esta y las demás expresiones que aparecen en inglés en el original, se mantienen de igual forma
en esta traducción (N. de los T.).

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