¿Es la reforma de la ley 1150 de 2007 un cuerpo normativo que desarrolla en forma completa y simultánea los principios de eficiencia y transparencia? - Núm. 7, Enero 2009 - Iter Ad Veritatem - Libros y Revistas - VLEX 649141245

¿Es la reforma de la ley 1150 de 2007 un cuerpo normativo que desarrolla en forma completa y simultánea los principios de eficiencia y transparencia?

AutorWilliam Rene Roncancio Bohorquez
CargoEstudiantes de Derecho Universidad Santo Tomás,Seccional Tunja
Páginas27-44
27
REVISTA ITER AD VERITATEM No. 7 •
¿ES LA REFORMA DE LA LEY 1150 DE 2007 UN CUER-
PO NORMATIVO QUE DESARROLLA EN FORMA COM-
PLETA Y SIMULTÁNEA LOS PRINCIPIOS DE EFICIEN-
CIA Y TRANSPARENCIA?
William René Roncancio Bohórquez y
Lesly Yahel Gil Sosa *
* Estudiantes de Derecho. Semestres nalizados.
Investigador aux iliar. Universidad Santo Tomás,
Seccional Tunja. Proyecto d e investigación: Gr u-
po de Investigacion es Socio – Jurí dicas
** Artículo de reexión. Proyecto de investigación:
Responsabilidad del Es tado por Corr upción en
Contratos Estatales. Semil lero en Estudios so-
bre Derecho Administrat ivo y responsabilidad
del Estado. Universidad San to Tomás, Seccional
Tunj a.
RESUMEN **:
La ley 1150, que reformó parcialmente la
Ley 80, modicó sustancialmente las mo-
dalidades de selección en virtud del prin-
cipio de eciencia e introdujo procedimien-
tos que por vía reglamentaria son parte
del nuevo ordenamiento de la contratación
estatal en Colombia. Las modicaciones
incluyen de una parte la incorporación de
nuevas modalidades de selección distintas
a la licitación pública y la ampliación para
algunas entidades de los montos de la de-
nominada menor cuantía en detrimento
de la sustantividad del contrato estatal,
que signica excluir un número cada vez
mayor de procesos de selección de la regla
general de la licitación, siendo esta la mo-
dalidad de selección que mejor interpreta
los principios de derecho público, especial-
mente el de transparencia, en el contexto
de la contratación estatal colombiana.
Palabras Claves: Regla General, Selección
Objetiva, Eciencia, Principios de Derecho
Público.
ABS TR ACT
Law 1150, which reformed partially the
law 80, modied substantially the moda-
lities of selection by virtue of the principle
of efciency and introduced procedures
that for regulation route are a part of the
new classication of the state contracting
in Colombia. The modications include of
28 • REVISTA ITER AD VERITATEM No. 7
one part the incorporation of new modali-
ties of selection different from the public
licitation and the extension for some enti-
ties of the amounts of the minor quantity
called to the detriment of the substantive
of the state contract that means to exclude
a number every time major from processes
of selection of the general rule of the lici-
tation, being this the modality of selection
that better interprets the principles of the
public law, transparency specially, in the
context of the state Colombian contracting.
Key words
General Rule, objective Selection, Efcien-
cy, principles of Public law.
1. “ES LA REFORMA DE LA 1150 DE
2007 UN CUERPO NORMATIVO QUE
DESARROLLA EN FORMA COMPLETA Y
SIMULTÁNEA LOS PRINCIPIOS DE EFI-
CIENCIA Y TRANSPARENCIA”
El presente documento desarrolla en sus
apartes un breve estudio sobre la tensión
que ofrece la reforma entre los principios
de eciencia que introdujo literalmente el
legislador reformista de 2007 y los funda-
mentos constitucionales y principios de
orden legal desarrollados inicialmente en
la Ley 80 de 1993, especialmente, el de
transparencia a partir de las modicacio-
nes que introduce la Ley 1150 de 2007 en
el tratamiento a la modalidad de la licita-
ción pública y su incidencia en los proce-
sos de selección que en particular adelan-
ta la administración para efecto de proveer
la infraestructura requerida para el cum-
plimiento de los propósitos de las entida-
des estatales comprendidas en la deni-
ción del artículo 2º. de la Ley 80 de 1993,
en el marco del artículo tercero (3º) de la
referida norma, teniendo en cuenta que
la misma denió dentro de sus propósitos
privilegiar la eciencia y la transparencia,
para lo cual redujo sustancialmente los
mecanismos de control burocrático1 , bajo
el argumento de la eciencia y la transpa-
rencia como contenidos principalistas que
pueden avanzar a la par, con el aprove-
chamiento de las nuevas tecnologías y te-
niendo como punto de referencia las expe-
riencias exitosas de diferentes países que
fueron analizados por el equipo consultor
que estructuró el documento base de la re-
forma para el ejecutivo y que se tradujo en
la elocuente exposición de motivos que de
la misma hizo el gobierno nacional en la
presentación del proyecto Nº 020 de 2005
1 El Doctrin ante Luiz Carlos Bresser Pereira en su artí culo sobre “Lo público no estatal en la reforma del E s-
tado” establece una interesante di stinción entre los tipos de control del E stado en los siguientes términos:
“El control social c onstituye también un con trol sobre las organizac iones públicas no es tatales y las enti-
dades descentrali zadas del Estado, distinto y com plementario del control de procedim ientos (burocrático),
del control por resultados y d el control por cuasimercados o comp etencia administrada (control geren cial),
y del ejercido directame nte por el mercado.”, a renglón seguido sostiene este autor adic ionalmente que:
“…La reforma gerencial de la a dministración públ ica, que está oc urriendo en nu estros días, para sust i-
tuir las viejas for mas de administrac ión burocrática e nvuelve así, la util ización de una c ombinatoria de
formas y fuentes de control.” En el mismo sentido maniesta el citado autor, “que existe una “lógica” en
la utilizac ión combinada de form as de control que cara cteriza l a reforma del Estado en los años 90’: La
preferencia es para las form as más difusas (merc ado), más democrática s (control social y sis tema repre-
sentativo) y má s ecientes (control gerenc ial de resul tados), aunque con tinúe exi stiendo esp acio para el
control burocráti co de procedimientos. (El s ubrayado es nuestro). Lo público no Es tatal en la reforma del
Estado. Editorial PAID ÓS. Página 34.

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