Escritura 1692 - 22 de Enero de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43232830

Escritura 1692

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia
Número de Boletín46159

septiembre 9)

(Cuarta copia)

Vende(n): Ruth Chaparro de Vásquez, Sarah Ann Chaparro, William Damián Chaparro.

Compra(n): La Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia.

Valor de $550.000.000,00.

En la ciudad de Sogamoso, departamento de Boyacá, República de Colombia, a los nueve (9) días del mes de septiembre del año dos mil cinco (2005) ante mí Edgar Ulloa Ulloa, Notario Segundo del círculo compareció(eron): el doctor Carlos Augusto Salamanca Roa, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía número 19076994 expedida en Bogotá, en su calidad de rector y representante legal de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, debidamente facultado por la Ley 30 de 1992 y los acuerdos 120 de 1993 y 037 de 2001, quien en adelante se denominará la Universidad y de otra parte la señora Ruth Chaparro de Vásquez, mayor de edad, vecina de Bogotá, D. C., de estado civil, viuda, identificada con la cédula de ciudadanía número 41713115 de Bogotá, actuando en nombre propio y en representación de Sarah Ann Chaparro y William Damián Chaparro, igualmente mayores de edad, de conformidad con el poder amplio y suficiente otorgado por documento privado y consularizado en el exterior, el cual presenta para su protocolización con la presente escritura y quien en adelante se denominará la Vendedora y teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

  1. Que la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia está interesada en ampliar sus instalaciones e infraestructura en la sede de Sogamoso.

  2. Que la señora Ruth Chaparro de Vásquez cuenta con un lote de terreno ubicado en Sogamoso, colindando con la sede de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia Seccional Sogamoso.

  3. Que se practicó un avalúo por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, de fecha 6 de agosto de 2004.

  4. Que existe concepto de viabilidad de la Oficina de Planeación de la UPTC.

  5. Que en sesión 12 de 07 de diciembre de 2004 el honorable Consejo Superior autorizó al doctor Carlos Augusto Salamanca Roa, Rector de la Universidad para efectuar la comrpa del lote de terreno.

Cláusula primera. Objeto. La vendedora transfiere a título de compra real y efectiva a la Universidad, el derecho de dominio y la posesión que tiene y ejerce sobre un lote de terreno denominado ¿Las Manitas¿, con todas sus anexidades, dependencias, usos, costumbres y serbidumbres ubicado en el municipio de sogamoso, departamento de Boyacá, carrera 15 N° 2 Sur-87, registro catastral número...

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