Estructura de los derechos patrimoniales - Comentarios generales sobre el patrimonio - Parte segunda. Derechos patrimoniales - Bienes - Libros y Revistas - VLEX 446661418

Estructura de los derechos patrimoniales

AutorFrancisco Ternera Barrios
Cargo del AutorProfesor, Facultad de Jurisprudencia Universidad del Rosario
Páginas82-84

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Los derechos patrimoniales se ofrecen a los sujetos de derecho (A) respecto de los bienes (B).

A Sujetos de derecho

Los titulares de los derechos patrimoniales son siempre personas, ya naturales, ya jurídicas. Los derechos subjetivos involucran a personas especíicas. Por consiguiente, a todos los demás sujetos se les restringe su libertad de acción respecto del bien que es objeto del derecho patrimonial.

Sobre los derechos subjetivos, nos advertía Guillermo de Ockham que todo derecho, en el sentido técnico de la palabra, es un poder, ofrecido por una ley positiva. Además, el poder es acompañado por una sanción: actuar en justicia ante la interferencia del desarrollo de ese derecho subjetivo.142

En materia de derechos personales, el acreedor es el sujeto activo del vínculo jurídico, es quien puede exigir la prestación. El deudor es el sujeto pasivo del vínculo jurídico, a quien se le limita su libertad, y está obligado a realizar la prestación. Los términos de referencia son, pues, siempre personas: una que promete una prestación y otra que espera recibirla.

Respecto de los derechos reales debemos precisar que su titular ejerce sus poderes sobre un bien con un carácter de exclusividad e independencia. Aunque, como ya lo hemos sugerido, la titularidad del derecho real también puede imponer ciertos vínculos obligacionales respecto de otras personas.

B Objetos de los derechos patrimoniales: los bienes o cosas

Los objetos de los derechos patrimoniales son los bienes. Dentro del universo propuesto por la noción de cosa o bien, consideramos que son tales aquellas entidades, corpóreas o incorpóreas, concebidas como los objetos de las relaciones jurídicas patrimoniales de los sujetos de derecho. Las cosas corporales son

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las que ocupan un espacio físico, como las casas, los caballos y los automotores; por su parte, las incorporales son concebidas como creaciones del intelecto, como las obras de ingenio, las marcas, las patentes, los lemas comerciales y las prestaciones.

Un bien es una entidad, material o inmaterial, estimable en dinero, que tiene relevancia jurídica, por cuanto puede ser tomado como el objeto de los derechos patrimoniales de las personas. "Cosa es la referencia objetiva del derecho subjetivo".143

En términos generales, tanto los derechos reales como los personales le ofrecen a su titular determinados poderes sobre las...

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