Las "expresiones" en el conocimiento lógico y argumentativo - Núm. 6-2007, Enero 2007 - Revista Co-herencia - Libros y Revistas - VLEX 76690577

Las "expresiones" en el conocimiento lógico y argumentativo

AutorJulder Gómez Posada
CargoDocente del Departamento de Humanidades de la Escuela de ciencias y humanidades de la Universidad Eafit. jgomezp5@eafitedu.co
Páginas24-41

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I Tema: Expresiones lingüísticas, su lugar inicial en el estudio fenomenológico del conocimiento

Toda indagación teorética, aunque no se mueva sólo en actos de expresión, ni siquiera en enunciados completos, termina, sin embargo, en enunciados.1 Sólo en esta forma conviértese la verdad, y especialmente la teoría, en patrimonio perdurable de la ciencia, en tesoro de saber y de investigación progresiva, tesoro inventariado en actas auténticas y movilizable en todo momento. (Husserl, 1995, p. 217)

De este modo le asigna el escritor de las Investigaciones Lógicas un horizonte a sus investigaciones para la fenomenología y teoría del conocimiento, recíprocamente le asigna también un lugar importante al estudio de la expresión en la teoría filosófica del conocimiento (Cf. Welton, 1983 pp. 1-5). Llama la atención que relieve dónde terminan las indagaciones teoréticas y no, como ha podido hacerse aquí o allá, dónde comienzan. Esto es para nosotros un signo de la querella contra el psicologismo y los demás esfuerzos teóricos que propenden por una elucidación del conocimiento a partir de sus condiciones previas necesarias. Contra ellos se insiste en la expresión como instancia en la que el conocimiento se hace objetivo, se hace evidente e iterable (Cf. Apel, 1985, pp. 83-89).

En este contexto, lo que en una expresión se expresa, lo expresado, llega a ser un objeto de estudio preeminente, pues equivale a lo conocido, representa el conocimiento. De este énfasis deriva el carácter polémico del estudio de la expresión respecto de una tradición psicologista y aun naturalista en teoría del conocimiento que quiere explicar el conocimiento señalando sus causas y principios en lugar de su ser.

Con la palabra "psicologismo", con la crítica indicada por el uso de su desinencia, se recoge una forma de pensar que, groso modo, pretende satisfacer las exigencias del análisis de un conocimiento "X" indicando en primer lugar a qué ítem real corresponde y en segundo lugar cuál es y en qué consiste el proceso psíquico natural de captación, interpretación e intelección de "X" que culmina en su expresión. Para esta forma de proceder teorético es el conocimiento un proceso y su expresión la última fase del mismo. A guisa de ilustración, un proceder psicologista en el análisis del conocimiento expresado por el enunciado "esto es blanco" comenzaría con un estudio de la luz, del ojo, de sus relaciones y del efecto del influjo de la primera sobre el segundo; avanzaría luego hacia un estudio de los parámetros con los cuales interpreta la psiquis tal Page 25 efecto de la luz; y terminaría con una explicación relativa a la expresión, entendida como manifestación, de la interpretación de este efecto (Cf. Husserl, 1973, pp. 49-85; Apel, 1983, pp. 7S83).

Llevado al ámbito del conocimiento demostrativo, el psicologismo se ve abocado a interpretar los principios lógicos como leyes rectoras del comportamiento mental y, por tanto, del ser de los objetos para el entendimiento. Consecuentemente, se ve compelido a interpretar la imposibilidad de la negación con verdad de una contradicción como incapacidad psíquica y en general los postulados lógicos como postulados relativos bien al acontecer mental o bien al aparecer de los objetos lógicos para un ser mental, pero en ningún caso como postulados relativos a lo que tiene que ser y a lo que no puede ser. La verdad se predica, pues, en este contexto, de la representación, entendida como producto psíquico adecuado a las leyes del pensar (Cf. Husserl, 1995 pp. 87-91; Heidegger, 2004, pp. 37-44).

Tal aproximación tiene por consecuencia la pérdida de validez apodíctica de los principios lógicos y tiene por presupuesto una asimilación del acto de juzgar al juicio en sentido lógico (Husserl, 1995, pp. 78-79). Dejan de ser apodícticos los principios lógicos porque "Las leyes del pensamiento, consideradas como leyes causales del proceso del conocimiento, en la vida psíquica, sólo podrían darse en la forma de la probabilidad" (Ibíd., p. 78) y se supone una identidad entre el acto de juzgar y el juicio lógico porque de lo contrario las consideraciones causales relativas al acto psíquico de juzgar no se podrían extender a lo juzgado propiamente tal. En efecto, una cosa es el reconocimiento de, por ejemplo, el carácter temporal sucesivo de la comprensión de la serie de enunciados "A es B", "B es C", por lo tanto, "A es C" y otra cosa muy distinta el reconocimiento de que el sentido de este silogismo supone que los tres enunciados son postulados para un mismo tiempo o, mejor aún, que no tiene nada que ver con el tiempo (Cf. Tugendhat y Wolf, 1997, pp. 13-58) .

Ahora bien, es esta distinción entre el acto de juzgar y el juicio la que sitúa para nosotros el lugar del estudio de la expresión en la fenomenología analítica del conocimiento. Considerado el juicio con independencia del acto de juzgar y, por tanto, con independencia de las condiciones previas que lo hacen posible, esto es, como objeto y no como producto ni como efecto, él es equivalente a lo expresado que, por su parte, para conservar su relación de identidad con el juicio, es necesario distinguir del acto de expresar y sus concomitancias. Consecuentemente, tampoco se identifica el juicio o lo expresado con ningún elemento contenido en las circunstancias Page 26 del acto de juzgar o de emitir una expresión. Así que no hacen parte de lo expresado ni las circunstancias sociales e históricas que motivan el acto de juzgar, ni los objetos extralingüísticos a los cuales quiera referirse el hablante con la emisión de la expresión ni, por supuesto, las circunstancias sociales que mediante la expresión quiera modificar el hablante con el acto de notificar su juicio.

El lugar de la expresión en este estudio es pues el de un objeto central que se considera por sí mismo y en atención a su contenido cognitivo, con total independencia de las prácticas y procesos a que se halla asociado. Así considerada la expresión, lo expresado representa su núcleo esencial y a él se refieren las indagaciones analíticas, las que intentan precisar y elucidar la expresión mediante la distinción de sus contenidos.

II Distinciones fenomenológicas relativas a las expresiones lingüísticas

En el desarrollo de la demarcación de lo expresado, las indagaciones husserlianas realizan varias distinciones. Entre otras, distinguen la notificación amplia de la notificación estricta, lo que una expresión nombra de lo que una expresión nomina, y los modos ponentes de los modos no ponentes de la expresión. Salvo la última, estas distinciones pueden seguirse a partir de la diferencia entre acto de juzgar y juicio.

Notificar es dar a conocer o comunicar algo mediante una expresión. El algo que la expresión comunica, lo notificado, sirve para distinguir las notificaciones según esté o no contenido en el significado simbólico de la expresión. Para determinar si algo está o no contenido en la expresión se sirve Husserl, entre otras distinciones relativas al signo, de la distinción entre actos de juzgar y juicio, o se sirve incluso -en un sentido más amplio pero solidario con el anterior- de la distinción entre juicio y actos psíquicos que eventualmente acompañan o preceden al juicio (Cf. Husserl, 1995, pp. 239-241).

Así, se dirá que una expresión notifica en sentido estricto un juicio y en sentido amplio los actos que acompañan o preceden al juicio (Cf. Husserl, 1995, pp. 246-243). De este modo se distingue, por ejemplo, en la expresión "hay un gato sobre la alfombra" entre la representación simbólica de cierto tipo de animal en cierto tipo de lugar -lo notificado en sentido estricto- y la eventual percepción o imaginación de la situación que la expresión da a conocer.

A lo que parece, el interés de esta distinción es llamar la atención sobre el hecho que lo expresado, lo que puede comunicarse, no es nunca Page 27 un acto sino siempre un contenido de un acto y, por cierto, de uno judicativo. Esto significa que todas las expresiones, incluso aquellas en las que se juzga a propósito del objeto de un acto no judicativo, dan a conocer el juicio que sobre el objeto de tal acto se erige y nunca el acto mismo. Bien es cierto que el juicio a propósito del gato sobre la alfombra supone un acto de percepción o imaginación, mas incluso si lo supone no lo contiene y es precisamente esto lo que aquí se busca, distinguir entre los presupuestos y los contenidos.

Ahora bien, como toda expresión puede convertirse sin menoscabo de su significación en expresión explícitamente judicativa, resulta indispensable distinguir de nuevo entre, por un lado, lo que una expresión notifica en sentido amplio porque la expresión refiere el acto judicativo o eventualmente también otros tipos de actos psíquicos y, por otro lado, lo que una expresión refiere en sentido amplio porque el oyente supone la presencia o precedencia de ciertos actos psíquicos que en la expresión no se hacen explícitos.

Así, se dice que la expresión "hay un gato sobre la alfombra" notifica en sentido estricto la presencia de cierto animal sobre cierto tipo de objeto y que, a razón de los supuestos del oyente, en sentido amplio la expresión notifica el acto de juzgar cierta percepción como percepción de la presencia de un gato sobre una alfombra. Mientras que en el caso de una expresión como "veo un gato sobre la alfombra" ya no...

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