Decreto número 3178 de 2007, por el cual se da cumplimiento a un fallo de la Procuraduría General de la Nación, mediante el cual se impone una sanción disciplinaria al Gerente de la Empresa Social del Estado (ESE) Sanatorio Agua de Dios. - 24 de Agosto de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51310189

Decreto número 3178 de 2007, por el cual se da cumplimiento a un fallo de la Procuraduría General de la Nación, mediante el cual se impone una sanción disciplinaria al Gerente de la Empresa Social del Estado (ESE) Sanatorio Agua de Dios.

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín46730

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades legales en particular las previstas en el articulo 172 de la Ley 734 de 2002, y CONSIDERANDO:

Que la Procuraduria Delegada para la Moralidad Publica, adelanto investigacion disciplinaria contra el doctor Jesus Eduardo Gomez Frye, identificado con cedula de ciudadania numero 11305193 de Girardot, en su calidad de Gerente y Representante Legal de la Empresa Social del Estado Sanatorio Agua de Dios, bajo radicacion numero 162-88090-03;

Que en fallo proferido en primera instancia por la Procuraduria Delegada para la Moralidad Publica, el 31 de agosto de 2006, se declaro responsable disciplinariamente al doctor Jesus Eduardo Gomez Frey, en su calidad de Gerente y Representante Legal de la Empresa Social del Estado Sanatorio Agua de Dios y, en consecuencia resolvio imponerle sancion de multa por valor de un millon seiscientos ochenta y cinco mil ochocientos cincuenta y cinco pesos con cincuenta centavos ($1.685.855.50) equivalente a quince (15) dias del salario devengado para la epoca de los hechos;

Que la Sala Disciplinaria de la Procuraduria General de la Nacion, el 25 de enero de 2007, procede a resolver el recurso de apelacion interpuesto contra el fallo de primera instancia y confirma la sancion impuesta al doctor Jesus Eduardo Gomez Frye;

Que la Procuraduria General de la Nacion, remitio copia de los fallos correspondientes, para que se de cumplimiento a los articulos 172 y 173 de la Ley 734 de 2002;

Que de acuerdo con el articulo 49 del Codigo Contencioso Administrativo y de conformidad con el pronunciamiento del 28 de julio de 1994, con radicacion 624 de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, los actos mediante los cuales el Presidente la Republica da cumplimiento a una sancion disciplinaria...

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