La fórmula del peso y la argumentación - Parte IV. Argumentación y discurso - Derecho, derechos y discurso. La filosofía jurídica de Robert Alexy - Libros y Revistas - VLEX 950150461

La fórmula del peso y la argumentación

AutorBartosz Brozek
Páginas492-510
INTRODUCCIÓN
En este capítulo me gustaría evaluar el rol de la “fórmula del peso” de
Robert Alexy (FP) en el marco de su teoría de la argumentación jurídica.
Empezaré con una revisión de esta última, destacando aquellos aspectos que
serán cruciales para concretar las aspiraciones del capítulo. Luego, la FP
será presentada y analizada en el contexto de otro razonamiento jurídico
defendido por Alexy, es decir, el “esquema de la subsunción” (ES).
Finalmente, defenderé la necesidad de reemplazar la lógica clásica por la
denominada lógica de la derrotabilidad, la cual es la forma “correcta” para
modelar la argumentación jurídica.
LA T EO RÍA DE LA ARGUMENTACIÓN DE ALE XY
Alexy sostiene que el discurso jurídico es un caso especial del discurso
práctico general (la denominada “tesis del caso especial”). En consecuencia,
para entender en qué consiste el discurso jurídico (racional) es necesario
comprender primero en qué consiste el discurso práctico general. No voy a
entrar en detalles sobre la concepción de Alexy{608}. Por el contrario,
intentaré bosquejar la idea general que está detrás de ella. A grosso modo se
puede decir que cualquier discurso de este tipo consiste en proponer
argumentos que respalden ciertas tesis y en decidir cuál de estos
argumentos ha de prevalecer. En consecuencia, se puede distinguir (aunque
solo conceptualmente) entre dos “estados” o “niveles” de argumentación. El
primero de ellos se reduce a construir argumentos particulares. El segundo
consiste en comparar argumentos.
A los dos niveles de argumentación enumerados les corresponden dos
grupos de reglas. Como el propio Alexy señala:
[Las reglas del primer grupo] son también monológicamente utilizables y hay
mucho que hablar a favor de que ninguna teoría de la argumentación práctico-
racional o de la fundamentación puede renunciar a ellas. De esta manera, es claro
que la teoría del discurso en modo alguno sustituye la fundamentación mediante
una mera creación de consenso. Incluye completamente las reglas de la
argumentación racional referidas a los argumentos. Su peculiaridad consiste
exclusivamente en que a este nivel se le añade un segundo nivel, es decir, el de las
reglas referidas al procedimiento del discurso{609}.
En consecuencia, una teoría completa del discurso práctico general debe
incluir dos grupos de reglas para construir argumentos y reglas “referidas al
procedimiento del discurso”, es decir, reglas que regulan la comparación de
argumentos. Estos son precisamente grupos de reglas que encapsulan la
racionalidad del discurso. Cualquier discurso que sea realizado de acuerdo
con estas reglas se puede considerar como racional. El resultado de un
discurso que observe todas estas reglas, puede también ser llamado racional
o justificado.
Es conveniente citar aquí alguna de las reglas del discurso práctico
general, especialmente aquellas que serán de gran importancia en la
discusión subsiguiente (aquí empleo la forma de numerar utilizada por el
propio Alexy en la Teoría de la argumentación jurídica){610}.
De las reglas que regulan la construcción de argumentos se pueden
mencionar las siguientes:
(I.I) Ningún hablante puede contradecirse.

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