Acuerdo número 027 de 2008, por el cual se establece la Estructura Interna de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental - Corponor y se determinan las funciones de sus dependencias. - 12 de Noviembre de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 228256863

Acuerdo número 027 de 2008, por el cual se establece la Estructura Interna de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental - Corponor y se determinan las funciones de sus dependencias.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales
Número de Boletín47891

El Consejo Directivo de la Corporacion Autonoma Regional de la Frontera Nororiental - Corponor, en ejercicio de las facultades que le otorga el articulo 27, literal f) de la Ley 99 de 1993 y las demas normas legales que rigen la materia, y CONSIDERANDO:

Que la Ley 99 de 1993, en su articulo 27, literal f) confiere la facultad al Consejo Directivo para determinar la estructura Interna de la Corporacion, para lo cual podra crear, suprimir y fusionar dependencias y asignarles responsabilidades conforme a la ley.

Que la Corporacion Autonoma Regional de la Frontera Nororiental - Corponor -realizo los estudios necesarios a efecto de orientar su organizacion interna hacia una estructura administrativa fundamentada en procesos que facilite la coordinacion y la articulacion integral de todos los procesos estrategicos, misionales, de apoyo y de evaluacion y control de la Corporacion de acuerdo con el Sistema de Gestion la Calidad y Modelo Estandar de Control Interno (MECI) que rige para las entidades del sector publico colombiano y que facilite a su vez el cumplimiento del Plan de Gestion Ambiental Regional y sus respectivos Planes de Accion.

Que la Corporacion Autonoma Regional de la Frontera Nororiental - Corponor requiere contar con una estructura organizacional acorde con criterios de modernizacion, racionalizacion, eficiencia, desconcentracion y delegacion.

Que la estructura que se adopta mediante el presente acuerdo, se fundamente en estudios previos realizados por la Corporacion Autonoma Regional de la Frontera Nororiental - Corponor mediante compilacion de conceptos de expertos en el tema, las necesidades de cada dependencia fijadas por los funcionarios del nivel directivo, acorde con las disposiciones legales vigentes, las necesidades de todo orden de la Corporacion y las politicas del Gobierno Nacional en materia de organizacion y funcionamiento de las entidades publicas, ACUERDA:

Articulo 1° Mision de la Corporacion

Ejercer la autoridad ambiental propendiendo por el desarrollo humano sostenible, promoviendo la gestion ambiental colectiva y participativa en en el departamento Norte de Santander.

Articulo 2° Direccion y Administracion

Son organos de direccion y administracion de la Corporacion Autonoma Regional de la Frontera Nororiental - Corponor, la Asamblea por Corporativa, el Consejo Directivo y el Director General, quienes cumpliran las funciones señaladas en la Ley 99 de 1993, los Estatutos de la Corporacion y en las demas disposiciones legales vigentes.

Articulo 3° De la Estructura

La Corporacion Autonoma Regional de la Frontera Notrata roriental - Corponor, tendra la siguiente estructura: 1. Direccion General 2. Asesor Control Interno 3. Jefe Oficina Juridica 4. Jefe Oficina Control y Vigilancia 5. Subdireccion de Planeacion y Fronteras 6. Subdireccion Administrativa y Financiera 7. Subdireccion de Desarrollo Sectorial Sostenible 8. Subdireccion de Recursos Naturales 9. Direcciones Territoriales 9.1. Director Territorial Ocaña 9.2. Director Territorial Pamplona 9.3. Director Territorial Tibu 10. Organos de Asesoria y Coordinacion 10.1. Comite de Coordinacion del Sistema de Control Interno 10.2. Comision de Personal.

Articulo 4° Funciones de la Direccion General. Las funciones de la Direccion General son las determinadas en la ley, en los reglamentos y en los Estatutos de la Corporacion, asi: 1

Dirigir, coordinar, vigilar, controlar y evaluar la ejecucion y cumplimiento de los objetivos, funciones, politicas, planes y programas inherentes al objeto de la entidad y ejercer su representacion legal.

  1. Cumplir y hacer cumplir las decisiones y acuerdos de la Asamblea Corporativa y del Consejo Directivo.

  2. Ordenar los gastos, dictar los actos administrativos, realizar las operaciones y celebrar contratos y convenios que se requieran para el normal funcionamiento de la entidad, dentro de los limites legales y estatutarios.

  3. Presentar para estudio y aprobacion del Consejo Directivo los planes y programas que se requieran para el desarrollo del objeto de la Corporacion, el proyecto de presupuesto, asi como los proyectos de organizacion administrativa y de planta de personal de la misma.

  4. Dictar las disposiciones que regulan los procedimientos y tramites administrativos internos.

  5. Nombrar, remover y contratar al personal de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes sobre la materia.

  6. Designar mandatarios o apoderados que representen a la Corporacion en asuntos judiciales y extrajudiciales, para la mejor defensa de los intereses de la entidad.

  7. Coordinar con el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, las acciones relacionadas con los asuntos institucionales.

  8. Promover la coordinacion de las actividades de la Corporacion con las demas entidades u organismos que conforman el Sistema Nacional Ambiental - SINA.

  9. Presentar a los organismos de control correspondientes, los informes de gestion establecidos.

  10. Administrar y velar por la adecuada utilizacion de los bienes y fondos que constituyen el patrimonio de la Corporacion.

  11. Rendir informes al Consejo Directivo, al Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y a otras autoridades que los requieran, en la forma que estos lo determinen sobre las actividades desarrolladas y la situacion general de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes sobre la materia.

  12. Presentar al Consejo Directivo los informes que le sean solicitados, sobre la ejecucion de los planes, programas y proyectos de la Corporacion;

    su situacion financiera y sobre el avance del plan de accion, de acuerdo con los estatutos.

  13. Dictar las normas administrativas internas de la Corporacion.

  14. Otorgar licencias ambientales, concesiones, permisos y autorizaciones de aprovechamientos y uso de los recursos naturales renovables y declarar la caducidad administrativa de los mismos en los casos a que haya lugar, de conformidad con las normas legales vigentes sobre la materia.

  15. Ejercer las funciones policivas otorgadas por la ley.

  16. Sancionar las infracciones cometidas dentro del area de jurisdiccion de Corponor, asi como imponer las medidas preventivas a que haya lugar por violacion de la normatividad ambiental, observando los procedimientos indicados en las normas legales vigentes.

  17. Emitir conceptos con destino al Incoder para la titulacion de baldios, de conformidad con lo previsto en la normatividad vigente.

  18. Expedir las certificaciones y/o acreditaciones de competencia de la Entidad por los beneficios tributarios previstos en la normatividad ambiental.

  19. Aprobar los programas de uso eficiente y ahorro del agua de acuerdo con lo previsto en la Ley 373 de 1997.

  20. Celebrar contratos con los beneficiarios del CIF para la administracion y manejo de los recursos naturales renovables y del medio ambiente e imponer las multas y sanciones caso de incumplimiento parcial o total de sus obligaciones contractuales con respecto al plan de manejo forestal.

  21. Proponer al Consejo Directivo el monto de las tasas y derechos que deban cobrarse el aprovechamiento de los recursos naturales, teniendo en cuenta las normas legales vigentes que regulan la materia.

  22. Adoptar las medidas de emergencia ambiental para contrarrestar el peligro, de que el articulo 31 del Codigo de los Recursos Naturales Renovables, cuando ocurran accidentes o cuando previsiblemente puedan sobrevenir, que causen deterioro ambiental o de otros hechos ambientales que constituyan peligro colectivo.

  23. Ejercer la funcion disciplinarla en segunda instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores publicos de la Corporacion, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley 734 de 2002 y en las normas que la adicionen o modifiquen.

  24. Crear y conformar, con caracter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo, mediante acto administrativo, teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del servicio y los planes y programas definidos por la entidad.

  25. Garantizar el ejercicio del control interno y gestion de la entidad y propender por el mejoramiento continuo de la Corporacion.

  26. Ejercer funciones relacionadas con la organizacion y funcionamiento de la Corporacion que no se hallen expresamente atribuidas a otra autoridad.

  27. Delegar en otros servidores publicos de la entidad, funciones atribuidas a su cargo, de conformidad con las normas legales vigentes.

  28. Las demas funciones que le señalen la ley, los Estatutos de la Corporacion y las que por su naturaleza le correspondan.

    24 Viernes, 12 de noviembre de 2010

Articulo 5°

Oficina de Control Interno.- Mision: Aplicar el modelo de control Interno definido para la entidades del Estado colombiano, responsable de medir y evaluar la eficiencia, eficacia y economia de los demas controles, asesorando a la direccion en la continuidad del proceso administrativo, el nivel de ejecucion de los planes, programas y proyectos y los resultados de gestion, generando recomendaciones para orientar las acciones de mejoramiento de la organizacion.

Articulo 6° Son funciones de la Oficina de Control Interno, las siguientes: 1

Asesorar y apoyar a la Direccion General en la definicion de politicas referidas al diseño e implantacion del sistema de control...

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