Fundamentación dogmática del delito de violencia intrafamiliar en Colombia
Autor | Fabio Enrique Pinzón Jaimes/César Javier Valencia Caballero |
Páginas | 111-146 |
C III
F
C
“El que maltrate física, síquica o sexualmente a
cualquier miembro de su núcleo familiar, incurrirá, siempre que la
conducta no constituya delito sancionado con pena mayor, en prisión
tres cuartas partes cuando el maltrato recaiga sobre un menor”.
“Por medio de la
“El que maltrate física o sicológicamente a cualquier miembro de su
núcleo familiar, incurrirá, siempre que la conducta no constituya delito
La pena se aumentará de la mitad a las tres cuartas partes cuando
el maltrato, del que habla el artículo anterior recaiga sobre un menor,
una mujer, un anciano, una persona que se encuentre en incapacidad
o disminución física, sensorial y psicológica o quien se encuentre en
estado de indefensión”.
canon
“El que maltrate física o sicológicamente a
cualquier miembro de su núcleo familiar, incurrirá, siempre que la
conducta no constituya delito sancionado con pena mayor, en prisión
La pena se aumentará de la mitad a las tres cuartas partes cuando
la conducta recaiga sobre un menor, una mujer, una persona mayor
disminución física, sensorial y psicológica o quien se encuentre en
estado de indefensión.
Parágrafo. A la misma pena quedará sometido quien, no siendo
miembro del núcleo familiar, sea encargado del cuidado de uno o
varios miembros de una familia en su domicilio o residencia, y realice
alguna de las conductas descritas en el presente artículo”.
“del que habla
el artículo anterior”,
“en su
domicilio o residencia”
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