Resolución número 100-0040-83 de 2007, por la cual se fusiona unos grupos internos de trabajo y asigna unas funciones.
Emisor | Superintendencias |
Número de Boletín | 46762 |
El Superintendente de Sociedades, en ejercicio de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO:
Que segun lo dispone el articulo 115 inciso segundo, de la Ley 489 de 1998, los 18, representantes legales podran crear y organizar, con caracter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo;
Que conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del precitado articulo, en el acto de creacion de tales grupos se determinaran las tareas que deberan cumplir y las consiguientes responsabilidades, asi como las demas normas necesarias para su funcionamiento;
Que de conformidad con lo establecido en el numeral 13, articulo 4° del Decreto 1080 de 1996, corresponde al Superintendente de Sociedades crear, organizar y suprimir grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio, los planes y programas trazados por la Superintendencia de Sociedades;
Que segun lo dispone el numeral 16 del precitado articulo, corresponde al Superintendente asignar y distribuir les competencias de las distintas dependencias de la Superintendencia para el mejor desempeño en la prestacion del servicio;
Que con merito en lo anteriormente expuesto, este Despacho RESUELVE:
Fusionese los grupos de Liquidacion Obligatoria y Liquidacion Judicial, y conformese el grupo de liquidaciones de la Superintendencia de Sociedades.
Corresponden al grupo de Liquidaciones las siguientes funciones: 1. Estudiar los documentos y resolver las solicitudes de ingreso al proceso de liquidacion judicial, de conformidad con el articulo 49 de la Ley 1116 de 2006.
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Estudiar y decidir sobre las remisiones de procesos concordatarios fracasados o incumplidos que cursaban en los juzgados civiles.
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Practicar visitas o tomas de informacion cuando lo estime conveniente, a las sociedades que se encuentren en un...
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