Gaceta del Congreso del 10-05-2007 - Número 173PL (Contenido completo) - 10 de Mayo de 2007 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766842801

Gaceta del Congreso del 10-05-2007 - Número 173PL (Contenido completo)

Fecha de publicación10 Mayo 2007
Número de Gaceta173
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
AÑO XVI - Nº 173 Bogotá, D. C., jueves 10 de mayo de 2007 EDICION DE 16 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
C A M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
ANGELINO LIZCANO RIVERA
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
PROYECTOS DE LEY
G a c e t a d e l c o n G r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NUMERO 282 DE 2007 CAMARA
por medio de la cual la Nación se vincula a la conmemoración de los 50
años de la desanexión del departamento del Putumayo del departamento
de Nariño y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, D. C., mayo 8 de 2007
Doctor
ANGELINO LIZCANO RIVERA
Secretario General
Honorable Cámara de Representantes
Ciudad
En mi condición de Congresista y en uso del derecho que consagran los
artículos 154 de la Constitución Política y 140 de la Ley 5ª de 1992, me permito
poner a consideración del honorable Congreso, el presente proyecto de ley, por
medio de la cual se celebran 50 años de la desanexión del departamento del
Putumayo del departamento de Nariño y se dictan otras disposiciones.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Mediante Decreto número 2674 del 15 de diciembre de 1953 se suprimió
la Comisaría del Putumayo y se anexó su territorio al departamento de Nariño.
En aquella oportunidad, los habitantes del territorio putumayense, se sintieron
inconformes por la sensación de atraso que esa anexión y la reorganización
administrativa iba a causar en su incipiente desarrollo.
Un año después de la anexión del Putumayo al departamento de Nariño, el
atraso de la Comisaría se hizo inminente, así comenzó a reejarse en la inexis-
tencia de obras públicas, en la falta de reparación y dotación de la educación
pública, la suspensión de los restaurantes escolares y el atraso en la salud pública,
lo que se vio reejado especialmente con el cambio de la Dirección Comisarial
de Higiene a un simple Centro de Salud Pública en Mocoa.
Las anteriores falencias fueron resultado del régimen de administración
departamental, pues al crearse la anexión, el Putumayo se convirtió en una de
las secciones del departamento, de tal forma que debía ceder gran parte de sus
ingresos al tesoro departamental y esperar el porcentaje que le correspondiera
según el departamento.
El 9 de septiembre de 1954, salió de Bogotá una comisión ocial encargada
de estudiar y analizar la situación que se estaba viviendo con la anexión del
Putumayo. Su primer destino en el territorio fue el Valle del Sibundoy, en este
lugar se organizó una manifestación de 3.000 personas en la plaza principal,
posteriormente, la comisión salió para Mocoa donde de igual forma se encon-
traron con un recibimiento de la población solicitando la desanexión.
La visita de los Coroneles Oscar Arce Herrera y Néstor Mesa Prieto quienes
pertenecían a la comisión enviada desde Bogotá, generó cuatro (4) grandes
logros para la desanexión. En primera instancia se logró convencer a los Co-
roneles de la necesidad de restablecer la administración territorial, analizar
la situación precaria que estaba cruzando la antigua comisaría, comprobó la
debilidad del departamento para administrar ecientemente el territorio, para
nalizar se estimuló el movimiento prodesanexión.
El 10 de mayo de 1957, después de que el país volvió a retomar los ideales
democráticos, tanto en Putumayo como en el resto del país, las personas se
volcaron a las calles con la esperanza de que el Gobierno entrante ayudara a
cambiar la situación que el Putumayo estaba viviendo hasta la fecha.
Frente a las precarias condiciones que se estaban presentando en la región,
se creó un movimiento que tenía como n último la desanexión del Putumayo
del departamento de Nariño, especialmente en Mocoa y Sibundoy. Este inicia
su proceso de fortalecimiento el 19 de mayo de 1957 con la creación de la Junta
Prodefensa de los Intereses y Derechos del Putumayo. Con el fortalecimiento
de este movimiento comenzaron las represiones a los activistas entre estas
pérdidas de cargos y desplazamientos.
Con la posesión del Gobernador de Nariño, se fortalecieron las esperanzas de
los pobladores del Putumayo, de esta forma una comisión se trasladó a Pasto para
entrevistarse con el Gobernador Carlos Albornoz y así presentarle una petición
formal de la desanexión del Putumayo del departamento de Nariño. El recién
nombrado Gobernador se comprometió a prestar su apoyo a los habitantes del
departamento del Putumayo, para poder lograr la anhelada desanexión, con el
consentimiento de la Gobernación Central.
La Junta Militar de Gobierno el 17 de julio de 1957, por medio del Decreto
0131 del mismo año, devuelve al Putumayo su sonomía administrativa.
Es en este punto donde nace la necesidad de comenzar a trabajar por el res-
tablecimiento de la Comisaría, es por esta razón que el 11 de agosto de 1957 se
reúne la primera Asamblea Territorial que se encarga de implantar las nuevas
bases ideológicas y administrativas.
La entrega formal de la Comisaría se llevó a cabo el 1° de octubre de 1957,
por parte del Gobernador de Nariño, Carlos Albornoz y una comitiva prove-
niente de Pasto. José Félix Guerrero recibió la Comisaría, y se concentró en la
necesidad de lograr que el movimiento político que se creó en torno a la desa-
nexión, consiguiera un renglón en la lista que Nariño presentó al Congreso de
la República, esto debido a que el Putumayo no contaba con la circunscripción
electoral para elegir sus propios Representantes. Esta tarea encontró un feliz
término en las Legislaturas 1958-1960 y 1960-1962 con un renglón suplente
para la Cámara y en 1962 un renglón suplente para el Senado.
Cordialmente,
Guillermo Rivera Flórez,
Representante a la Cámara.
Página 2 Jueves 10 de mayo de 2007 GACETA DEL CONGRESO 173
TEXTO AL PROYECTO DE LEY NUMERO 282
DE 2007 CAMARA
por medio de la cual la Nación se vincula a la conmemoración de los 50
años de la desanexión del departamento del Putumayo del departamento
de Nariño y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. La Nación rinde homenaje al departamento del Putumayo,
con motivo de conmemorar los 50 años de su desanexión del departamento de
Nariño. Por tal n exalta y reconoce las virtudes de sus habitantes y a quienes
han contribuido a su desarrollo y fortalecimiento.
Artículo 2°. A partir de la sanción de esta ley y de conformidad con los
artículos 334, 341 y 359 numeral 3 de la Constitución Política, autorízase al
Gobierno Nacional para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación
y/o impulsar a través del Sistema Nacional de conanciación las apropiacio-
nes necesarias que permitan la construcción del bloque de laboratorios para el
Instituto Tecnológico del Putumayo (ITP), sede en Mocoa, departamento del
Putumayo, Código BPIN 0020-05931-0000, inscrito en el Banco de Proyectos
de Inversión Nacional del Departamento Nacional de Planeación, autorizadas
por el artículo 6°, numeral 3.3 último inciso del proyecto de ley aprobado por
el Congreso de la República el viernes 4 de mayo de 2007 con el número 201
de 2007 Cámara, 199 de 2007 Senado, por la cual se expide el Plan Nacional
de Desarrollo 2006-2010.
Artículo 3°. Se autoriza al Gobierno Nacional efectuar los traslados, crédito,
contracréditos, convenios interadministrativos entre la Nación y el Instituto
Tecnológico del Putumayo (ITP).
Artículo 4º. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
Cordialmente,
Guillermo Rivera Flórez,
Representante a la Cámara.
CAMARA DE REPRESENTANTES
SECRETARIA GENERAL
El día 8 de mayo del año 2007 ha sido presentado en este Despacho el Pro-
yecto de ley número 282 con su correspondiente exposición de motivos, por
el honorable Representante Guillermo Rivera Flórez.
El Secretario General,
Angelino Lizcano Rivera.
* * *
PROYECTO DE LEY ORGANICA NUMERO 283
DE 2007 CAMARA
por la cual se adiciona la Ley 5ª de 1992.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º. Adiciónese al artículo 369 de la Ley 5ª de 1992, el numeral
2.6.13, así:
2.6.13. Comisión de Acreditación Documental (Senado de la República).
CANTIDAD CARGO GRADO
1 Secretario de Comisión 12
2 Asesor II 08
1 Secretaria Ejecutiva 05
1 Operador de Equipo 03
1 Mensajero 01
Artículo 2º. Adiciónese al artículo 383 de la Ley 5ª de 1992, el numeral
3.12, así:
3.12. Comisión de Acreditación Documental (Cámara de Representantes).
CANTIDAD CARGO GRADO
1 Secretario de Comisión 12
2 Asesor II 08
1 Secretaria Ejecutiva 05
1 Operador de Equipo 03
1 Mensajero 01
Artículo 3º. La elección, período y régimen de los Secretarios de las anterio-
res Comisiones, serán las establecidas para los Secretarios de las Comisiones
Constitucionales Permanentes.
Artículo 4º. Adiciónese al artículo 53 de la Ley de 1992 el siguiente
parágrafo:
“En las Comisiones Legales del Congreso de la República, tendrán asiento
por derecho propio al menos un integrante de cada movimiento o partido po-
lítico con representación en cada Corporación, salvo que la bancada renuncie
a dicha posición”. Esta disposición regirá a partir del próximo período Cons-
titucional.
Artículo 5º. La presente ley orgánica rige a partir de la fecha de su promul-
gación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Cordialmente,
Jorge Julián Silva Meche,
Representante a la Cámara, departamento del Vichada.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Se le ha dado por ley al Congreso de la República la enorme responsabilidad
de autocontrolarse en lo que tiene que ver con la asistencia de sus miembros
a las sesiones plenarias de cada una de las Corporaciones que la conforman,
“penalizando salarialmente” a quienes no asistan sin una causa justa, esto en
los términos del artículo 271 de la Ley 5ª de 1992.
Semejante responsabilidad queda en manos de la Comisión de Acreditación
Documental, creada mediante el artículo 60 de la Ley 5ª de 1992, además en el
artículo 90 de la misma norma, encontramos la esencia misma de la Comisión
cuando esta estudia y emite el dictamen sobre la inasistencia de los miembros
del Congreso y lo remite a la Mesa Directiva de cada una de las Cámaras para
que adopte la decisión nal de conformidad con la Constitución y la ley; el
artículo 278 de la misma norma también le da unas obligaciones.
Si bien es cierto la Comisión se encuentra creada, también lo es que no le
fue dada en principio una planta propia de personal para el desarrollo de sus
funciones, cuestión que hasta el momento le ha costado, por así decirlo, ac-
ciones de tipo scal por parte de la Contraloría General de la República a las
últimas Mesas Directivas.
Entonces, lo que se busca con este proyecto de ley es darle herramientas al
Congreso de la República por medio de las Comisiones de Acreditación para
que regule y controle la asistencia de sus miembros a las sesiones plenarias,
cuestión que redunda en la elaboración de mejores leyes en benecio de la
ciudadanía en general y por que no redunda también en la imagen Corporati-
va que de por sí para la gran mayoría que no conoce el trabajo denodado del
Congreso, es nula.
La Ley 5ª de 1992 o Reglamento del Congreso debe comprender todas
aquellas disposiciones necesarias para regular el funcionamiento de sus órga-
nos, lo mismo que el alcance de las prohibiciones a las cuales están sujetos.
Desde su promulgación y sanción la Ley 5ª ha sufrido algunas modicaciones
consideradas necesarias para darle cumplimiento a esta premisa y lograr así el
desarrollo de las labores de todo orden del Congreso de la República, igualmente
ha sido necesario incorporar temas complementarios que van surgiendo como
resultado de la dinámica democrática de nuestro país.
De otro lado la idea del proyecto que se presenta a consideración del hono-
rable Congreso de la República, busca adicionar unos temas puntuales que se
consideran necesarios en el cumplimiento de los objetivos de esta importante
Célula del Poder Legislativo. Por un lado se pretende incorporar un tema que
hace parte del régimen de bancadas y que a nuestra consideración no fue tenida
en cuenta en la reciente ley que para tal efecto se aprobó el año inmediatamente
anterior, y por otro lado crear una planta de personal que permita la operativi-
dad de las comisiones legales y especiales que hasta el momento no han sido
puestas en funcionamiento precisamente por la ausencia de recurso humano
que apoye la labor legislativa de Representantes y Senadores que hacen parte
de estas Comisiones.
Los partidos o movimientos políticos son instituciones de representación
que se encargan de canalizar el sentir de los diferentes actores sociales y de
estructurar la política y sin los cuales la democracia sería solo una utopía, por
lo tanto es necesario un replanteamiento de su participación y de su razón de
ser que concuerde con los lineamientos y exigencias de la nueva época para
evitar así el paso a las fuerzas del mercado que poco a poco van ocupando su
lugar dejando de lado el papel protagónico que vienen desarrollando estos en
la construcción y fortalecimiento de un estado solidario e incluyente.
Es así como nace la idea de proporcionarle herramientas democráticas a
estos partidos o movimientos políticos, para que desde los diferentes escenarios
del Congreso puedan debatir y defender las tesis en igualdad de condiciones
de manera que se constituyan en fuerzas capaces de controlar y direccionar las
corrientes del mercado y del poder mediático que día a día se introducen en
más instancia de la sociedad y del Estado mismo. Por tal motivo los partidos
y movimientos políticos deben responder a las aspiraciones profundas de un

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