Gaceta del Congreso del 19-11-2004 - Número 717PSDPL (Contenido completo) - 19 de Noviembre de 2004 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766887725

Gaceta del Congreso del 19-11-2004 - Número 717PSDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación19 Noviembre 2004
Número de Gaceta717
GACETA DEL CONGRESO 717 Viernes 19 de noviembre de 2004 Página 1
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
G A C E T A D E L C O N G R E S O
AÑO XIII - Nº 717 Bogotá, D. C., viernes 19 de noviembre de 2004 EDICION DE 16 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
S E N A D O D E L A R E P U B L I C A
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
P O N E N C I A S
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
ANGELINO LIZCANO RIVERA
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE EN PLENARIA
DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA AL
PROYECTO DE LEY NUMERO 184 DE 2004 CAMARA Y 133
DE 2004 SENADO
por medio de la cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto
General de la Nación para la vigencia fiscal de 2004.
Atendiendo la honrosa designación que nos han hecho como ponentes
del proyecto y en cumplimiento del mandato constitucional y de lo
dispuesto en el Estatuto Orgánico del Presupuesto Nacional (EOP) y en
la Ley 5ª de 1992, rendimos ponencia para segundo debate en la plenaria
del honorable Senado de la República del Proyecto de ley número 184 de
2004 Cámara y 133 de 2004 Senado, por medio de la cual se efectúan
unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la
vigencia fiscal de 2004.
1. Proyecto de ley de modificación al presupuesto de 2004
El Gobierno Nacional ha presentado a consideración del Congreso de
la República un proyecto de ley, por medio de la cual se efectúan unas
modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia
fiscal de 2004. Este proyecto incorpora recursos para atender las exigencias
de gasto del resto de la actual vigencia fiscal, necesarios para financiar el
funcionamiento de la administración central y de algunos establecimientos
públicos nacionales (EPN) y para efectuar gastos inaplazables de inversión,
como se detalla más adelante. Por su importancia, el Gobierno Nacional
solicitó se le diese trámite de urgencia al presente proyecto, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 163 de la Constitución Política y 191 de
El proyecto de ley es el producto de la combinación de adiciones y
traslados presupuestales. En efecto, se presenta una adición de $3.6
billones y traslados por $1.6 billones. De la adición por $3.6 billones,
$2.6 billones se financian con aportes de la Nación y $1 billón con
recursos propios de los establecimientos públicos nacionales.
En cuanto a los traslados presupuestales, estos ascienden a $1.6
billones, entre los cuales se destaca un contracrédito en el servicio de
la deuda por $883 mm. Los contracréditos propuestos en este proyecto
de ley permitirán cubrir faltantes en diferentes sectores y fortalecer
programas prioritarios de inversión tales como subsidios eléctricos,
Red Pública Hospitalaria, capacitación a través del Sena, apoyo
financiero a la energización a través del FAER y del Fazni, atención a
la población desplazada, Familias Guardabosques y programas del
sector agropecuario.
Este proyecto de ley también incluye recursos por $445 mm para que
el ISS, junto con los $300 mm provenientes del traslado presupuestal
efectuado por el Ministerio de la Protección Social, pueda cumplir con el
pago oportuno de sus mesadas pensionales, dado que en noviembre del
presente año se agotarán sus reservas, por lo que es de suma importancia
garantizar los recursos para cumplir las obligaciones con los pensionados,
que como se ha manifestado suman $745 mm para lo que resta de la
vigencia. Así mismo, para garantizar la operación y reestructuración del
ISS y de las ESES que se crearon como producto de la escisión, se
incluyen $300 mm para que la Nación –Ministerio de Hacienda– les
otorgue créditos condonables, sujetos al cumplimiento de planes de
desempeño.
El proyecto de adición, según el Ministro de Hacienda y Crédito
Público, está considerado en las proyecciones fiscales y es consistente
con un déficit de 2.5% del PIB para este año.
A continuación se presentan las características más importantes de las
operaciones presupuestales incluidas en este proyecto de ley, tanto por
concepto de adiciones como de traslados presupuestales.
2. Características de las adiciones presupuestales 2004
El proyecto de adición presupuestal asciende a $3.6 billones. Esta
suma se explica fundamentalmente por tres categorías de gastos, así:
1. Para cubrir faltantes originados por la no aprobación del referendo
($630 mm).
2. Para financiar con recursos de la Nación el pago de las mesadas
pensionales a cargo del Instituto de Seguros Sociales (ISS), debido al
agotamiento de sus reservas, y
3. Para atender faltantes en otros gastos de funcionamiento por $940
mm, especialmente transferencias, y en gastos de inversión, por $1.3
billones.
En cuanto a la composición de la adición entre recursos de la Nación
y recursos de los Establecimientos Públicos Nacionales, el presupuesto
de la Nación aumenta en $2.6 billones, mientras que el de los EPN lo hace
en $1 billón. (Cuadro 1).
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Cuadro 1
Adicional Presupuesto General de la Nación 2004
Miles de millones de pesos
De acuerdo con lo manifestado por el Ministro de Hacienda, los
efectos fiscales de las operaciones anteriores se encuentran incluidos en
el Plan Financiero desde principios del presente año, así como en el
Marco Fiscal de Mediano Plazo.
2.3 Otros requerimientos presupuestales. Además de las
apropiaciones mencionadas anteriormente, se requiere cubrir faltantes
de apropiación en gastos de funcionamiento en diferentes entidades que
hacen parte del PGN, como también en algunos gastos de inversión, con
el fin de atender necesidades sociales y de infraestructura que se consideran
urgentes. Estos gastos ascienden a $2.5 billones, de los cuales $940 mm
corresponden a gastos de funcionamiento y $1.3 billones a inversión,
financiados con aportes de la Nación ($1.2 billones) y con recursos
propios de los EPN ($1 billón).
Respecto a los gastos de funcionamiento, las operaciones
presupuestales más importantes que se proponen en este proyecto de ley
son las siguientes:
• $466 mm para atender giros por concepto de regalías a los
departamentos y municipios, al Fonpet y al Fondo Nacional de Regalías
a través de la Agencia Nacional de Hidrocarburos. La adición presupuestal
se requiere principalmente por los mayores precios internacionales del
crudo que se han presentado durante la vigencia fiscal en curso, los cuales
afectan el precio de regalía por hidrocarburos. En efecto, de un precio de
referencia WTI de USD 21.1 por barril, con base en el cual se programó
el presupuesto actual, se ha pasado a un precio promedio anual estimado
de USD 38 por barril.
• $121 mm para que los establecimientos públicos nacionales puedan
transferir a la Nación recursos provenientes de los excedentes financieros
del año 2003, de conformidad con lo dispuesto por el Estatuto Orgánico de
Presupuesto y el Documento Conpes 3308 del 6 de septiembre de 2004.
• $103 mm para el Ministerio de Defensa Nacional, la Policía Nacional
y sus entidades adscritas para atender diferentes conceptos de gasto como
adquisición de equipos de comunicaciones, dotaciones, equipos de
campaña, prestaciones sociales, asignaciones de retiro y Hospital Militar,
entre otros. De estos recursos, $5.4 mm se destinarán a inversión en Salud
de la Policía Nacional para financiar el proyecto de dotación de equipo,
actualización y ampliación de software y hardware de los servicios de
neurociencias, unidad de cuidados intensivos pediátricos, urología,
otorrinolaringología y gastroenterología.
• $40 mm a través del Ministerio de Hacienda para aportes de Fogafín
a entidades públicas del sector financiero.
2.1 Efecto presupuestal de la no aprobación del referendo. El
Presupuesto General de la Nación para 2004 fue aprobado por el
Congreso el 18 de octubre de 2003 y el referendo tuvo lugar el 25 de
octubre, razón por la cual se requiere incluir en este proyecto de ley los
recursos para cubrir los faltantes que se derivaron de la no aprobación del
referendo1. Estos faltantes, de acuerdo con las estimaciones del Ministerio
de Hacienda y Crédito Público, ascienden a $630 mm, distribuidos así:
• $335 mm para atender el incremento salarial de los servidores
públicos. El aumento salarial se ha estimado teniendo en cuenta los
lineamientos de la Sentencia C-1017 de 2003 proferida por la Corte
Constitucional, de la siguiente manera: para aquellos funcionarios con
salarios equivalentes a 1 salario mínimo, el incremento se proyecta en
7.83%; entre 1 y 2 smlv, se calcula con base en la inflación pasada, 6.49%,
y para el resto, se prevé un aumento entre 4% y 5.5%, cuyo mínimo
corresponde al 60% de la inflación pasada. Como se muestra en el Cuadro
2, cerca de 500 mil funcionarios ganan más de dos salarios mínimos, esto
es, el 54% del total; los que ganan menos de dos salarios mínimos son casi
428 mil, que representan el 46% restante. Vale la pena resaltar que el
incremento salarial de los servidores públicos, de acuerdo con la
jurisprudencia de la Corte Constitucional, debe hacerse efectivo antes del
31 de diciembre de 2004.
Cuadro 2
Número de funcionarios y nómina
1La ley que convocó el referendo (Ley 796 de 2003) estableció que: “(…) los
salarios y las pensiones superiores a dos (2) salarios mínimos legales mensuales,
no se incrementarán con relación a los gastos del año 2002, durante un período de
dos (2) años, contados a partir de la entrada en vigencia del presente acto
legislativo. Se exceptúan: el Sistema General de Participaciones de los
departamentos, distritos y municipios; los gastos destinados a la expansión de la
seguridad democrática, diferentes de los correspondientes a salarios; el pago de
nuevas pensiones y las nuevas cotizaciones a la seguridad social, o las
compensaciones a que dé lugar”. El presupuesto para el año 2004 se programó y
aprobó considerando estos criterios.
• $118 mm para atender el pago de pensiones, las cuales se ajustan con
base en la inflación pasada en el caso de aquellas pensiones superiores a
dos salarios mínimos, y
• $177 mm para transferir a las Universidades.
2.2 Transferencias al ISS. Se adiciona un valor de $445 mm para que
el ISS pueda pagar sus mesadas pensionales. El ISS agota sus reservas
pensionales en noviembre, tal como se presenta en el cuadro 3, razón por
la cual la Nación ha tenido que realizar aportes crecientes para garantizar
el cumplimiento de las obligaciones pensionales del Instituto. De igual
manera, para hacer sostenible al ISS y a las empresas prestadoras de
servicio de salud creadas como producto de la escisión, en este proyecto
de ley también se consideran apropiaciones por $300 mm para otorgarles
créditos condonables sujetos al cumplimiento de planes de desempeño.
De acuerdo con lo expuesto por el Gobierno Nacional, entre la aprobación
del proyecto en primer debate y la radicación de esta ponencia, el
Gobierno ha realizado traslados presupuestales por $300 mm, con lo cual
se han podido completar los $745 mm necesarios para que el ISS pueda
cumplir con sus obligaciones pensionales para el resto de la actual
vigencia fiscal.
Cuadro 3
Reservas del ISS
Miles de millones de pesos

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