Gaceta del Congreso del 27-08-2019 - Número 799 (Contenido completo) - 27 de Agosto de 2019 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 810151945

Gaceta del Congreso del 27-08-2019 - Número 799 (Contenido completo)

Fecha de publicación27 Agosto 2019
Número de Gaceta799
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVIII - Nº 799 Bogotá, D. C., martes, 27 de agosto de 2019 EDICIÓN DE 60 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
        
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
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a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE
(SEGUNDA VUELTA) AL PROYECTO DE
ACTO LEGISLATIVO NÚMERO 39 DE
2019 SENADO Y 355 DE 2019 CÁMARA
por medio del cual se Reforma el Régimen
de Control Fiscal.
Bogotá, D. C., agosto de 2019
Honorables Senadores
SANTIAGO VALENCIA GONZÁLEZ
Presidente
FABIO RAÚL AMÍN SALAME
Vicepresidente
Comisión Primera Constitucional Permanente
Honorable Senado
Asunto: Ponencia para primer debate (Segunda
vuelta) al Proyecto de Acto Legislativo número 39
de 2019 Senado y 355 de 2019 Cámara, por medio
del cual se Reforma el Régimen de Control Fiscal.
Respetado Presidente:
Atendiendo lo establecido en los artículos
150, 153 y 156 de la Ley 5ª de 1992 y a la
honrosa designación como ponentes que usted,
en calidad de Presidente de la Comisión Primera
Constitucional Permanente del honorable
Senado, nos hiciera, cordialmente presentamos el
siguiente informe de ponencia al proyecto de Acto
Legislativo antes referido.
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE (SEGUNDA VUELTA) EN LA
HONORABLE COMISIÓN PRIMERA DEL
SENADO DE LA REPÚBLICA AL PROYECTO
DE ACTO LEGISLATIVO LEY NÚMERO 39
DE 2019 SENADO Y 355 DE 2019 CÁMARA
por medio del cual se Reforma el Régimen
de Control Fiscal
I. ANTECEDENTES DEL PROYECTO
El 27 de marzo del año en curso fue radicado
el presente proyecto de acto legislativo ante la
Secretaría General de la Cámara de Representantes
por el señor Contralor General de la República,
doctor Carlos Felipe Córdoba Larrarte, y los señores
congresistas honorable Senador Santiago Valencia
González, honorable Senador Miguel Ángel Pinto
Hernández, honorable Senador Luis Fernando
Velasco Chaves, honorable Senador Germán
Varón Cotrino, honorable Senador Roy Leonardo
Barreras Montealegre, honorable Senador Fabio
Raúl Amín Sáleme, honorable Representante
Gabriel Santos García, honorable Representante
Édward David Rodríguez Rodríguez, honorable
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honorable Representante Kelyn Johana González
Duarte, honorable Representante Álvaro Henry
Monedero Rivera, honorable Representante
Fabio Fernando Arroyave Rivas, honorable
Representante Harry Giovanny González
García, honorable Representante Jorge Méndez
Hernández, honorable Representante José Daniel
Página 2 Martes, 27 de agosto de 2019 G 799
López Jiménez, honorable Representante Juan
Carlos Rivera Peña, honorable Representante
Erasmo Elías Zuleta Bechara, honorable
Representante Édgar Alfonso Gómez Román,
honorable Representante Salim Villamil Quessep,
honorable Representante César Augusto Lorduy.
Dicho proyecto fue publicado en la Gaceta del
Congreso 153 del 27 de marzo de 2019.
II. TRÁMITE EN PRIMERA VUELTA
Primer debate en Comisión Primera de
Cámara de Representantes
Por tratarse de un acto legislativo, la presente
iniciativa fue enviada a la Comisión Primera de
la honorable Cámara de Representantes, en donde
fueron designados ponentes para primer debate los
honorables Representantes honorable Representante
    
honorable Representante Alejandro Alberto Vega
Pérez (coordinador), honorable Representante Jaime
Rodríguez Contreras, honorable Representante
Harry Giovanny González García, honorable
Representante José Daniel López Jiménez, honorable
Representante Juan Carlos Rivera Peña, honorable
Representante Jorge Enrique Burgos Lugo,
honorable Representante Juanita María Goebertus
Estrada, honorable Representante Ángela María
Robledo Gómez, honorable Representante Carlos
Germán Navas Talero, honorable Representante Luis
Alberto Albán Urbano y honorable Representante
Juan Manuel Daza Iguarán.
En primer debate se presentaron dos ponencias
positivas. La Ponencia mayoritaria, publicada
en la Gaceta del Congreso número 195 del 2
   
Representantes Alejandro Alberto Vega, Gabriel
Jaime Vallejo, Jorge Enrique Burgos, Harry
Giovanny González, Jaime Rodríguez, José
Daniel López y Juan Manuel Daza.
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honorable Representante Ángela María Robledo
y Juanita María Goebertus, fue publicada en la
Gaceta del Congreso 207 del 8 de abril de 2019.
En sesión del 9 de abril de 2019, la Comisión Primera
de Cámara de Representantes aprobó la ponencia
mayoritaria. Posteriormente la mesa directiva designa
como ponentes para el segundo debate del proyecto a
los honorables Representantes Gabriel Jaime Vallejo,
Alejandro Alberto Vega, Harry Giovanny González,
Jaime Rodríguez Contreras, José Daniel López, Juan
Carlos Rivera, Jorge Enrique Burgos, Juan Manuel
Daza, Adriana Magali Matiz, Juanita María Goebertus,
Ángela María Robledo, Carlos Germán Navas y Luis
Alberto Albán.
Audiencia Pública
En cumplimiento del artículo 230 de la Ley 5ª de
1992, y producto de proposición presentada por el
Representante José Jaime Uscátegui, se celebró el día
lunes 22 de abril de 2019 en el recinto de la Comisión
Primera de la Cámara de Representantes Audiencia
Pública presidida por el Representante coordinador
Gabriel Vallejo, la cual contó con la participación del
señor Contralor General de la República, el Auditor
general, sindicatos de la CGR, un delegado del
Consejo de Estado, así como expertos y académicos
en la materia, allí se expresaron distintos puntos de
vista y se manifestaron diversos sectores ciudadanos
e institucionales, como consta en el expediente del
proyecto, los cuales fueron considerados por los
ponentes en el estudio del mismo.
Segundo debate en Plenaria de Cámara de
Representantes
Una vez realizada la audiencia pública referida,
fueron radicadas dos ponencias positivas al
proyecto, la primera y mayoritaria fue puesta
a consideración de la plenaria de Cámara de
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y fue suscrita por los honorables Representantes
Gabriel Jaime Vallejo, Alejandro Alberto Vega,
Harry Giovanny González, Jaime Rodríguez
Contreras, José Daniel López, Juan Carlos Rivera,
Jorge Enrique Burgos, Juan Manuel Daza y Adriana
Magali Matiz. Dicha ponencia fue publicada en la
Gaceta 245 del 23 de abril de 2019.
La ponencia minoritaria, igualmente positiva,
suscrita por los honorables Representantes Ángela
María Robledo, Juanita María Goebertus y Luis
Albán, fue publicada en la Gaceta 260 del 24 de
abril de 2019.
Surtida la discusión respectiva en la plenaria
de la honorable Cámara de Representantes, el día
30 de abril de 2019 fue considerada y aprobada
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Trámite en Comisión Primera de Senado
Surtido el respectivo trámite en la Cámara
de Representantes, es decir, después de lograr
su aprobación en primer y segundo debate, en
el marco de la primera vuelta del procedimiento
legislativo, el proyecto fue enviado a la
Presidencia del Senado de la República, siendo
posteriormente remitido a la Comisión Primera
Constitucional Permanente de dicha corporación.
La mesa directiva de la Comisión Primera de
Senado designó como ponente para primer debate
del proyecto de Acto Legislativo número 39 de
2019 Senado, 355 de 2019 Cámara al Senador Roy
Leonardo Barreras Montealegre, quien presentó
la ponencia respectiva, publicada en la Gaceta del
Congreso 360 del 16 de mayo de 2019.
El 22 de mayo de 2019 fue considerado y
aprobado el texto y el título del referido Proyecto
de Acto Legislativo, luego de lo cual fueron
designados como ponentes para segundo debate
los honorables Senadores Rodrigo Lara, Gustavo
Petro, Julián Gallo, Alexánder López, Iván Name,
G 799 Martes, 27 de agosto de 2019 Página 3
Santiago Valencia, Juan Carlos García, Carlos
Guevara, Fabio Amín, Esperanza Andrade y Roy
Barreras como coordinador.
Una vez presentada la ponencia respectiva, la
misma fue publicada en la Gaceta del Congreso
439 del 31 de mayo de 2019.
Trámite en Plenaria de Senado
El 5 de junio de 2019 el proyecto de acto
legislativo 39 de 2019 Senado, 355 de 2019
Cámara, fue aprobado en sesión plenaria del
honorable Senado de la república, por la totalidad
de los asistentes.
Conciliación de textos
Para efectos de superar las discrepancias
presentadas entre los textos aprobados en el Senado
de la República y en la Cámara de Representantes,
fueron designados para conformar una comisión
accidental de conciliación los honorables
Senadores Roy Leonardo Barreras y Fabio Raúl
Amín, así como los honorables Representantes
Harry Giovanny González y Juan Carlos Lozada.
El referido informe fue presentado y publicado
en las gacetas 488 y 507 del 10 de junio de
2019. Así mismo, los textos conciliados fueron
aprobados por las respectivas plenarias de Senado
y Cámara de Representantes los días 12 y 13 de
junio, respectivamente.
Publicación en Diario Ocial
En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo
375 de la Constitución Política, mediante Decreto
número 1275 del 18 de julio de 2019, el señor
Presidente de la República ordenó la publicación
del Proyecto de Acto Legislativo 39 de 2019
Senado, 355 de 2019 Cámara, por medio del cual
se reforma el Régimen de Control Fiscal. (primera
vuelta). Publicado en el Diario Ocial 51018, del
18 de julio de 2019.
III. TRÁMITE SEGUNDA VUELTA
PRIMER DEBATE SEGUNDA VUELTA EN
LA HONORABLE COMISIÓN PRIMERA DE
LA CÁMARA DE REPRESENTANTES
Para el primer debate en el trámite de la segunda
vuelta ante la Comisión Primera de la honorable
Cámara de Representantes fueron designados como
ponentes los honorables Representantes Alejandro
Alberto Vega (coordinador), Gabriel Santos García
(coordinador), Harry Giovanny González, Adriana
Magali Matiz, José Daniel López, Jorge Eliécer
Tamayo, Juanita Goebertus Estrada, Germán Navas
Talero y Luis Alberto Albán.
La ponencia positiva fue suscrita por todos los
ponentes designados y publicada en Gaceta del
Congreso número 676 del 30 de julio de 2019.
El debate adelantado el 31 de julio de
2019 inició con la presentación por parte del
Representante Alejandro Vega en su calidad de
coordinador ponente de la iniciativa, exponiendo
las generalidades de la reforma Constitucional,
y haciendo un recuento de los antecedentes del
proyecto a lo largo de su tránsito legislativo
hasta llegar a este debate, el cual es el quinto
de los ocho necesarios y el primero de la
segunda vuelta. Resaltó que esta iniciativa ha
logrado el respaldado y acompañamiento de
los diferentes sindicatos que hacen parte de la
de diferentes sectores académicos. El honorable
Representante recalca la importancia del control
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no se trata de coadministración; además, aclara
que la Contraloría no va a quedar con funciones
jurisdiccionales y que el presupuesto para esta
entidad de control tendrá un aumento de 250.000
millones de pesos en las dos vigencias siguientes
y 136.000 millones de pesos para el tercer año.
La siguiente intervención se dio por parte
del también coordinador ponente, honorable
Representante Gabriel Santos, el cual referenció
las ventajas que trae la iniciativa. Menciona que la
Contraloría hoy por hoy tan solo recupera el 0,4% de
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los pocos recursos con los que cuenta la entidad, y
en segunda medida por las limitaciones de ley con
que el actual sistema se rige, puesto que el modelo
selectivo y posterior solo llega después de que el
daño se ha materializado y desafortunadamente
hoy existen muchas maneras para evadir y hacer
una reparación o devolución efectiva de los
recursos saqueados al Estado. Finalmente, resalta
 
lucha contra la corrupción.
En el debate el honorable Representante José
Daniel López asegura que este proyecto es una
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la corrupción, además de no ser de carácter
coadministrativo, lo cual da un paso muy
importante en cuanto a la autonomía presupuestal;
el honorable Representante celebra que se haya
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
elección de los contralores territoriales, aclarando
que cree pertinente que los periodos de estos no
coincidan con los de los alcaldes y gobernadores,
pero sí con el del Contralor General de la
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Bogotá y los tiempos de elección.
La honorable Representante Adriana Matiz
menciona que el Proyecto de Acto Legislativo
constituye una herramienta fundamental en la lucha
frontal contra la corrupción, celebra que el control
se realice en tiempo real, hace la aclaración que con
este proyecto en ningún momento se busca suprimir
las contralorías territoriales.

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