Gaceta departamental Nº 24.342 de la gobernación de Antioquia, 2024 - Resolución - 22 de Enero de 2024 - Gaceta Departamental de la Gobernación de Antioquia - Legislación - VLEX 1016812800

Gaceta departamental Nº 24.342 de la gobernación de Antioquia, 2024 - Resolución

Año2024
Fecha de publicación22 Enero 2024
Número de Gaceta24.342
24.342 26
Medellín, viernes 26 de enero de 2024
DEPARTAMENTAL
~egistrando
la
historia de Antioquia desde 190~
*Registrado en
el
Ministerio de Gobierno por Resolución
000474 de junio de 1967 1 Tarifa postal reducida
2333 de la Administración Postal Nacional -Porte Pagado*
1
~
ORDEN
AL
MtRITO
civICO
Y EMPRESARIAL
MARISCALJORGEROBLEDO
CAT.EGOIÚA
ORO
GOBERAACIÓN
DE
ANTIOOU~
~tb
de
Coi<:llibiil>
2
SUMARIO RESOLUCIONES ENERO 2024
Número
2024060001260
2024060001682
Fecha
Enero 22
Enero 25
Página
3
5
Número
2024060001796
Fecha
Enero 26
Página
8
3
Radicado: S 2024060001260
Fecha: 22/01/2024
Tipo:
RESOLUCIÓN
Destino:
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCIÓN
l
llllll
111111111111111
lllll
lllll
lllll
lllll lllll
lllll
lllll
1111111111111111111
"POR MEDIO
DE
LA
CUAL
DESIGNA COMITÉ ASESOR Y EVALUADOR"
EL
JEFE
DE
LA
OFICINA
DE
COMUNICACIONES
DE
LA
GOBERNACIÓN
DE
ANTIOQUIA,
En
uso
de
las facultades constitucionales y legales,
en
especial las conferidas por
la
la
2007,
del 2015 y los Decretos expedidos por
el
Gobernador de Antioquia 2021070000528
del
1
de
febrero de
2021,
2020070002567
del
5
de noviembre de 2020 y 2020070000007
del
2
de
enero
de
2020,
y
CONSIDERANDO
1.
Que de acuerdo
con
el
artículo
94
Decreto 2020070002567 del 5 de noviembre
de
2020, por medio del cual
se
determinó
la
estructura orgánica de
la
Administración
Departamental,
se
definieron
las
dependencias que conforman los organismos y
se
señalaron sus funciones,
se
definió que dentro
de
la
estructura orgánica del Despacho
del Gobernador funcionaría
la
Oficina
de
Comunicaciones
del
ente territorial,
la
cual
cumple funciones
como
Diseñar estrategias de comunicación, relacionamiento y
movilización para contribuir
con
la
proyección, posicionamiento, mejora
de
la
imagen
institucional y acercamiento a los diferentes grupos
de
interés.
2. Que conforme a
lo
dispuesto
en
el
Decreto 2021070000528 del 1 de febrero de
2021
expedido por
el
Gobernador
de
Antioquia,
se
delegó
la
competencia para
la
ordenación
del
gasto, expedir los actos administrativos relativos a
la
actividad contractual y
celebrar los contratos y convenios,
sin
consideración a
la
cuantía
en
la
Oficina de
Comunicaciones, para aquellos asuntos que estén directamente relacionados
en
la
competencia asignada por
el
Decreto 2020070002567
del
5 de noviembre de 2020 a
la
Oficina de Comunicaciones.
3. Que de acuerdo
con
lo
contenido
en
el
Decreto 2020070000007 del 2 de enero de
2020 referente a
la
conformación
del
Comité de Orientación y Seguimiento
en
Contratación del Departamento
de
Antioquia y los Comités Internos de Contratación
en
cada Despacho y los Asesores y Evaluadores de cada proceso contractual y
se
dictan
otras disposiciones";
la
designación del Comité Asesor y Evaluador debe efectuarse
mediante Resolución.
4.
Que,
en
consideración a
lo
anterior,
el
jefe
de
la
Oficina de Comunicaciones es
competente para conformar
el
Comité Asesor y Evaluador,
En
mérito de
lo
expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Conformar
el
Comité Asesor y Evaluador
del
proceso
de
contratación cuyo objeto
es
"Apoyar
la
operación logística de eventos y actividades afines
de los proyectos y programas priorizados de
la
Gobernación de Antioquia, que requieran
presencia institucional".
4
RESOLUCIÓN
No.
de 2024 HOJA NÚMERO 2
ARTÍCULO SEGUNDO.
El
Comité Asesor y Evaluador
del
proceso referenciado
en
el
numeral anterior estará integrado de
la
siguiente manera:
ROL TÉCNICO ROL LOGiSTICO ROL JURÍDICO
ISABEL CRISTINA CARDONA CAMILA ALEXANDRA ZAPATA ASTRID ARROYO GENES
ACEVEDO ZULUAGA
ARTÍCULO TERCERO.
En
caso de que
el
proceso de contratación previsto sufra
variaciones sustanciales,
se
deberá hacer una modificación a
la
presente Resolución. Por
variaciones sustanciales, entiéndase cambio o sustitución total de objeto y de alguno de
los miembros del Comité Asesor y Evaluador.
ARTÍCULO CUARTO.
El
Comité Asesor y Evaluador ejercerá
su
labor de acuerdo con las
funciones establecidas
en
el
Decreto Departamental 0007 de 2020.
ARTÍCULO QUINTO. Contra
el
presente acto
no
procede recurso alguno, de conformidad
con lo establecido
en
el
artículo
75
ARTÍCULO SEXTO.
La
presente resolución rige a partir de
la
fecha de
su
expedición.
Pro
ectó:
Revisó:
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
UNA
MARCELA CUARTAS OSPINA
Jefe
(E)
Oficina de Comunicaciones Despacho
del
Gobernador
NOMBRE
Sthefania Gómez Uribe
Diana Marcela
Rai
oza
Du
ue
Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado
el
documento y
lo
encontramos ajustado a
las
normas y disposiciones
legales vigentes y por
lo
tanto bajo nuestra responsabilidad
lo
presentamos para firma.
5
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
(25/01/2024)
l
llllll
ll
lll
lllll
ll
lll
llll
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lllll
l
ll
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lll
ll
llllllllll
11111
111
1111111111
2 O 2 4 O 6 O O O 1 6 8 2
"POR MEDIO
DE
LA
CUAL
SE
ACLARA LA RESOLUCIÓN 2023060356182 DEL
26
DE
DICIEMBRE DEL
AÑO
2023"
EL GERENTE
DE
CATASTRO DEL DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA,
en
ejercicio de sus facultades legales conferidas por
la
ordenanza
011
de
2011
y
en
la
el
Decreto de nombramiento 20240700000016 del
04
de
enero del año 2024,
se
dispone aclarar
el
acto administrativo 2023060356182 del
26
de diciembre
del
año 2023"
CONSIDERANDO
QUE:
De
conformidad
con
los Decretos Legislativo y Departamental
Nos.
1556 de 1954 y
199
de
1954, respectivamente,
fue
creada
la
Oficina de Catastro del Departamento
de Antioquia y
se
le
concedió
la
calidad de autoridad catastral.
En
fecha del
16
de febrero
del
año 2018
con
el
Decreto Departamental
2018070000479
se
creó
la
Gerencia
de
Catastro del Departamento de Antioquia.
De
acuerdo
con
el
Decreto
con
fuerza de ordenanza 2020070002567 del
05
de
noviembre de 2020,
es
una
dependencia adscrita
al
Departamento Administrativo
de Planeación
La
Gerencia de Catastro Departamental, entidad adscrita
al
Departamento
Administrativo de Planeación,
es
la
autoridad catastral y/o gestor catastral
en
112
municipios del Departamento de Antioquia.
En
fecha del
26
de
diciembre del año 2023,
se
emitió
la
resolución
2023060356182, por medio
de
la
cual
se
modificaron las ecuaciones de las
regresiones
para
los identificadores
de
construcción 038,039 y 047, establecidos
en
la
resolución 2022060376198 del 15/12/2023 para
el
sector urbano total del
municipio de Támesis realizados
en
el
marco del proceso de actualización.
No
obstante,
en
el
artículo primero
se
comete
una
imprecisión y
se
pone
el
siguiente texto:
"Modificar
el
ARTICULO SEGUNDO de
la
resolución 2022060376198 del
15/12/2022
en
cuanto
se
modifican las ecuaciones de regresión para
el
sector
urbano del municipio
de
San
Francisco" subrayado fuera
del
texto original.
6
ffl
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
l l
lll
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lllll
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11
1
111
1
111111111
2 O 2 4 O 6 O O O 1 6 8 2
(25/01/2024)
El
artículo 45
del
Código Contencioso Administrativo- Ley 1437 de 2011-permite
que
se
corrijan los actos administrativos
en
cuanto sea necesario para enmendar
errores simplemente formales contenidos
en
los actos administrativos,
ya
sean
aritméticos,
de
digitación, de transcripción o de omisión
de
palabras.
Artículo 45. Corrección de errores formales.
"En
cualquier tiempo,
de
oficio o a petición
de
parte,
se
podrán
corregir los errores simplemente formales contenidos
en
los actos
administrativos, ya sean aritméticos,
de
digitación,
de
transcripción o
de
omisión
de
palabras.
En
ningún caso
la
corrección dará
Jugar
a
cambios
en
el sentido material
de
la
decisión, ni revivirá los términos
legales para demandar el
acto.
Realizada
la
corrección, esta deberá
ser notificada o comunicada a todos los interesados, según
corresponda".
La
corrección efectuada
no
modifica de fondo
lo
decidido por
la
entidad y por
el
contrario
da
claridad a
lo
decidido por
el
gestor catastral,
en
cuanto
se
aclara que
el
acto administrativo está dirigido
al
municipio de Támesis y
no
de
San
Francisco.
En
mérito
de
lo
expuesto,
el
Gerente de Catastro del Departamento de Antioquia,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo primero
de
la
Resolución
2023060356182
del
26
de diciembre
del
año 2023,
así:
"Modificar
el
ARTICULO SEGUNDO
de
la
resolución 2022060376198 del
15/12/2022
en
cuanto
se
modifican las ecuaciones de regresión para
el
sector
urbano
del
municipio
de
Támesis, para
los
códigos 038, 039 y
047,
así:
ICEN- ECUACION FACTOR-A FACTOR-B
uso
039 POTENCIAL 86005,6931 0,58443871
047 POTENCIAL 120683,0287 0,58443857
038 POTENCIAL 4879, 700797 0,9736503
7
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
(25/01/2024)
l l
lll
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llll
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lll
ll
llll
l
lll
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lllll
ll
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lllll
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lll
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llllllllll
1111111
1
1111111111
2 O 2 4 O 6 O O O 1 6 8 2
ARTÍCULO SEGUNDO: Este acto administrativo es de carácter general y se
publica en los términos de la Ley 1437 de 2011.
Dado en Medellín
el
25/01/2024
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
YEISON FERNANDO MIRANDA RESTREPO
Gerente de Catastro
Proyectó: Diana Galvis -Abogada Gerencia de Catastro.
8
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
1111:111111
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IIIII
IIIII
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IIII
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2 O 2 4 O 6 O O O 1 7 9 6
(26/01/2024)
POR LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN No. 2022060377798 de 2022
"POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE EL GRUPO DE OBLIGADOS A
SUMINISTRAR INFORMACIÓN TRIBUTARIA A LA SUBSECRETARÍA
DE
INGRESOS DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA POR EL AÑO GRAVABLE
2023, SE SEÑALA EL CONTENIDO Y LAS CARACTERISTICAS TÉCNICAS
PARA LA PRESENTACIÓN"
La
Subsecretaría
de
Ingresos
del
Departamento de Antioquia,
en
uso
de
sus
atribuciones legales y reglamentarias,
en
especial
las
conferidas
en
el
Tributario Nacional, Ley
1995,
artículo
59
de
la
2002,
2016,
2022 y
en
los
artículos
6,
62,
219,
374,
388
y siguientes
de
la
Ordenanza
41
de
2020,
modificada por
la
Ordenanza
20
de
2022
-Estatuto
de
Rentas
del
Departamento
de
Antioquia, y
CONSIDERANDO
Que,
el
28
de diciembre de 2022
la
Subsecretaría de Ingresos adscrita a
la
Secretaría
de Hacienda del departamento de Antioquia, mediante
la
Resolución
No.
2022060377798, estableció el grupo de obligados a suministrar información tributaria
a
la
subsecretaría de ingresos del departamento de Antioquia por
el
año gravable
2023,
se
señala el contenido y las características técnicas para
la
presentación.
Que,
en
el artículo primero de
la
precitada resolución, indicó que los Agentes de
Retención designados a través de
la
Ordenanza
41
de 2020, debían reportar
información.
Que,
la
Resolución
No.
2022060377798 del
28
de diciembre de 2022, contiene
el
anexo técnico para suministrar información tributaria a
la
Subsecretaría de Ingresos
del Departamento de Antioquia por
el
año gravable 2023.
Que,
la
Agencia Nacional de Contratación Pública -COLOMBIA COMPRA
EFICIENTE -
en
cumplimiento del decreto 1798 de 2021, diseña
un
manual o guía,
describiendo las actividades de las fases de lanzamiento del proceso de simulación
de estampilla electrónica aplicado
en
el
Sistema de Información de Gestión de
Estampilla Contractual SIGEC.
Que, el objetivo es definir
un
documento que actué como guía metodológica
en
la
descripción de las fases de lanzamiento del Sistema de Información de Gestión de
Estampilla Contractual SIGEC.
Este
documento
está
firmado
digitalmente,
a
nombre
del
Servidor
Público
de
la
Gobernación
de
Antioquia,
de
conformidad
con
tas
exigencias
establecidas
en
la
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DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
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2 O 2 4 O 6 O O O 1 7 9 6
(26/01/2024)
Que, para
la
entidad Colombia Compra Eficiente las estampillas como tributo
documental autorizadas por ley, deberán emitirse, pagarse, adherirse o anularse a
través de medios electrónicos, bajo
el
criterio de equivalencia funcional.
Que, los agentes
de
retención nombrados
en
la
ordenanza
041
de
2020, deben
reportar información correspondiente a las estampillas adoptadas por
el
Departamento
de
Antioquia y que esta entidad a
su
vez, está
en
la
obligación
de
remitirle a
la
Agencia Nacional
de
Contratación Pública.
Que, para atender
el
requerimiento
de
la
Agencia Nacional de Contratación Pública,
es
necesario incluir campos de información que den ser REPORTAR LOS AGENTES
DE
RETENCIÓN DESIGNADOS A TRAVÉS
DE
LA ORDENANZA
41
DE
2020.
Que, de acuerdo
con
lo
anterior,
se
requiere modificar
el
Anexo Técnico para
suministrar información tributaria a
la
Subsecretaría de Ingresos del Departamento
de
Antioquia por
el
año gravable 2023, contenido
en
la
Resolución
No.
2022060377798
de
2022.
RESUELVE
ARTf CULO 1. Modificar
el
Articulo 1 de
la
Resolución
No.
2022060377798 del 28
de
diciembre de 2022,
el
cual quedará
de
la
siguiente manera;
ARTICULO 1. INFORMACIÓN QUE DEBEN REPORTAR LOS AGENTES
DE
RETENCIÓN DESIGNADOS A TRAVÉS
DE
LA ORDENANZA
41
DE
2020.
Los agentes
de
retención designados en
la
Ordenanza
41
de
2020, deberán
allegar
la
siguiente información, en relación con
el
sujeto de retención:
Columna INFORMACION SOLICITADA
PLATAFORMA DONDE SE ENCUENTRA REGISTRADO O
1 PUBLICADO
EL
ACTO/DOCUMENTO (CONTRA TO,
ORDENES
DE
TRABAJO O SERVICIO, ADICIONES A
LOS
MISMOS, PEDIDOS, FACTURAS. (SECOP, TVEC))
NUMERO
DE
CONTRATOS, ORDENES
DE
TRABAJO O
2 SERVICIO, ADICIONES A
LOS
MISMOS, PEDIDOS,
FACTURAS.
3 VALOR DEL CONTRATO (ANTES
DE
IMPUESTOS)
4 OBJETO DEL CONTRATO
5 FECHA
DE
INICIO DEL ACTO/DOCUMENTO
6 FECHA FINAL DEL ACTO/DOCUMENTO
Este
documento
está
firmado
digitalmente,
a
nombre
del
Servidor
Público
de
la
Gobernación
de
Antioquia,
de
conformidad
con
tas
exigencias
establecidas
en
la
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DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
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ll
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lllll
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llll
l
lllll
lll
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ll~I
II
II
III
I
2 O 2 4 O 6 O O O 1 7 9 6
(26/01/2024)
TIPO DEL CODIGO DEL ACTO/DOCUMENTO -
CONTRATOS: "AD4", -ORDEN
DE
COMPRA: "AD8"
TIPO IDENTIFICACIÓN
NUMERO IDENTIFICACIÓN
NOMBRE RAZÓN SOCIAL
CORREO ELECTRÓNICO
TELÉFONO/CELULAR
DIRECCIÓN
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO
NUMERO
DE
LA CUENTA U ORDEN
DE
PAGO
FECHA
DE
LA CUENTA U ORDEN
DE
PAGO
VALOR
DE
CUENTA U ORDEN
DE
PAGO
CONCEPTO
DE
LA CUENTA U ORDEN
DE
PAGO
FECHA
DE
PAGO
DE
ESTAMPILLA AL DEPARTAMENTO DE
ANTIOQUIA
VALOR PAGADO POR ESTAMPILLA AL DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
CÓDIGO ÚNICO DEL PAGO
NOMBRE
DE
LA ESTAMPILLA
PORCENTAJE
DE
LA ESTAMPILLA
CÓDIGO UNICO
DE
LA LIQUIDACIÓN
DE
LA ESTAMPILLA
ANULACIÓN
DE
LIQUIDACIÓN Y PAGO
DE
ESTAMPILLA
(SI/NO)
CODIGO CUENTA CONTABLE
NOMBRE CUENTA CONTABLE
SALDO ANTERIOR
VALOR DÉBITO
VALOR CREDITO
SALDO ACTUAL
ARTICULO 2. Adoptar para toda
la
resolución No. 2022060377798 del
28
de
diciembre de 2022,
el
siguiente
ANEXO
TÉCNICO
PARA
SUMINISTRAR
INFORMACIÓN TRIBUTARIA A
LA
SUBSECRETARIA
DE
INGRESOS
DEL
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
POR
EL
AÑO
GRAVABLE 2023.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1. Tipo
de
archivo para presentar la información.
Archivo plano tipo TXT delimitado por barra vertical ( 1
).
Este
documento
está
firmado
digitalmente
, a
nombre
del
Servidor
Público
de
la
Gobernación
de
Antioquia,
de
conformidad
con
las
exigencias
establecidas
en
la
ley
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1999
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DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
1111:11111~
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!
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1
11111
1
w 2 O 2 4 O 6 O O O 1 7 9 6 w
(26/01/2024)
2.
Estandar
de
nombre de arhivos
El
nombre de cada uno de los archivos, debe especificarse guardando
la
siguiente
estructura: nombreentidadquereporta_numeroarticulo_vigencia {ejemplo:
gobantioquia_articulo1_2023.txt)
3.
Tipos de documento:
CC: Cédula de ciudadanía.
CE: Cédula de extranjería.
NIT: Número de Identificación Tributaria.
RUT: Registro Único Tributario
NUIP: Número Único de Identificación Personal
TI: Tarjeta de Identidad
TE: Tarjeta de extranjería
NITE: Número de NIT Extranjero
PAS: Pasaporte
PEP: Permiso Especial de Permanencia
PPT: Permiso por Protección Temporal
RC: Registro civil
DIE: documento de Identificación extranjero
OTRO: Documentos válidos diferentes a los anteriores
4.
Nombres:
Para las personas jurídicas ingresar el nombre completo
en
una columna llamada
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL, para personas naturales separar
en
columnas
PRIMER NOMBRE, SEGUNDO NOMBRE, PRIMER APELLIDO, SEGUNDO
APELLIDO.
5.
Formato de fechas:
Los campos de tipo fecha deberán cumplir con
la
estructura AAAAMMDD (año,
mes, día).
Ejemplo: para
la
fecha 15 de abril de 2023
la
estructura es 20230415
6.
Códigos
de
departamentos y municipios
Codificación según DANE del departamento o municipio, no debe estar separado
por puntos, guiones o comas
Ejemplo departamento: 05 (Antioquia)
Este
documento
está
firmado
digitalmente,
a
nombre
del
Servidor
Público
de
la
Gobernación
de
Antioquia,
de
conformidad
con
las
exigencias
establecidas
en
la
ley
527
de
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DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
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II
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I
IIII
IIII
I
IIII
II
I
II
II
II
I
IIIII
II
II
IIII
IIII
2 O 2 4 O 6 O O O 1 7 9 6
(26/01/2024)
Ejemplo municipio:
05001
(Medellín), 05615 (Rionegro)
7.
Estructura de dirección
Las
direcciones
no
deben contener puntos, guiones, comas
ni
otros caracteres
especiales, separar cada elemento
con
un
(1) espacio. Solo alfanuméricas.
Utilizar abreviaturas
para
los nombres de vías (ejemplo calle = CL).
Si
no
aplica una dirección estándar, ingresar
la
dirección descriptiva {ejemplo
KM
8
vía
Medellín-Bogotá).
Convenciones:
Elemento Abreviatura
Calle
CL
Carrera
CR
Diagonal
DG
Transversal TV
Avenida AV
Local
LC
Oficina
OF
Apartamento
AP
Edificio
ED
Bloque
BL
Circular CIR
Ejemplos:
Calle 44
52
-165 =
Cra. 45
#71
Sur-24 =
Tv.
74
#39b-101 =
CL
44
52
165
OF
112
CR
45
71
SUR
24
TV
74
39 B
101
8.
Números
de
teléfono fijo y celular
Campo de tipo númerico
de
10
dígitos. Los números de teléfono fijo deben incluir
el
prefijo correspondiente:
Región Prefijo teléfono fijo
Cundinamarca -Bogotá
601
Cauca -Nariño -Valle 602
Antioquia -Córdoba -Chocó 604
Atlántico -Bolívar -César 605
Guajira -
MaQdalena
-Sucre 605
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tas
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1999.
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13
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
1111:111
1
11
llll
lllll
llll
l
lllll
ll
~l
lllll
llll
llll
l
lllll
lll
ll
ll~I
II
II
III
I
2 O 2 4 O 6 O O O 1 7 9 6
(26/01/2024)
Caldas -Quindío -Risaralda 606
Arauca -Santander -Norte
de
Santander 607
Amazonas -Bovacá -Casanare 608
CaQuetá
-Guainía -Guaviare 608
Huila -Meta -Tolima -Putumavo 608
San
Andrés -Vaupés -Vichada 608
Ejemplo teléfono fijo: 6044099000
9.
Tipos de campo:
Los
campos deben ser
de
uno
de
los siguientes tres tipos:
Numérico
(N):
solo contiene dígitos del O - 9
Alfanumérico (AN): contiene dígitos del O - 9 o letras
de
la
a
-z.
Alfabético
(A):
solo contiene letras
de
la
a - z
Fecha
(F):
fecha
en
formato indicado
en
el
númeral
5.
9.1.
Todos los campos numéricos
como
teléfonos y valores, entre otros, deben ir
sin
separador de miles.
En
caso
de
un
valór númerico tener decimales debe
usarse
la
coma
(,).
9.2.
Los
porcentajes
se
deben escribir
en
formato decimal usando como
separador
la
coma(.).
Por ejemplo:
100% = 1
30,87% = 0,3087
5%
= 0,05
CONVENCIONES
POR
ARTICULO
DISEÑO
DE
REGISTRO PARA LA INFORMACIÓN
DE
QUE TRATA
EL
ARTICULO
1.
INFORMACIÓN QUE DEBEN REPORTAR LOS AGENTES
DE
RETENCIÓN
DESIGNADOS A TRAVÉS
DE
LA ORDENANZA
041
DE
2020.
Los
agentes
de
retención designados
en
la
Ordenanza
41
de
2020, deberán allegar
la
siguiente
información,
en
relación
con
el
sujeto
de
retención,
de
la
siguiente manera:
CAMPO TIPO LONGITUD DESCRIPCIÓN
plataforma N 2 Plataforma donde se encuentra registrado el
acto/documento (contraos, ordenes de compra,
trabajo o servicio, adiciones, pedidos, facturas):
SECOP
1 = 1
SECOP
11
= 2
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can
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establecidas
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la
ley
527
de
1999
.
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14
numero_ contrato
AN
valor contrato N
objeto_contrato
AN
fecha_inicio F
fecha_fin F
tipo_codigo_acto AN
tipo identificacion A
numero _identifica
AN
cion
razon social A
nombre_1 A
nombre 2 A
apellido_1 A
apellido 2 A
correo_electronic
AN
o
telefono _fijo N
telefono celular N
direccion
AN
codigo_depto N
codigo_municipio N
numero cuenta N
fecha_cuenta F
valor_cuenta N
concepto cuenta
AN
fecha_pago_esta F
mpilla
valor_pagado_est
AN
ampilla
codigo_unico_pa
AN
ªº
nombre_estampill N
a
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
1111:111111
IIII
IIIII
IIIII
II
II
I
IIII
IIII
I
IIII
II
I
II
II
II
I
IIIII
II
II
IIII
IIII
2 O 2 4 O 6 O O O 1 7 9 6
(26/01/2024)
TVEC=3
Número de contratos, ordenes de trabajo o servicio,
20 adiciones a los mismos, pedidos, facturas.
14 Valor del contrato (antes
de
impuestos)
60 Objeto del contrato
20 Fecha de inicio del acto/documento (AAAA-MM-DD
HH:mm:ss)
20 Fecha final del acto/documento(AAAA-MM-DD
HH:mm:ss)
Tipo del código del Acto/Documento. Debe estar
3 dentro de los valores {"ADl,"ADS"}:
-Contratos: "AD4"
Orden
de
compra: "ADS"
4 Tipo identificación, según especificación técnica 3.
13 Número identificación
60 Nombre o razón social, solo personas jurídicas
20 Primer nombre, personas naturales
20 Segundo nombre, personas naturales
20 Primer apellido, personas naturales
20 Seaundo apellido, personas naturales
40 Correo electrónico
10 Teléfono fijo
10 Teléfono celular
60 Dirección
2 Código DANE del departamento
5 Código DANE del municipio
20 Número de la cuenta u orden
de
pago
20 Fecha de la cuenta u orden de pago (AAAA-MM-DD
HH:mm:ss)
14
Valor de cuenta u orden de pago
60 Concepto
de
la cuenta u orden
de
pago
20 Fecha de pago de estampill al Departamento de
AntiOQuia
14 Valor pagado por estampílla
ar
Departamento
de
Anlioauia
14 Código único del pago
Nombre de la estampilla:
1.
Estampilla pro-desarrollo
2.
Estampilla universidad
de
antioquia
1
3.
Estampilla pro hospitales públicos
4. Estampilla politécnico colombiano jaime isaza
cadavid
5.
Estampilla para el bienestar del adulto mavor
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1999.
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15
porcentaje_estapi N
lla
codigo _ unico _liqu
AN
idacion
anulacion_liquida N
cion
codigo_cuenta_c
AN
entable
nombre_cuenta_c
AN
ontable
saldo anterior N
salor debito N
salor credito N
saldo_actual N
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
1111:111
1
1~
ll~l
lllll
lllll
lll
ll
ll~l
lllll
ll~l
lllll
ll
ll
l
lllll
ll
~I
IIII
IIII
Z O Z 4 O 6 O O O 1 7 9 6
(26/01/2024)
6.
Estampilla pro desarrollo de
la
institución
universitaria de envigado
7. Estampilla
iu
digital
10 Porcentaje de
la
estampilla
14 Código único de liquidación de estampilla
Marcación de liquidación y pago anulados:
Anulado=
O
lnoresado = 1
20 Codigo cuenta contable
30 Nombre cuenta contable
14 Saldo anterior
14 Valor débito
14
Valor crédito
14 Saldo actual
Así como
el
listado de los empleados de planta para ser exceptuados de
la
base
gravable
CAMPO TIPO LONGITUD DESCRIPCIÓN
numero_identificacion
AN
13 Número identificación
tipo _idenlificacion A 4 Tipo identificación, según especificación técnica
3.
nombre_1 A 20 Primer nombre, personas naturales
nombre_2 A 20 Segundo nombre, personas naturales
apellido_1 A 20 Primer apellido, personas naturales
apellido_2 A 20 Segundo apellido, personas naturales
DISEfilO DE REGISTRO PARA LA INFORMACIÓN DE QUE TRATA EL ARTICULO
2.
INFORMACIÓN A SUMINISTRAR POR LA REGISTRADURIA NACIONAL DEL
ESTADO CIVIL.
La
Registraduria Nacional del Estado Civil, deberá suministrar,
según
lo
dispuesto
en
el
articulo 627 del Estatuto Tributario,
la
siguiente información
de las cédulas de ciudadanía correspondientes a personas fallecidas durante
el
año
inmediatamente anterior:
CAMPO TIPO LONGITUD DESCRIPCIÓN
tipo_identificacion A 4 Tipo identificación, según especificación técnica
3.
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la
ley
527
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1999
.
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numero _identificacion
AN
nombre_ 1 A
nombre_2 A
apellido_1 A
apellido_2 A
fecha_defuncion F
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
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No.
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IIII
IIIII
IIIII
II
II
I
IIII
IIIII
IIII
II
I
II
II
II
I
IIIII
II
II
IIII
IIII
2 O 2 4 O 6 O O O 1 7 9 6
(26/01/2024)
13 Número identificación
20 Primer nombre de la persona fallecida
20 Segundo nombre de la persona fallecida
20 Primer apellido de la persona fallecida
20 Segundo apellido
de
la persona fallecida
8 Fecha de acta de defunción, en formato, año, mes,
dia (AAAAMMDD)
DISEÑO DE REGISTRO PARA LA INFORMACIÓN DE QUE TRATA EL ARTICULO
3.
INFORMACIÓN EXÓGENA QUE DEBEN REPORTAR LOS PRODUCTORES E
INTRODUCTORES, DE ALCOHOL POTABLE Y DE ALCOHOL NO POTABLE
EN
EL DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA.
Los
productores e introductores de alcohol
potable y/o no potable
en
el
Departamento
de
Antioquia deberán suministrar
la
siguiente información:
CAMPO TIPO LONGITUD DESCRIPCIÓN
tipo_identificacion A 4 Tipo identificación, según especificación técnica
3.
numero _identificacion
AN
13 Número identificación
razon_social A 60 Nombre o razón social, solo personas jurídicas
nombre_ 1 A 20 Primer nombre, personas naturales
nombre_2 A 20 Segundo nombre, personas naturales
apellido_1 A 20 Primer apellido, personas naturales
apellido_2 A 20 Segundo apellido, personas naturales
correo_ electronico
AN
40 Correo electrónico
telefono_fijo N 10 Teléfono fijo
telefono_celular N 10 Teléfono celular
direccion
AN
60 Dirección
codigo_depto N 2 Código DANE del departamento
codigo_municipio N 5 Código DANE del municipio
tipo_alcohol A 20 Tipo de alcohol vendido o distribuido
fecha_venta F 8 Fecha de venta (AAAAMMDD)
fecha_distribucion F 8 Fecha de distribucion (AAAAMMDD)
numero_factura
AN
20 Numero de factura
valor_venta N
14
Valor venta
litros_ vendidos N
10
Litros vendidos
codigo_ciiu_actividad
AN
6 Código CIIU de actividad del comprador -distribiudor
-comercilizador
descripcion_ actividad A
30
Descripción actividad del comprador -distribiudor -
comercilizador
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DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
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IIII
IIIII
IIIII
II
II
I
IIII
IIIII
IIII
II
I
II
II
II
I
IIIII
II
II
IIII
IIII
2 O 2 4 O 6 O O O 1 7 9 6
(26/01/2024)
DISEÑO
DE
REGISTRO PARA LA INFORMACIÓN DE QUE TRATA EL ARTICULO
4. INFORMACIÓN
DE
LOS CONTRATOS DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL.
Las personas o entidades que celebren contratos
de
colaboración tales como
consorcios o uniones temporales, contratos de mandato o administración delegada,
joint venture , cuentas
en
participación y convenios de cooperación
con
entidades
públicas, deberán informar:
CAMPO TIPO LONGITUD DESCRIPCIÓN
Tipo de contrato:
1.
Consorcio
2. Unión temporal
N 1 3. Contrato de mandato
tipo_contrato
4.
Administración delegada
5. Joint Venture
6.
Cuentas
en
participación
7.
Convenios de cooperación
8. Otros
tipo_identificacion A 4 Tipo identificación, según especificación técnica
3.
numero _identificacion
AN
13 Número identificación
razon social A 60 Nombre o razón social, solo personas jurídicas
nombre_1 A 20 Primer nombre, personas naturales
nombre_2 A 20 Segundo nombre, personas naturales
apellido_1 A 20 Primer apellido, personas naturales
apellido_2 A 20 Segundo apellido, personas naturales
correo electronico
AN
40 Correo electrónico
direccion
AN
60 Dirección notificación
codigo depto N 2 Código DANE del departamento
codigo municipio N 5 Código DANE del municipio
numero contrato
AN
20 Número del contrato
objeto contrato
AN
60 Objeto de contrato
valor total contrato N 14 Valor total del contrato
municipio_contrato N 5 Código DANE municipio donde se ejecutiva el
contrato
DISEÑO
DE
REGISTRO PARA LA INFORMACIÓN DE QUE TRATA EL ARTICULO
5.
INFORMACIÓN DE LAS CAMARAS DE COMERCIO.
Las
Cámaras
de
Comercio
que tienen domicilio
en
el
departamento
de
Antioquia, deberán aportar
la
información
contenida
en
la
inscripción de documentos que contengan actos, providencias,
contratos o negocios jurídicos,
en
los
cuales sean parte o beneficiarios los
particulares y que, de conformidad
con
las disposiciones legales, deben registrarse
en
las
en
las
Cámaras
de
Comercio, de
la
siguiente manera:
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CAMPO
TIPO
numero recibo N
fecha venta F
matricula_inmobili
AN
aria
tipo _identificacion A
numero _identifica
AN
cion
razon_social A
nombre 1 A
nombre 2 A
apellido 1 A
apellido 2 A
N
tipo_servicio_regi
stral
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
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1
11
1
11
1
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!1 lllll
llll
1111
1
11111111
1
111!11
1
11111
1
Z O 2 4 O 6 O O O 1 7 9 6
{26/01/2024)
LONGITUD
DESCRIPCION
20 No. De recibo
8 Fecha de venta
(AAAAMMDDl
10 Número de matricula inmobiliaria
4 Tipo identificación, según especificación técnica
3.
13 Número identificación
60 Nombre o razón social, solo personas jurídicas
20 Primer nombre, personas naturales
20 Seaundo nombre, personas naturales
20 Primer apellido, personas naturales
20 Segundo apellido, personas naturales
Tipo de servicio registra!
1. Aclaraciones entidades sin animo de lucro
2. Aclaraciones sociedad civil
3.
Aclaraciones sociedad comercial
4. Adiciones sociedad comercial
5.
Adjudicacion cuotas sociales
6. Adjudicacion establecimiento
7.
Agencia comercial cancetacion
8.
Agencia comercial constitucion
4 9. Apertura agencia o sucursal
10. Aumento capital con prima
en
colocación de
acciones
11. Autorizacion a menores de edad
12. Cancelacion contrato de arrendamiento
establecimiento
13. Cancelacion empresa unipersonal por
cambio de domicilio
14. Cancelacion esal por cambio de domicilio
15. Cancelacion persona jurídica por cambio de
domicilio
16. Certificacion capital suscrito y pagado
17. Cesion contrato de compraventa
18. Cierre agencia o sucursal
19. Constitución economía solidaria
20. Constitución entidad sin animo de lucro
21. Constitucion s.a.s. virtual
22. Constitucion sociedad comercial
23. Constitucion sociedad comercial por cambio
de domicilio
24. Contrato de arrendamiento establecimiento
25. Contrato de comodato establecimiento
26. Contrato de compraventa
27. Contratos de preposicion
28. Conversion de establecimiento a sucursal
29. Designacion s.a.s. virtual
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DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
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IIII
IIIII
II
II
I
II
I
II II
II
IIII
I
IIII
IIII
I
IIIII
III
II
IIII
II
II
III
I
Z O Z 4 O 6 O O O 1 7 9 6
(26/01/2024)
30. Designacion y remocion representantes
legales y revisores
31
. Designacion, remocion, para constituciones
32. Designacion, remocion, revocacion
administrador agencia o
33. Designacion, remocion, revocacion
administradores soc. C
34. Designacion, remocion , revocacion de
administradores de s
35. Designacion, remocion, revocacion
economia solidaria
36. Designacion, remocion , revocacion esal
37. Disolucion empresa unipersonal
38. Disolucion entidades sin animo de lucro
39. Disolucion sociedad comercial
40. Donacion establecimiento
41. Escision
42. Fusion
43. Fusion traspaso establecimiento
44. Habilitacion transporte terrestre de carga
(9o.)
45. lnscripcion vinculacion situacion de control o
grupo empr
46. lnteres mora documentos liquidados
47. Liquidacion empresa unipersonal
48. Liquidacion entidades sin animo de lucro
49. Liquidacion sociedad comercial
50. Matriz y subordinadas_grupo
empresarial_configuracion
51. Matriz y subordinadas_grupo
empresarial_modificacion
52. Matriz y subordinadas_situacion de
control_ configuracion
53. Matriz y subordinadas_situacion de
control_ modificacion
54. Matriz y subordinadas_situacion de
control_aclaracion
55. Matriz y subordinadas_situacion de
control_cancelacion
56. Nombramiento liquidador esal
57. Pagina web y sitios en interne! persona
juridica
58. Poder modificacion
59. Poder otorgamiento
60. Poder otorgamiento entidades sin animo de
lucro
61. Poder revocatoria
62. Prenda modificacion
63. Profesional adscrito a
la
sociedad comercial
64. Reactivacion empresa asociativa de trabajo
65. Reactivacion entidades sin animo de lucro
66. Reactivacion persona iuridica
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20
N
clasificacion_imp
uesto
numero actos N
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GOBERNACION
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IIII
IIIII
IIIII
II
II
I
IIII
IIII
I
IIII
II
I
II
II
II
I
IIIII
II
II
IIII
IIII
2 O 2 4 O 6 O O O 1 7 9 6
(26/01/2024)
67. Reactivacion sociedad civil
68. Reforma capital entidad sin animo de lucro
69. Reforma capital sociedad comercial
70. Reformas economía solidaria
71. Reformas empresa asociativa de trabajo
72. Reformas entidades sin animo de lucro
73. Reformas sociedad civil
74. Reformas sociedad comercial
75. Revocatoria de registro entidades sin animo
de lucro
76. Rue apertura sucursal (ppal fuera)
77. Rue cancelacion persona juridica por cambio
de domicilio
78. Rue certificacion capital suscrito y pagado
79. Rue cierre agencia (jurisdiccion)
80. Rue cierre sucursal (jurisdiccion)
81
. Rue constitucion sociedad comercial
82. Rue conslitucion sociedad comercial por
cambio de domicil
83. Rue contrato de compraventa
84. Rue designacion y remocion representantes
legales y revis
85. Rue designacion, remocion, revocacion de
administradores
86. Rue disolucion esal
87. Rue disolucion sociedad comercial
88. Rue liquidacion esal
89. Rue liquidacion sociedad comercial
90. Rue matriculas comerciante
91. Rue matriz y subordinadas_situacion de
control_configura
92. Rue nombramiento administrador agencia o
establecimiento
93. Rue nombramientos esal
94. Rue reformas empresa asociativa de trabajo
95. Rue reformas sociedad civil
96. Rue reformas sociedad comercial
97. Situacion control accionista unico
constitucion sas
98. Sucursal sociedad extranjera_apertura
99. Sucursal sociedad extranjera_designacion y
remocion
100. Sucursal_reforrnas -sociedad
101
. Transformacion
102. Transformacion sociedad civil
Clasificacón del impuesto
1.
Impuesto de registro con cuantía
2.
Impuesto de Estampilla Con cuantía
1
3.
Impuesto sin cuantia
4.
Impuesto de registro con cuantía con
orima en colocacion de acciones
6 Número de actos reQistrados
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21
tarifa N
base actos
base estampilla N
valor impuesto N
valor estampillas N
valor intereses N
valor total N
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GOBERNACION
RESOLUCION
No.
l
lll'.111
1
11
llll
lllll
llll
l ll
ll
l
llil
lllll
llll
lllll
ll
lll
lll
ll
llil
11
11111
1
* 2 O 2 4 O 6 O O O 1 7 9 6 *
(26/01/2024)
Tarifa
14
Base actos con cuantia (incluye
la
base de los
excedentes y los intereses de mora)
14
Base estamoilla actos con cuantía v sin cuantía
14
Valor del impuesto
14
Valor estampilla
14
Valor intereses
14
Valor total
DISEF;iO
DE REGISTRO PARA LA INFORMACIÓN DE QUE TRATA EL ARTICULO
6. INFORMACIÓN QUE DEBE SUMINISTRAR
LA
SOCIEDAD DE ACTIVOS
ESPECIALES SAS -SAE O LA ENTIDAD QUE HAGA SUS VECES.
La
Sociedad
de Activos Especiales SAS -SAE o
la
entidad que haga sus veces, informará los
vehículos matriculados
en
los municipios
del
departamento
de
Antioquia, que les
fueron asignados
en
virtud de
un
proceso de extinción de dominio, así
su
tenencia
se
encuentre
en
poder de
un
tercero
en
virtud de
un
depósito provisional o de cualquier
otro tipo de contrato, aportando
la
siguiente información:
CAMPO TIPO LONGITUD DESCRIPCIÓN
placa vehiculo
AN
10 Placa del vehículo
fecha _inicio _pro ce F 8 Fecha de inicio del proceso de extinción de dominio
so (AAAAMMDD)
fecha_incautacion F 8 Fecha de incautación del bien (AAAAMMDD)
estado_proceso
AN
20 Estado del proceso. Anexar diccionario con los
cosibles estados y su descripción
fecha_ terminacion F 8 Fecha de terminación del proceso de extinción de
oroceso dominio (AAAAMMDDl
vehiculo _improduc Vehículo improductivo:
A 2
Si
tivo No
fecha_ enajenacion F 8 Fecha de enajenación temprana del bien
temprana (AAAAMMDD)
fecha devolucion F 8 Fecha de devolución del bien (AAAAMMDDl
fecha_ adjudicacio F 8
n Fecha de adjudicación del bien (AAAAMMDD)
DISEÑO DE REGISTRO PARA LA INFORMACIÓN DE QUE TRATA EL ARTICULO
7.
Información que debe
suministrar
la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales y demás autoridades públicas.
La
Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales y demás autoridades públicas, deberán remitir
la
información
correspondiente a los vehículos matriculados
en
la
jurisdicción del departamento de
Antioquia, que fueron decomisados o incautados, incluyendo
la
siguiente información:
Este
documento
está
firmado
digitalmente,
a
nombre
del
Servidor
Público
de
la
Gobernación
de
Antioquia,
de
conformidad
con
las
exigencias
establecidas
en
la
1999.
Página
14
de
17
22
CAMPO
TIPO
placa_vehiculo
AN
novedad_vehiculo
AN
fecha_registro_no
F
vedad
numero_acto_adm
AN
inistrativo
fecha_adjudicacio F
n
tipo _identificacion A
numero_identificac
AN
ion
razon_social A
nombre_1 A
nombre_2 A
apellido_1 A
apellido_2 A
DEPARTAMENTO
DE
ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
1111:11111~
1111
lllll
llll
l ll
ll
l
ll
il
llll
l
llil
lllll
llll
l
lll
ll
ll
il
1111111
1
* Z O Z 4 O 6 O O O 1 7 9 6 *
(26/01/2024)
LONGITUD DESCRIPCIÓN
10
Placa
del vehículo
Novedad
del vehículo.
Anexar
diccionario con las
20
posibles
novedades
y
su
descripción
8 Fecha registro novedad en RUNT (AAAAMMDD)
20 Número acto administrativo de adjudicación del
vehlculo
8 Fecha adjudicación (AAAAMMDD)
4 Tipo identificación del adjudicatario, según
especificación técnica
3.
13 Número identificación
60 Nombre o razón social, solo personas jurldicas
20 Primer nombre, personas naturales
20 Segundo nombre, personas naturales
20 Primer apellido, personas naturales
20 Segundo apellido, personas naturales
DISEÑO
DE
REGISTRO PARA LA INFORMACIÓN DE QUE TRATA EL ARTICULO
8. Información que deben suministrar las Sociedades Fiduciarias respecto de
los vehículos matriculados en los municipios del departamento de Antioquia.
Las sociedades fiduciarias deberán remitir
la
información de
los
fideicomitentes y/o
beneficiarios de los vehículos matriculados
en
esta jurisdicción sobre los cuales se
hayan constituido patrimonios autónomos que se encuentren vigentes en cada
vigencia fiscal.
Parágrafo 1. Cuando
un
vehículo tenga más de un fideicomitente y/o beneficiario, se
deben reportar los datos solicitados
en
registros independientes por cada uno de los
beneficiarios y/o fideicomitentes
CAMPO
TIPO LONGITUD DESCRIPCIÓN
placa_vehiculo
AN
10 Placa del vehfculo de fideicomitente y/o beneficiario
tipo _identificacion A 4 Tipo identificación de fideicomitente y/o beneficiario,
según especificación técnica
3.
numero_identificac
AN
13
ion Número identificación de fideicomitente
y/o
beneficiario
Este
documento
está
firmado
digitalmente,
a
nombre
del
Servidor
Público
de
la
Gobernación
de
Antioquia,
de
conformidad
con
las
exigencias
establecidas
en
la
1999.
Página
15
de
17
23
razon_social A
nombre_1 A
nombre_2 A
apellido_1 A
apemdo_2 A
calidad_responsab A
le
porcentaje _res
pon
N
sabilidad
año _información N
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
1111:111111
IIII
IIIII
IIIII
II
II
I
IIII
IIIII
IIII
II
I
II
II
II
I
IIIII
II
II
IIII
IIII
2 O 2 4 O 6 O O O 1 7 9 6
(26/01/2024)
60
Nombre o razón social de fideicomitente y/o
beneficiario, solo personas jurídicas
20
Primer nombre de fideicomitente y/o beneficiario,
personas naturales
20
Segundo nombre de fideicomitente y/o beneficiario,
personas naturales
20
Primer apellido de fideicomitente y/o beneficiario,
personas naturales
20
Segundo apellido de fideicomitente y/o beneficiario,
personas naturales
20
Calidad del responsable (fideicomitente y/o
beneficiario)
10 Porcentaje de responsabilidad
(en
formato decimal,
seoarador decimal coma(,))
4 Año para el cual aplica
la
información. (AAAA)
ARTICULO
3.
Los demás artículos de la Resolución No. No. 2022060377798 del 28
de diciembre de 2022, no sufren modificación alguna.
ARTICULO
4.
La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Medellín,
el
26/01/2024
Este
documento
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digitalmente,
a
nombre
del
Servidor
Público
de
la
Gobernación
de
Antioquia,
de
conformidad
con
tas
exigencias
establecidas
en
la
1999.
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24
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
GOBERNACION
RESOLUCION
No.
1111:111111
1111111111111111
11
11111111111111111111
1
11
1
1111111
!
111111111
2 O 2 4 O 6 O O O 1 7 9 6
(26/01/2024)
IVAN FELIPE VELASQUEZ BETANCUR
SUBSECRETARIO DE DESPACHO
Este
documento
está
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a
nombre
del
Servidor
Público
de
la
Gobernación
de
Antioquia,
de
conformidad
con
tas
exigencias
establecidas
en
la
1999.
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25
La presente edición de la Gaceta Departamental
fue digitalizada e impresa en la Dirección de Gestión Documental,
en el mes de enero del año 2024.
Calle 42 B N° 52 - 106 Sótano Interno Ocina 005
(60+4) 383 55 00 - Extensión 4614 - 4602
Medellín - Antioquia - Colombia
www.antioquia.gov.co
gacetad@antioquia.gov.co
Elaborada por:
Claudia Liliana Gallo Mejia
Auxiliar Administrativa
“Cada hoja de papel es un árbol...
PROTEJAMOS la naturaleza
y racionalicemos su uso”.
GOBERNACIÓN
DE
ANTIOQUIA
República de Colombia

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