Gaceta N° 14845 de Cundinamarca, 13-09-2007 - 13 de Septiembre de 2007 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 870698910

Gaceta N° 14845 de Cundinamarca, 13-09-2007

Fecha13 Septiembre 2007
Fecha de publicación13 Septiembre 2007
Año2007
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETOS
DECRETO NÚMERO 00164 DE 2007
(agosto 31)
por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto General
del Departamento para la vigencia scal de 2007.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de la facultad que le conere el artículo 30 de la
Ordenanza número 030 de 2006 y del Decreto número 00286
del 19 de diciembre de 2006 y el parágrafo del artículo 87 de la
Ordenanza 45 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 30 de la Ordenanza número 030 de 2006 y
del Decreto 00286 del 19 de diciembre de 2006 dispone que
“las modicaciones al anexo del decreto de liquidación que no
modiquen en cada sección presupuestal el monto total de la
apropiación correspondiente a:
1. Gastos de funcionamiento.
2. Servicio de la Deuda, y
3. Gastos de Inversión (programas) aprobados por la Asamblea,
se harán mediante decreto expedido por el Gobernador, y por re-
solución expedida por el Presidente de la Asamblea y el Contralor
quienes responderán por la legalidad de estos actos...”;
Que el parágrafo del artículo 87 de la Ordenanza 45 de 1996
establece que las modicaciones al anexo del decreto de liquida-
ción que no modiquen en cada sección presupuestal el monto
total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio a la deuda
e inversión aprobados por la Asamblea Departamental, se harán
mediante decreto expedido por el Gobernador. En el caso de
los establecimientos públicos, estas modicaciones al anexo del
decreto de liquidación se harán por decreto del Gobernador;
Que mediante ocio del 8 de agosto de 2007, radicado con el
número 2007011151 del 8 agosto de 2007, suscrito por el Secre-
tario de Cultura, Turismo y Deporte, solicita se efectúe traslado
presupuestal;
Que se hace necesario contracréditar recursos por valor de
$5.200.000, apropiados en la Sección 0901 Secretaría de Cultura,
Turismo y Deporte, Programa-Cultura, Turismo, Deporte, Recrea-
ción y Aprovechamiento del Tiempo Libre-Subprograma-Desa-
rrollo del sistema de valores y expresiones artísticas y culturales
para potenciar la identidad de los Cundinamarqueses-Proyecto
“Apoyo a la realización de las actividades artísticas y culturales
de la población de artistas discapacitados del Departamento de
Cundinamarca”, por cuanto son sucientes para dar cumplimiento
al plan de acción en desarrollo de este proyecto,
Que se requiere acreditar recursos por valor de $5.200.000, en
la Sección 0901 Secretaría de Cultura, Turismo y Deporte, Gastos
de Inversión- Programa-Cultura, Turismo, Deporte, Recreación
y Aprovechamiento del Tiempo Libre-Subprograma-Desarrollo
del sistema de valores y expresiones artísticas y culturales
para potenciar la identidad de los Cundinamarqueses-Proyecto
“Fortalecimiento del Plan departamental de Bibliotecas públicas
municipales del Departamento de Cundinamarca”. Con el n de
dar continuidad a las actividades que se vienen realizando con
las bibliotecas públicas municipales en el Departamento y la
operatividad de las mismas a través de seguimiento, capacitación,
estadísticas e inventario;
Que el Director (C.) de Finanzas Públicas de la Secretaría de
Planeación, certicó la Inscripción en el Banco Departamental de
Programas y Proyectos así:
DAPC Certicado Fecha Proyecto
261870/06 0640 04/07/07
Proyecto- Fortalecimiento
del plan departamental de
bibliotecas públicas muni-
cipales del Departamento
de Cundinamarca.
Que la Secretaria de Planeación, expidió el 3 de agosto de 2007,
Concepto Favorable número 096, para efectuar el contracrédito
que trata el presente decreto;
Que el Director de Presupuesto, emitió concepto favorable el
9 de agosto de 2007, en los términos del parágrafo inciso 2° del
artículo 87 de la Ordenanza 45 de 1996;
Que el Director de Presupuesto, expidió el Certicado de Dis-
ponibilidad número 57727 del 1° de agosto de 2007, por valor
de $5.200.000;
Que en virtud de lo anterior,
DECRETA:
Artículo primero. Contracredítese y trasládese la suma de cin-
co millones doscientos mil pesos ($5.200.000) moneda corriente,
con base en el Certicado de Disponibilidad número 57727 del
de agosto de 2007, expedido por el Director de Presupuesto, en
el Presupuesto de Gastos de Inversión de la actual vigencia, de
la Secretaría de Cultura, Turismo y Deporte, así:
CONTRACRÉDITO
SECCIÓN 0901
SECRETARÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE
3. GASTOS DE INVERSIÓN
01 DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL
09 PROGRAMA-CULTURA, TURISMO, DEPOR-
TE, RECREACIÓN Y APROVECHAMIENTO
DEL TIEMPO LIBRE 5.200.000
02 SUBPROGRAMA-Desarrollo del sistema
de valores y expresione s art ísticas y c ul-
turales para potenciar la identidad de los
cundinamarqueses. 5.200.000
Número 14.845 - Bogotá, D.C., jueves 13 de septiembre de 2007 - AÑO CXII
ÓRGANO OFICIAL DEL DEPARTAMENTO
ISSN 0122 - 7777
Editor: Imprenta nacIonal De colombIa
www.imprenta.gov.co
2GACETA DE CUNDINAMARCA No. 14.845
012 Proyecto-Apoyo a la realización de activi-
dades artísticas y culturales de la población
de artistas discapacitados Departamento de
Cundinamarca. (CT) 5.200.000
TOTAL GASTOS DE INVERSIÓN 5.200.000
TOTAL SECRETARÍA DE CULTURA, TURISMO
Y DEPORTE 5.200.000
TOTAL CONTRACRÉDITOS 5.200.000
Artículo segundo. Acredítese el Presupuesto de Gastos de
Inversión de la Secretaría de Cultura Turismo y Deporte, con base
en el contracrédito anterior así:
CRÉDITO
SECCIÓN 0901
SECRETARÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE
3. GASTOS DE INVERSIÓN
01 DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL
09 PROGRAMA-CULTURA, TURISMO, DEPOR-
TE, RECREACIÓN Y APROVECHAMIENTO
DEL TIEMPO LIBRE. 5.200.000
02 SUBPROGRAMA-Desarrollo del sistema
de valores y expresiones artísticas y cul-
turales para potenciar la identidad de los
cundinamarqueses. 5.200.000
013 Proyecto-Fortalecimiento del Plan Departa-
mental de Bibliotecas Públicas Municipales del
Departamento de Cundinamarca (CT) 5.200.000
TOTAL GASTOS DE INVERSIÓN 5.200.000
TOTAL SECRETARÍA DE CULTURA, TURISMO
Y DEPORTE 5.200.000
TOTAL CRÉDITOS 5.200.000
Artículo tercero. Las Direcciones de Presupuesto y Conta-
bilidad de la Secretaría de Hacienda efectuarán los registros
necesarios para el cumplimiento de lo previsto en el presente
decreto.
Artículo cuarto. Una vez expedido el presente decreto el
Ordenador del Gasto presentará a la Tesorería General del
Departamento la solicitud de modicación del Programa Anual
Mensualizado de Caja, PAC.
Artículo quinto. El presente decreto rige a partir de la fecha
de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., 31 de agosto de 2007.
PABLO ARDILA SIERRA
Gobernador
CÉSAR ALBERTO GUZMÁN CEBALLOS
Secretario de Hacienda
JORGE SANTIAGO PIÑEYRO MEDINA
Secretario de Cultura, Turismo y Deporte
ANDREA GONZÁLEZ VARELA
Secretaria de Planeación
* * *
DECRETO NÚMERO 00165 DE 2007
(agosto 31)
por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto General
del Departamento para la vigencia scal de 2007.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de la facultad que le conere el artículo 30 de la
Ordenanza número 030 de 2006 y del Decreto número 00286
del 19 de diciembre de 2006 y el parágrafo del artículo 87 de la
Ordenanza 45 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 30 de la Ordenanza número 030 de 2006 y
del Decreto 00286 del 19 de diciembre de 2006 dispone que
“las modicaciones al anexo del decreto de liquidación que no
modiquen en cada sección presupuestal el monto total de la
apropiación correspondiente a:
1. Gastos de funcionamiento.
2. Servicio de la Deuda, y
3. Gastos de Inversión (programas) aprobados por la Asamblea,
se harán mediante decreto expedido por el Gobernador, y por re-
solución expedida por el Presidente de la Asamblea y el Contralor
quienes responderán por la legalidad de estos actos...”;
Que el parágrafo del artículo 87 de la Ordenanza 45 de 1996
establece que las modicaciones al anexo del decreto de liquida-
ción que no modiquen en cada sección presupuestal el monto
total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio a la deuda
e inversión aprobados por la Asamblea Departamental, se harán
mediante decreto expedido por el Gobernador. En el caso de
los establecimientos públicos, estas modicaciones al anexo
del decreto de liquidación se harán por decreto del Gobernador;
Que mediante Ocio SOP-647 del 23 de agosto de 2007, ra-
dicado con el número 20070122119 del 23 de agosto de 2007,
suscrito por el Secretario de Obras Públicas, solicita se efectúe
traslado presupuestal;
Que se hace necesario contracréditar recursos por valor de
$1.000.000.000, apropiados en la Sección 1201 Secretaría de
Obras Públicas, Gastos de Inversión-Programa-Mejoramiento de
la Competitividad-Subprograma-Infraestructura para el Transpor-
te-Proyecto “Diagnóstico, estudios, diseños, construcción de obras
de drenaje, puentes peatonales y vehiculares urbanos de la red
terciaria y red secundaria del departamento de Cundinamarca”,
toda vez que este proyecto cuenta con los recursos sucientes
en esta vigencia para atender las necesidades de construcción
de puentes en la red terciaria y red secundaria;
Que se requiere acreditar recursos por valor de $1.000.000.000,
en la Sección 1201 Secretaría de Obras Públicas, Gastos de
Inversión-Programa-Mejoramiento de la Competitividad-Subpro-
grama- Infraestructura para el Transporte-Proyecto “Construcción
y terminación de puentes peatonales para garantizar la seguridad
vial en el Departamento de Cundinamarca”, con el n de dotar a
la red vial localizada en el Departamento de una infraestructura
adecuada de puentes peatonales para garantizar la seguridad y
desplazamiento de los transeúntes, especialmente en aquellos
municipios o sectores de la Sabana de Bogotá, en donde se han
venido localizando grandes sectores industriales y comerciales,
lo que ha originado un incremento acelerado del tránsito vehicular
y peatonal hacia la capital de la República;
Que el Director (C.) de Finanzas Públicas de la Secretaría de
Planeación, certicó la Inscripción en el Banco Departamental de
Programas y Proyectos así:
DAPC Certicado Fecha Proyecto
284110/06 0673 01/08/07
Proyecto-Construcción y
terminación de puentes
peatonal es par a garan ti-
zar la seguridad vial en el
Departamento de Cundi-
namarca.
Que la Secretaria de Planeación, expidió el 22 de agosto
de 2007, Concepto Favorable número 101, para efectuar el
contracrédito que trata el presente decreto;
Que el Director de Presupuesto, emitió concepto favorable el
23 de agosto de 2007, en los términos del parágrafo inciso 2° del
artículo 87 de la Ordenanza 45 de 1996;
Que el Director General de Presupuesto, expidió el Certicado
de Disponibilidad número 58074 del 22 de agosto de 2007, por
valor de $1.000.000.000;
Que en virtud de lo anterior,

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