Gaceta N° 14975 de Cundinamarca, 01-03-2011 - 1 de Marzo de 2011 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 870699275

Gaceta N° 14975 de Cundinamarca, 01-03-2011

Fecha de publicación01 Marzo 2011
Año2011
Fecha01 Marzo 2011
Número 14.975 - Bogotá, D. C., martes 1° de marzo de 2011 - AÑO CXV
Ó RGANO OFICIAL DEL DEPARTAM E N T O
ISSN 0122 - 7777
Editor: Imprenta nacIonal de colombIa
www.imprenta.gov.co
DESPACHO DEL GOBERNADOR
RESOLUCIONES
(mayo 10)
por la cual se organiza un Grupo Interno de Trabajo
en la Secretaría Jurídica del Departamento de Cundinamarca
y se dictan otras disposiciones.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales especial-
mente las señaladas en el artículo septuagésimo tercero del Decreto
Ordenanzal 00258 del 15 de octubre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo septuagésimo tercero del Decreto Ordenanzal 00258
del 15 de octubre de 2008, establece que con el n de atender las ne-
cesidades del servicio y cumplir con ecacia y eciencia los objetivos,
políticas y programas de las dependencias centrales, el Gobernador
podrá organizar grupos internos de trabajo con carácter permanente
o transitorio previo estudio de viabilidad y conveniencia emitido por la
dependencia encargada de la función pública departamental.
Que la referida disposición prevé, que en los actos de conformación
de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir,
las responsabilidades de quienes los integran y dirigen y los demás
aspectos necesarios para su funcionamiento.
Que el numeral 87.2 del artículo octogésimo séptimo, establece
como una de las funciones básicas de la Secretaría Jurídica la de
“Dirigir y coordinar la representación judicial, extrajudicial y prejudicial
del departamento en los procesos en que este sea parte o en aquellos
en que pueda tener interés”.
Que con ocasión del proceso de liquidación del patrimonio de la
Fundación San Juan de Dios y a efectos de acompañar la búsqueda
de información y documentación que permita ayudar en el diseño
de estrategias de defensa judicial del departamento frente a dicho
proceso, se hace necesario organizar un grupo interno de trabajo
denominado “Grupo de Recolección de Información de la Fundación
San Juan de Dios” de la Secretaría Jurídica del departamento.
Que para tal n, la Secretaría de la Función Pública ha otorgado la
viabilidad de organización e integración del grupo interno de trabajo
denominado “Grupo de Recolección de Información de la Fundación
San Juan de Dios” de la Secretaría Jurídica del Departamento de
Cundinamarca.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero. Organizar con carácter transitorio en la Secre-
taría Jurídica del Departamento de Cundinamarca, el Grupo Interno
de Trabajo denominado “Grupo de Recolección de Información de la
Fundación San Juan de Dios” dependiente del Despacho de la Se-
cretaría Jurídica y bajo la coordinación de la Dirección de Procesos
Judiciales y Administrativos de la misma Secretaría, cuya integración,
funciones y responsabilidades se regirá por lo dispuesto en la pre-
sente resolución.
El Grupo Interno de Trabajo que se organiza tendrá como coordina-
dor un servidor público cuyo empleo debe corresponder a los niveles
jerárquicos directivo, asesor o profesional.
Parágrafo. El cumplimiento de las responsabilidades de Coor-
dinador del Grupo Interno de Trabajo, no genera erogación alguna
con cargo al presupuesto departamental diferente a la remuneración
prevista para el grado salarial del empleo del cual es titular.
Artículo segundo. El Grupo interno de Trabajo “Grupo de Re-
colección de Información de la Fundación San Juan de Dios” de la
Secretaría Jurídica, estará integrado de la siguiente forma:
Nombre Cargo
LEONARDO RAMÍREZ PATIÑO DIRECTOR DE PROCESOS JUDICIALES
ISAÍAS ARÉVALO QUICUAZAN PROFESIONAL ESPECIALIZADO
RODULFO ROJAS ROJAS PROFESIONAL UNIVERSITARIO
MARÍA STELLA GONZÁLEZ PROFESIONAL UNIVERSITARIO
IRMA WILCHES PROFESIONAL UNIVERSITARIO
Parágrafo único. Los cargos que integran el Grupo de Recolección
de Información de la Fundación San Juan de Dios, se encuentran
adscritos a la Secretaría Jurídica de acuerdo con la distribución de
la Planta de empleos del Sector Central de la Administración Pública
Departamental.
Artículo tercero. El Grupo de Trabajo de Relatoría tendrá a cargo
las siguientes funciones y responsabilidades:
• RECOLECTAR TODA LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN
RELACIONADA CON LA FUNDACIÓN SAN JUAN DE DIOS, DESDE
SU CREACIÓN HASTA LA FECHA.
• ORDENAR CRONOLÓGICAMENTE Y POR TEMÁTICAS LA
INFORMACIÓN RECOPILADA
Artículo cuarto. La Coordinación del grupo interno de trabajo
denominado “Grupo de Recolección de Información de la Fundación
San Juan de Dios”, estará a cargo del despacho de la Dirección de
Procesos Judiciales y Administ rativos y tendrá las siguientes res-
ponsabilidades:
1. Revisar las tareas que se realizan al interior del grupo.
2. Asegurar la organización, gestión y trámite de los asuntos a
cargo del grupo.
3. Coordinar las tareas de los funcionarios asignados al grupo.
4. Hacer seguimiento y control de las tareas establecidas para el
grupo.
5. Las demás que establezca el Despacho de la Secretaría Jurídica.
Artículo quinto. La presente resolución rige a partir de su expe-
dición.
Publíquese y cúmplase.
10 de mayo de 2010.
ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ
Gobernador
NORA FERNANDA MARTÍNEZ LÓPEZ
Secretaria Jurídica
2GACETA DE CUNDINAMARCA No. 14.975
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA NÚMERO 0232 DE 2010
(junio 4)
por la cual se ejecuta sanción de suspensión en el ejercicio de su
cargo al señor José Gustavo Moreno Porras en su condición de
Alcalde del municipio de La Mesa, Cundinamarca, impuesta por la
Procuraduría Provincial de Girardot, Cundinamarca, y conrmada por
la Procuraduría Regional de Cundinamarca.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En desarrollo de lo establecido en el artículo 172, numeral 2 de la
CONSIDERANDO:
Que se encuentra al despacho copia del fallo de segunda instancia
de fecha mayo 10 de 2010, proferido por la Procuraduría Regional
de Cundinamarca, dentro del Expediente Disciplinario 041.02057-
2008 adelantado en contra del señor José Gustavo Moreno Porras,
identicado con cédula de ciudadanía número 3073243, expedida en
La Mesa, Cundinamarca, en su condición de Alcalde del municipio de
La Mesa, Cundinamarca.
Que la Procuraduría Provincial de Girardot, Cundinamarca, me-
diante Decisión número 001464 calendada el 21 de septiembre de
2009, dentro del Expediente Disciplinario número 041.002057 de
2008, resolvió sancionar disciplinariamente con Suspensión en
el Ejercicio del Cargo e Inhabilidad Especial para el ejercicio de
funciones públicas por el término de sesenta (60) días al señor José
Gustavo Moreno Porras, identicado con cédula de ciudadanía número
3073243, expedida en La Mesa, Cundinamarca, en su condición de
Alcalde del municipio de La Mesa, Cundinamarca, por irregularidades
en el manejo del Decreto 1227 de 2005 en cuanto a la supresión de
cargos de la planta de personal.
Que la Decisión número 001464 calendada el 21 de septiembre de
2009, dentro del Expediente Disciplinario número 041.002057 de 2008,
adoptada por la Procuraduría Provincial de Girardot, fue conrmada
por la Procuraduría Regional de Cundinamarca mediante providencia
denitiva de fecha 10 de mayo de 2010.
Que la Procuraduría Provincial de Girardot mediante Ocio número
2032 del 31 de mayo de 2010, ocia al despacho de la Gobernación
de Cundinamarca para efectos de ejecutar la sanción impuesta.
Por los motivos expuestos,
RESUELVE:
Artícul o prime ro. Ejecutar la sanción de Suspe nsión en el
Ejercicio del Cargo e inhabilidad especial para el ejercicio de
funciones públicas por el término de sesenta (60) días al señor José
Gustavo Moreno Porras, identicado con cédula de ciudadanía número
3073243, expedida en La Mesa, Cundinamarca, en su condición de
Alcalde del municipio de La Mesa, Cundinamarca, de conformidad
con los considerandos del presente acto administrativo.
Artículo segundo. Copias de la presente resolución remítase a la
Procuraduría Provincial de Girardot, Cundinamarca, y a la Alcaldía
municipal de La Mesa, Cundinamarca, para los nes correspondientes.
Artículo tercero. Contra la presente resolución no procede recurso
alguno.
Comuníquese y cúmplase.
Bogotá, D. C., a 4 de junio de 201.
ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ
Gobernador de Cundinamarca
* * *
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA NÚMERO 0233 DE 2010
(junio 4)
por la cual se designa en encargo a la señora Nubia Salamanca
Valenzuela, como Alcaldesa del municipio de La Mesa, Cundinamarca.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En desarrollo de lo establecido en el artículo 106 de la Ley 136
CONSIDERANDO:
Que la Procuraduría Provincial de Girardot, Cundinamarca, median-
te Decisión número 001464 calendada el 21 de septiembre de 2009,
proferida dentro del Expediente Disciplinario número 041.002057/08,
resolvió sancionar disciplinariamente con Suspensión en el Ejerci-
cio del Cargo e inhabilidad especial para el ejercicio de funciones
públicas por el término de sesenta (60) días al señor José Gustavo
Moreno Porras, identificado con cédula de ciudadanía número
3073243, expedida en La Mesa, Cundinamarca, en su condición de
Alcalde del municipio de La Mesa, Cundinamarca, por irregularidades
en el manejo del Decreto 1227 de 2005 en cuanto a la supresión de
cargos de la planta de personal.
Que la Decisión número 001464 calendada el 21 de septiembre de
2009, adoptada por La Procuraduría Provincial de Girardot, dentro
del Expediente Disciplinario número 041.002057/08, fue conrmada
por la Procuraduría Regional de Cundinamarca mediante providencia
denitiva de fecha 10 de mayo de 2010.
Que la Procuraduría Provincial de Girardot mediante Ocio número
2032 del 31 de mayo de 2010, ocia al Despacho de la Gobernación
de Cundinamarca para efectos de ejecutar la sanción impuesta.
Que de conformidad con el artículo 99 literal e) de la Ley 136 de
1994 se presenta falta temporal en el cargo de Alcalde municipal de
La Mesa, Cundinamarca, por lo que se debe suplir la separación
temporal del cargo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 106 de
la Ley 136 de 1994, de terna que allegue el Representante Legal del
partido o movimiento político que inscribió como candidato a la Alcaldía
de La Mesa, Cundinamarca, al señor José Gustavo Moreno Porras.
Que se hace necesario designar en encargo como Alcaldesa del
municipio de La Mesa, Cundinamarca, a la señora Nubia Salamanca
Valenzuela, identicada con cédula de ciudadanía número 28423275,
quien se desempeña como Secretaria de Gobierno de la Alcaldía de
la Mesa, Cundinamarca, mientras el Representante Legal del partido
político que avaló la candidatura del titular de la Alcaldía de La Mesa,
Cundinamarca, remita la respectiva terna de la cual se designará
reemplazo en encargo por el término que dure la suspensión.
Por los motivos expuestos,
RESUELVE:
Artículo primero. Designar como Alcaldesa Encargada para el
municipio de La Mesa, Cundinamarca, a la señora Nubia Salamanca
Valenzuela, identicada con cédula de ciudadanía número 28423275,
mientras el representante legal del movimiento o partido político al
cual pertenece el Alcalde suspendido, remita la respectiva terna de
la cual se designará Alcalde en encargo por el término que dure la
suspensión impuesta.
Artículo segundo. Ociar al Representante Legal del movimiento
o partido político al cual pertenece el Alcalde suspendido, para que
proceda a remitir la respectiva terna, de la cual se designará Alcalde
en Encargo por el término que dure la suspensión impuesta.
Artículo tercero. Copias de la presente resolución remítase a la
Procuraduría Provincial de Girardot, Cundinamarca, y a la Alcaldía
Municipal de La Mesa, Cundinamarca, para los nes correspondientes.
Artículo cuarto. Contra la presente resolución no procede recurso
alguno.
Comuníquese y cúmplase.
Bogotá, D. C., a 4 de junio de 2010.
ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ
Gobernador de Cundinamarca
* * *
(junio 4)
por la cual se prorroga un nombramiento provisional de la planta de
empleos para el sistema educativo del Departamento de Cundina-
marca nanciada por el Ministerio de Educación.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en
especial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 561 del 12 de noviembre de
2009, fue nombrada con carácter de provisional la señora Ingrid
Carolina Cárdenas Quintero, identicada con cédula de ciudadanía
número 35393962, en el empleo de Profesional Universitario Código
219 Grado 02, en la planta de empleos para el sistema educativo del
Departamento de Cundinamarca nanciada por el Ministerio de Edu-
cación, distribuido en la Dirección de Medios y Nuevas Tecnologías,
Subsecretaría de Desarrollo Educativo, dependiente de la Secretaría
de Educación, por un término no superior a seis (6) meses y tomó
posesión el 9 de diciembre de 2009.
3
GACETA DE CUNDINAMARCA
No. 14.975
Que la doctora Martha Patricia Infante Fernández, Secretaria de la
Función Pública, mediante ocio de fecha 22 de abril de 2010, solicita
al doctor Jorge Alberto García García, Presidente de la Comisión Na-
cional del Servicio Civil, autorización para la prórroga de nombramien-
tos provisionales de la Planta de Empleos para el Sistema Educativo
del Departamento de Cundinamarca, nanciado por el Ministerio de
Educación Nacional, y administrados por el sector central.
Que mediante Ocio número 0-2010-14541-18334 de fecha 13
de mayo de 2010, la Comisión Nacional del Servicio Civil autorizó
al departamento la pr órroga del nombrami ento provi sional en la
vacancia denitiva del empleo de Profesional Universitario Código
219 Grado 02, hasta que se expidan las correspondientes listas de
elegibles, autorización que se expide en observación a lo dispuesto
en el inciso del parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005,
esto es, en aplicación de las normas de carrera administrativa Ley
Por los motivos expuestos,
RESUELVE:
Artículo primero. Prorrogar el nombramiento con carácter provi-
sional a la señora Ingrid Carolina Cárdenas Quintero, identicada con
cédula de ciudadanía número 35393962, en el empleo de Profesional
Universitario Código 219 Grado 02 de la planta de empleos para el
sistema educativo del Departamento de Cundinamarca nanciada
por el Ministerio de Educación, distribuido en la Dirección de Medios
y Nuevas Tecnologías, Subsecretaría de Desarrollo Educativo, de-
pendiente de la Secretaría de Educación, hasta que se expidan las
correspondientes listas de elegibles.
Artículo segundo. La presente resolución rige a partir de la fecha
de su expedición y surte efectos a partir de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 4 de junio de 2010.
ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ
Gobernador
MARTHA PATRICIA INFANTE FERNÁNDEZ
Secretaria de la Función Pública
* * *
RESOLUCIÓN NÚMERO 0235 DE 2010
(junio 4)
por la cual se prorroga un nombramiento provisional de la planta de
empleos para el sistema educativo del Departamento de Cundina-
marca nanciada por el Ministerio de Educación.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en
especial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 578 del 12 de noviembre de
2009, fue nombrada con carácter de provisional la señora Neyla
Mercedes García Gómez, identicada con cédula de ciudadanía
número 35527601, en el empleo de Profesional Universitario Código
219 Grado 01, en la planta de empleos para el sistema educativo
del Departamento de Cundinamarca nanciada por el Ministerio de
Educación, distribuido en la Dirección Administrativa y Financiera,
Subsecretaría de Administración del Sector Educativo, dependiente
de la Secretaría de Educación, por un término no superior a seis (6)
meses y tomó posesión el 10 de diciembre de 2009.
Que la doctora Martha Patricia Infante Fernández, Secretaria de la
Función Pública, mediante ocio de fecha 22 de abril de 2010, solicita
al doctor Jorge Alberto García García, Presidente de la Comisión Na-
cional del Servicio Civil, autorización para la prórroga de nombramien-
tos provisionales de la Planta de Empleos para el Sistema Educativo
del Departamento de Cundinamarca, nanciado por el Ministerio de
Educación Nacional, y administrados por el sector central.
Que mediante Ocio número 0-2010-14541-18334 de fecha 13
de mayo de 2010, la Comisión Nacional del Servicio Civil autorizó
al departamento la pr órroga del nombrami ento provi sional en la
vacancia denitiva del empleo de Profesional Universitario Código
219 Grado 01, hasta que se expidan las correspondientes listas de
elegibles, autorización que se expide en observación a lo dispuesto
en el inciso del parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005,
esto es, en aplicación de las normas de carrera administrativa Ley
Por los motivos expuestos,
RESUELVE:
Artículo primero. Prorrogar el nombramiento con carácter provi-
sional a la señora Neyla Mercedes García Gómez, identicada con
cédula de ciudadanía número 35527601, en el empleo de Profesional
Universitario Código 219 Grado 01 de la planta de empleos para el
sistema educativo del Departamento de Cundinamarca nanciada por
el Ministerio de Educación, distribuido en la Dirección Administrativa
y Financiera, Subsecretaría de Administración del Sector Educativo,
dependiente de la Secretaría de Educación, hasta que se expidan las
correspondientes listas de elegibles.
Artículo segundo. La presente resolución rige a partir de la fecha
de su expedición y surte efectos a partir de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 4 de junio de 2010.
ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ
Gobernador
MARTHA PATRICIA INFANTE FERNÁNDEZ
Secretaria de la Función Pública
* * *
RESOLUCIÓN NÚMERO 0236 DE 2010
(junio 4)
por la cual se prorroga un nombramiento provisional de la planta de
empleos para el sistema educativo del Departamento de Cundina-
marca nanciada por el Ministerio de Educación.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en
especial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 574 del 12 de noviembre de
2009, fue nombrada con carácter de provisional la señora Sonia del
Pilar Castiblanco Mahecha, identicada con cédula de ciudadanía
número 23498763, en el empleo de Profesional Universitario Código
219 Grado 02, en la planta de empleos para el sistema educativo del
Departamento de Cundinamarca nanciada por el Ministerio de Edu-
cación, distribuido en la Dirección de Calidad Educativa, Subsecretaría
de Desarrollo Educativo, dependiente de la Secretaría de Educación,
por un término no superior a seis (6) meses y tomó posesión el 14
de diciembre de 2009.
Que la doctora Martha Patricia Infante Fernández, Secretaria de la
Función Pública, mediante ocio de fecha 22 de abril de 2010, solicita
al doctor Jorge Alberto García García, Presidente de la Comisión Na-
cional del Servicio Civil, autorización para la prórroga de nombramien-
tos provisionales de la Planta de Empleos para el Sistema Educativo
del Departamento de Cundinamarca, nanciado por el Ministerio de
Educación Nacional, y administrados por el sector central.
Que mediante Ocio número 0-2010-14541-18334 de fecha 13
de mayo de 2010, la Comisión Nacional del Servicio Civil autorizó
al departamento la pr órroga del nombrami ento provi sional en la
vacancia denitiva del empleo de Profesional Universitario Código
219 Grado 02, hasta que se expidan las correspondientes listas de
elegibles, autorización que se expide en observación a lo dispuesto
en el inciso del parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005,
esto es, en aplicación de las normas de carrera administrativa Ley
Por los motivos expuestos,
RESUELVE:
Artículo primero. Prorrogar el nombramiento con carácter provisio-
nal a la señora Sonia del Pilar Castiblanco Mahecha, identicada con
cédula de ciudadanía número 23498763, en el empleo de Profesional
Universitario Código 219 Grado 02 de la planta de empleos para el
sistema educativo del Departamento de Cundinamarca nanciada
por el Ministerio de Educación, distribuido en la Dirección de Calidad
Educativa, Subsecretaría de Desarrollo Educativo, dependiente de la
Secretaría de Educación, hasta que se expidan las correspondientes
listas de elegibles.
Artículo segundo. La presente resolución rige a partir de la fecha
de su expedición y surte efectos a partir de su comunicación.

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