Gaceta N° 15183 de Cundinamarca, 23-06-2015 - 23 de Junio de 2015 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 870698955

Gaceta N° 15183 de Cundinamarca, 23-06-2015

Fecha23 Junio 2015
Fecha de publicación23 Junio 2015
Número 15.183 - Bogotá, D. C., martes 23 de junio de 2015 - AÑO CXIX
Ó RGANO OFICIAL DEL DEPARTAM E N T O
ISSN 0122 - 7777
Editor: 
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DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETOS
DECRETO ORDENANZAL NÚMERO 0215 DE 2015
(junio 16)
por el cual se modica el artículo 35 del Decreto número 066
de 2015 - Integración del Consejo Departamental de Archivos de
Cundinamarca.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE
CUNDINAMARCA
En ejercicio de su atribuciones Constitucionales y Legales, en par-
ticular la determinada por el numeral 1 del artículo 305 de la Cons-
titución Política, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 594 de julio 14 de 2000, por medio de la cual se dicta
la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones, tiene por
objeto establecer las reglas y principios generales que regulen la
función archivística del Estado.
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto número 2578 de
diciembre 13 de 2012, por el cual se reglamenta el Sistema Nacional
de Archivos, se establece la Red Nacional de Archivos, se deroga
el Decreto número 4124 de 2004 y se dictan otras disposiciones
relativas a la administración de los archivos del Estado, y en sus
artículos 7°, 8°, 9° y 10 ibídem, establecen lo relativo a los Consejos
Territoriales de Archivo, la conformación, funciones y reuniones de
los mismos.
Que en el 35 Decreto Ordenanzal número 066 de 1° de abril de
2015, por el cual se establece la estructura de la administración
departamental, se dene la organización interna y las funciones de
las dependencias del sector central de la administración pública de
Cundinamarca y se dictan otras disposiciones, se señaló la integra-
ción del Consejo Departamental de Archivos del departamento.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo primero. Modicar la integración del Consejo Departa-
mental de Archivos de Cundinamarca determinado en el artículo 35
del Decreto número 066 de 2015, el cual quedará conformado de la
siguiente manera:
1. EL Secretario General del Departamento, quien lo presidirá.
2. El Director de Gestión documental de la gobernación, quien ac-
tuará como Secretario Técnico del Consejo Departamental de Ar-
chivo.
3. El Gerente del Instituto Departamental de Cultura y Turismo.
4. El Presidente o Secretario de la Academia de Historia del de-
partamento.
5. Un representante de la Secretaría de Planeación del departa-
mento.
6. Un representante de la Secretaría de la Información y las Comu-
nicaciones (TIC).
7. Un Representante de la Cámara de Comercio con Jurisdicción
en el departamento.
8. Un representante del Servicio Nacional de Aprendizaje del nivel
directivo.
9. Un representante de los archivistas, designado por el Colegio
Colombiano de Archivistas y la Sociedad Colombiana de Archivistas.
Parágrafo primero. Los Consejeros de que tratan los numerales
7, 8, y 9 serán designados para periodos de dos (2) años, prorroga-
bles por una única vez, por dos (2) años adicionales.
Parágrafo segundo. El Consejo podrá invitar a representantes
de otros sectores, de acuerdo con los temas a desarrollar, quienes
tendrán voz pero no voto.
Artículo segundo. El presente decreto rige a partir de su expe-
dición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 16 de junio de 2015.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
* * *
DECRETO NÚMERO 0216 DE 2015
(junio 16)
por el cual se modica parcialmente el Decreto número 0042 de
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE
CUNDINAMARCA
En ejercicio de su atribuciones constitucionales y legales espe-
cialmente las señaladas en los artículos 209 y 305 numeral 2 de la
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 9° de la Ley 489
de 1998, las autoridades administrativas podrán mediante acto de
delegación, transferir el ejercicio de sus funciones a los empleados
públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo
correspondiente, con el propósito de desarrollar los principios enun-
Que el Gobernador de Cundinamarca o su delegado asisten en
calidad de miembros principales o para presidir las sesiones de las
juntas o concejos directivos de entidades de distinto orden, ya que
así lo disponen los diferentes estatutos orgánicos de las mismas.
Que se hace necesario modicar parcialmente el Decreto número
0042 del 09 de marzo de 2015, en el sentido de designar a la doctora
Luisa Fernanda Aguirre Herrera, Gerente del Instituto Departamental
de Acción Comunal y Participación Ciudadana, como delegada del
Gobernador de Cundinamarca en el OCAD del Sistema General de
Regalías correspondiente a la Provincia del Tequendama, en re-
emplazo del doctor Andrés Ernesto Díaz Hernández.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo primero. Modicar parcialmente el Decreto número 0042
del 09 de marzo de 2015, en el sentido de designar a la doctora
Luisa Fernanda Aguirre Herrera, Gerente del Instituto Departamental
de Acción Comunal y Participación Ciudadana, como delegada del
Gobernador de Cundinamarca en el OCAD del Sistema General de
Regalías correspondiente a la Provincia del Tequendama, en re-
emplazo del doctor Andrés Ernesto Díaz Hernández.
GACETA DE CUNDINAMARCA
2No. 15.183
250 empresas durante el periodo de gobierno”, Producto 07 “Pro-
cesos de normalización certicación de producto y gestión de cali-
dad desarrolladas en 250 empresas”, la meta se mantiene, con la
adición de recursos se garantizará el cumplimiento de lo progra-
mada para la actual vigencia; Meta de Producto 431 “Fortalecer
con 30 misiones comerciales a Mipymes del departamento, durante
el periodo de Gobierno”, Producto 03 “Mipymes del departamen-
to fortalecidas con 30 misiones comerciales”, la Meta se mantiene
con la adición de recursos, se garantizará el cumplimiento de lo
programado para la actual vigencia; Programa- Cundinamarca Di-
námica, Atractiva e Internacional, Subprograma- Marketing Territo -
rial, Proyecto “Apoyo a Empresarios en el posicionamientos de sus
productos en mercados internacionales asesorados por el departa-
mento de Cundinamarca”, Meta de Producto 437 “Diseñar, registrar
y posicionar una marca y/o sello institucionales del departamento
en el periodo de Gobierno”, Producto “Marca y/o sello institucional
del departamento diseñado registrado y posicionado en el periodo
de gobierno, la meta se mantiene, con la adición de recursos se ga-
rantizará el cumplimiento de lo porgramada para la actual vigencia.
Que el Director de Finanzas Públicas de la Secretaría de
Planeación, certicó la Inscripción en el Banco Departamental de
Programas y Proyectos así:
SPC CERTIFICADO FECHA PROYECTO
296075/14 0185 26/02/15 Proyecto- Fortale-
cimiento y empren-
dimiento al sector
empresarial en el de-
partamento de Cundi-
namarca.
296077/14 0186 26/02/15 Proyecto- Fortaleci-
miento y desarrollo
empresarial en el de-
partamento de Cundi-
namarca.
296076/2015 0042 29/01/2015 Proyecto- Apoyo a
empresarios en el po-
sicionamiento de sus
productos en merca-
dos internacionales
asesorados por el de-
partamento de Cundi-
namarca.
Que la Secretaria de Planeación, expidió los Concepto Favorable
número 00176 del 5 de junio de 2015, para efectuar el traslado de
que trata el presente decreto.
Que la Directora Financiera de Presupuesto, expidió el Certica-
do de Disponibilidad Presupuestal número 7000066438 del 11 de
mayo de 2015.
Que la Directora Financiera de Presupuesto (e), emitió concepto
favorable el 10 de junio de 2015, en los términos del inciso 2° del
artículo 91 de la Ordenanza número 227 del 1° de agosto de 2014.
Que la modicación de que trata el presente decreto modica el
Plan Financiero vigente, por lo tanto, el Consejo Superior de Políti-
ca Fiscal de Cundinamarca (“Conscún”), en sesión del 11 de junio
2015, modicó el presupuesto, según certicación de la Secretaria
Ejecutiva de este órgano del 11 de junio de 2015.
En virtud de lo anterior,
DECRETA:
Artículo 1°. Contracredítese y trasládese la suma de mil tres-
cientos millones de pesos ($1.300.000.000) moneda corriente,
con base en el Certicado de Disponibilidad Presupuestal número
7000066438 del 11 de mayo de 2015, expedidos por la Directo-
ra Financiera de Presupuesto, en el Presupuesto de Gastos de la
Unidad Administrativa Especial de Pensiones del departamento de
Cundinamarca, así:
Artículo segundo. La servidora Pública que por este acto se dele-
ga, deberá presentar informe de su gestión.
Artículo tercero. El presente decreto rige a partir de su expedi-
ción.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 16 de junio de 2015.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
* * *
DECRETO NÚMERO 0217 DE 2015
(junio 17)
por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto General del
departamento para la vigencia scal de 2015.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de la facultad que le conere el artículo 31 de la Orde-
nanza número 0239 del 1° de diciembre de 2014 y Decreto número
0376 del 26 de diciembre de 2014 y artículo 91 de la Ordenanza
número 227 del 1° de agosto de 2014,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 31 de la Ordenanza número 0239 del 1° de
diciembre de 2014 y Decreto número 0376 del 26 de diciembre de
2014, dispone que “Las modicaciones al anexo del decreto de li-
quidación que no modiquen en cada sección presupuestal el mon-
to total de la apropiación correspondiente a: 1) Gastos de funciona-
miento; 2) Servicio de la Deuda y, 3) Gastos de Inversión a nivel de
Programas aprobados por la Asamblea, se harán mediante decreto
expedido por el Gobernador, y por resolución expedida por el Pre-
sidente de la Asamblea y el Contralor quienes responderán por la
legalidad de estos actos... Si la modicación tiene por objeto tras-
ladar recursos de gastos de funcionamiento o servicio de la deuda
a gastos de inversión, que implique aumento del monto total de la
apropiación correspondiente a inversión, se hará mediante decreto
expedido por el Gobernador...”.
Que mediante Ocio CI-2015323155 del 5 de junio de 2015, sus-
crito por el Secretario de Despacho (e) de la Secretaria de Compe-
titividad y Desarrollo Económico, solicita se efectúe traslado presu-
puestal.
Que se hace necesario contracreditar recursos, por valor de
$1.300.000.000 del Centro Gestor 1263 Unidad Administrativa Es-
pecial de Pensiones del departamento de Cundinamarca, rubro
“Cuotas Partes Nivel Central”, por cuanto el saldo presupuestal a
contracreditar cuenta con apropiación suciente que no va a ser
utilizada.
Que se hace necesario acreditar recursos, por valor de
$1.300.000.000, del Centro Gestor 1120 Secretaría de Competitivi-
dad y Desarrollo Económico, Objetivo.- Competitividad, innovación,
movilidad y región, Programa. Cundinamarca Competitiva, Empren-
dedora y Empresarial, Subprograma.- Emprendimiento, Proyecto”.
Fortalecimiento y emprendimiento al sector empresarial en el de-
partamento de Cundinamarca”, Meta de Producto 423 “Crear y/o
fortalecer 8 centros de gestión empresarial que fomenten la aso-
ciatividad y el empredimiento regional, en el periodo de Gobierno”
Producto 01 “Centros de gestión empresarial creados y fortalecidos
que fomenten la asociatividad y empredimiento regional”, la Meta se
mantiene, la adición se orientará al proceso de mantenimiento de
los 10 centros de gestión Empresarial Crea; Subprograma- Desa-
rrollo Empresarial, Proyecto: “Fortalecimiento y Desarrollo Empre-
sarial en el departamento de Cundinamarca”, Meta de Producto 425
“Crear y/o fortalecer 1000, Mipymes en gestión e innovación empre-
sarial para la productividad, durante el periodo de Gobierno”, Pro-
ducto 02 “Mipymes creadas y fortalecidas en gestión e innovación
empresarial para la productividad”, la meta se mantiene, con la adi-
ción se recursos se garantizará el cumplimiento de lo programada
para la actual vigencia; Meta de Producto 426 “Desarrollar procesos
de normalización, certicación de producto y gestión de calidad en
GACETA DE CUNDINAMARCA 3No. 15.183
CONTRACRÉDITO
CENTRO GESTOR 1263
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE PENSIONES DE CUNDINAMARCA
POSPRE
ÁREA
FUNCIONAL
PROGRAMA PRE-
SUPUESTARIO
FONDO
CONCEPTO
VALOR
GR GASTOS
GR:1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
GR:1:3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES FONDO PENSIONES NIVEL CENTRAL 1,300,000,000
GR:1:3-02 Transferencias de previsión y seguridad social 1,300,000,000
GR:1:3-02-14 1.3.2 999999 1-0100 Cuotas partes nivel central 1,300,000,000
TOTAL GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 1,300,000,000
TOTAL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE PENSIONES DE CUNDINAMARCA 1,300,000,000
TOTAL CONTRACRÉDITO 1,300,000,000
Artículo 2°. Acredítese el Presupuesto de Gastos de la Secretaría de Competitividad y Desarrollo Económico, con base en el contracrédito
anterior, así:
CRÉDITO
CENTRO GESTOR 1120
SECRETARÍA DE COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO ECONÓMICO
POSPRE
(CÓDIGO PLAN)
ÁREA FUNCIONAL (FUT)
PROGRAMA
PRESUPUESTARIO -
SPC - PRODUCTO
PRODUCTO
CÓDIGO META
TIPO META
CONCEPTO
META CUATRIENIO
UNIDAD DE MEDIDA
META
ACUMULADA A
31/08/2014
META
VIGENCIA
VALOR
GR:3:
GASTOS DE
INVERSIÓN
3
OBJETIVO - COMPE-
TITIVIDAD, INNOVA-
CIÓN, MOVILIDAD Y
REGIÓN
1,300,000,000
01
PROGRAMA - CUN-
DINAMARCA COM-
PETITIVA, EM-
PRENDEDORA Y
EMPRESARIAL
1,000,000,000
422
Resultado
META RESULTADO -
Ascender, durante el
periodo de gobierno,
un puesto en el es-
calafón de fortaleza
económica en el ran-
king de competitividad
departamental en Co-
lombia
1
PUESTO
01
SUBPROGRAMA -
EMPRENDIMIENTO
600,000,000
PROYECTO - FORTA-
LECIMIENTO Y EM-
PRENDIMIENTO AL
SECTOR EMPRESA-
RIAL EN EL DEPAR-
TAMENTO DE CUN-
DINAMARCA
600,000,000

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