Gaceta N° 15356 de Cundinamarca, 21-05-2020 - 21 de Mayo de 2020 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 870699216

Gaceta N° 15356 de Cundinamarca, 21-05-2020

Fecha de publicación21 Mayo 2020
Fecha21 Mayo 2020
Número 15.356 . Bogotá, D. C., jueves, 21 de mayo de 2020 - AÑO CXXIV
Ó RGANO OFICIAL DEL DEPARTAM E N T O
ISSN 0122. 7777
Editor: Imprenta Nacional de Colombia
www.imprenta.gov.co
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETOS
(mayo 8)
por el cual se incorporan recursos al capítulo presupuestal
independiente del Sistema General de Regalías, Bienio 2019-
2020 - Unidad Administrativa Especial para la Gestión del Riego de
Desastres.
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de las facultades constitucionales, en especial las
conferidas en la Ley 1530 de 2012 y el Decreto 1082 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el 18 de julio de 2011 fue promulgado el Acto Legislativo 05
de 2011 “Por el cual se constituye el Sistema General de Regalías,
se dictan otras disposiciones sobre el Régimen de Regalías y
Compensaciones”.
Que el artículo 60, Título V de la Ley 1530 de 2012 establece:
“(…) Las disposiciones del presente título constituyen el Sistema
Presupuestal del Sistema General de Regalías a que se reere el
lo dispuesto por los artículos 151 y 352 de la Constitución Política.
Que el artículo 6° ídem, señaló que los “(…) Órganos Colegiados
de Administración y Decisión (OCAD), son los responsables de
denir los proyectos de inversión sometidos a su consideración que
se nanciarán con recursos del Sistema General de Regalías, así
como de evaluar, viabilizar, aprobar y priorizar la conveniencia y
oportunidad de nanciarlos”, También designarán su ejecutor que
será de naturaleza pública; todo de conformidad con lo previsto en
la presente ley…
Que el artículo 28 ídem, señaló que “los proyectos de inversión
que se nancien con cargo al Sistema General de Regalías serán
ejecutados por quien designe el respectivo Órgano Colegiado
de Administración y Decisión, con estricta sujeción al régimen
presupuestal denido en esta ley y al de contratación pública vigente
y aplicable y el ejecutor garantizará la correcta ejecución de los
recursos asignados al proyecto de inversión, así como el suministro
y registro de la información requerida por el Sistema de Monitoreo,
Seguimiento Control y Evaluación…”.
Que el artículo 96 ídem, señaló que “los recursos asignados del
Sistema General de Regalías para los departamentos, municipios o
distritos receptores directos de regalías y compensaciones deberán
ser incluidos en el presupuesto de la respectiva entidad territorial,
mediante decreto expedido por el Gobernador o Alcalde, una vez
aprobado el proyecto respectivo y previa su ejecución”.
correspondiente al “Capítulo de regalías dentro del presupuesto de
las entidades territoriales” precisa que “Dentro del presupuesto de
las entidades territoriales, se creará un capítulo independiente, en el
que se incorporarán los recursos provenientes del Sistema General
de Regalías. El manejo presupuestal de estos recursos estará
sujeto a las reglas presupuestales del sistema contenidas en la
Ley 1530 de 2012, en la ley bienal del presupuesto, en los decretos
reglamentarios que para el efecto se expidan y en las normas que
los modiquen, adicionen o sustituyan. La vigencia de los ingresos y
gastos incorporados en dicho capítulo será bienal, concordante con
la vigencia del presupuesto del Sistema General de Regalías”.
Que artículo 6° del Acuerdo número 033 del 3 de diciembre de
2019, “Por medio del cual se adoptan decisiones relacionadas la
rendición de cuentas y con proyectos de inversión nanciados
o conanciados con recursos del Sistema General de Regalías
(SGR)”, del Órgano Colegiado de Administración y Decisión de
los Municipios Ribereños del Río Grande de la Magdalena y Canal
del Dique - OCAD, decide “APROBAR” el siguiente proyecto de
inversión denominado “estudios detallados para la incorporación
de la gestión del riesgo para los municipios de Girardot y Ricaurte”,
con código BPIN 20172401060022, por un valor de tres mil ochenta
y cuatro millones novecientos siete mil ochocientos setenta y tres
pesos moneda corriente ($3.084.907.873), nanciado con recursos
de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la
Magdalena (Cormagdalena), teniendo en cuenta que este proyecto
“fue VIABILIZADO y PRIORIZADO en sesión del 24 de julio de 2018
mediante el Acuerdo número 25 del 25 de julio de 2018”.
Que el artículo 6° ya mencionado, designó al departamento
de Cundinamarca, como entidad pública ejecutora del proyecto
por valor de dos mil ochocientos veinticuatro millones doscientos
sesenta y seis mil seiscientos setenta y tres pesos moneda corriente
($2.824.266.673) y la Corporación Autónoma Regional del Río
Grande de la Magdalena (Cormagdalena), como la instancia pública
designada para la contratación de la interventoría por valor de
doscientos sesenta millones seiscientos cuarenta y un mil doscientos
pesos moneda corriente ($260.641.200), como se discrimina a
continuación:
FUENTES APROBADAS ENTIDAD VALOR
Entidad pública designada
ejecutora del proyecto
Gobernación de Cundinamarca $2.824.266.673
Instancia pública designada
para la contratación de
interventoría
Corporación Autónoma Regional
del Río Grande de la Magdalena
(Cormagdalena)
$ 260.641.200
TOTAL $3.084.907.873
Que mediante ocio radicado 000392 del 19 de diciembre de
2019, el Gobernador de Cundinamarca, aceptó la designación
como entidad pública ejecutora del proyecto denominado - Estudios
detallados para la incorporación de la gestión del riesgo para los
municipios de Girardot, Ricaurte.
Que de conformidad con el artículo 93 de la Ordenanza 227 de
2014, el Director Financiero de la Dirección de Contaduría de la
Secretaría de hacienda del departamento de Cundinamarca, expidió
certicado por valor de dos mil ochocientos veinticuatro millones
doscientos sesenta y seis mil seiscientos setenta y tres pesos
moneda corriente ($2.824.266.673), valor asignado a la Entidad
Publica Ejecutora - Gobernación de Cundinamarca con fuente de
nanciación Corporación Autónoma Regional del Río Grande de
la Magdalena (Cormagdalena), de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 6° del Acuerdo número 33 del 3 de diciembre de 2010,
expedido por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión de
los Municipios Ribereños del Río Grande de la Magdalena y Canal
del Dique - OCAD, como se discrimina a continuación:
GACETA DE CUNDINAMARCA
2No. 15.356
CERTIFICADO FECHA VALOR
SH-DFC-025-2020 20-04-2020 $2.824.266.673
TOTAL $2.824.266.673
Que la Unidad Administrativa Especial para la Gestión del
Riesgo de Desastres de Cundinamarca, mediante ocio radicado
2020309769 del 22 de abril de 2020, solicitó la incorporación de
recursos del Sistema General de Regalías, por valor de dos mil
ochocientos veinticuatro millones doscientos sesenta y seis mil
seiscientos setenta y tres pesos moneda corriente ($2.824.266.673),
al Presupuesto General de la Unidad A.E.G.R.D., Sistema General
de Regalías, Bienio 2019-2020, tanto en el ingreso como en el gasto
de inversión, con el n de dar cumplimiento al proyecto:
• Proyecto - Estudios detallados para la incorporación de la gestión
del riesgo para los municipios de Girardot, Ricaurte.
Que, en el mencionado ocio, la Unidad Administrativa Especial
para la Gestión del Riesgo de Desastres de Cundinamarca, justicó
el crédito, en el siguiente sentido:
“… La Unidad Administrativa Especial para la Gestión del
Riesgo de Desastres a través del programa ESFUERZOS UNIDOS
RIESGOS REDUCIDOS del Plan de Desarrollo Departamental, debe
orientar el desarrollo de las responsabilidades del Departamento en
la gestión del riesgo de desastres que se establecen conforme a la
Ley 1523 de 2012, buscando asegurar la sostenibilidad, la seguridad
territorial, los derechos e intereses colectivos, mejorar la calidad de
vida de las poblaciones y comunidades en riesgo y, por lo tanto, está
intrínsecamente asociada con la planicación del desarrollo seguro,
con la gestión ambiental territorial sostenible, en todos los niveles
de gobierno, desde el gobierno central, departamental y municipal,
y la efectiva participación de la población, garantizando un territorio
seguro. En cumplimiento de la meta 176 - “Realizar en el cuatrienio
acciones de mitigación para la reducción del riesgo de desastres
en el 80% de los municipios del departamento de Cundinamarca”
la Unidad Administrativa Especial para la Gestión del Riesgo de
Desastres requiere más recursos que le permitan llegar al número
de municipios programados para esta vigencia…”.
Que el Director de Finanzas Públicas de la Secretaría de Planeación
del departamento de Cundinamarca, certicó la inscripción en el
banco departamental de proyectos de inversión, así:
SPC FECHA PROYECTO
297807 01-04-2020 Estudios detallados para la incorporación
de la gestión del riesgo para los
municipios de Girardot, Ricaurte.
Que la Secretaría de Planeación del departamento de
Cundinamarca emitió Concepto Favorable número 077 del 22 de
abril de 2020, en los términos del artículo 91 de la Ordenanza 227
del 1° de agosto de 2014, el cual forma parte del presente decreto.
Que la Directora Financiera de Presupuesto de la Secretaría
de Hacienda del departamento de Cundinamarca emitió concepto
favorable del 5 de mayo de 2020, según artículo 91 de Ordenanza
227 del 1° de agosto de 2014.
Expuesto lo anterior, se hace necesario incorporar recursos
al capítulo presupuestal independiente del Sistema General de
Regalías del Bienio 2019-2020, en el marco del régimen presupuestal
de este Sistema.
En virtud de lo anterior,
DECRETA:
Artículo 1°. Incorpórese al capítulo presupuestal independiente
del Sistema General de Regalías, para el Bienio 2019-2020 la
suma de dos mil ochocientos veinticuatro millones doscientos
sesenta y seis mil seiscientos setenta y tres pesos moneda corriente
($2.824.266.673), con base en el certicado expedido por el Director
Financiero de la Dirección de Contaduría de la Secretaría de
Hacienda del departamento de Cundinamarca, SH-DFC-025-2020
del 20 de abril de 2020, así:
SECCIÓN PRESUPUESTAL 6106
SECRETARÍA DE HACIENDA
BIENIO 2019-2020
Página 1 de 4
POSPRÉ (CODIGO
PLAN)
AREA
FUNCIONA
FONDO
PROGRAMA
PRESUPUESTAR
BPIN CONCEPTO VALOR
IR:
INGRESOS 2.824.266.673
IR:5
SISTEMA GENERAL DE REGALIAS 2.824.266.673
IR:5:1
RECURSOS DE LA VIGENCIA 2.824.266.673
IR: 5:1-02
FONDOS S GR VIGENCIA ACTUAL 2.824.266.673
IR: 5:1-02-07
FMR FONDO MUNICIPIOS
RIBEREÑOS DEL RIO GRANDE
MAGDALENA
2.824.266.673
IR:5-1-02-07-01 TI.B.2.6
8-0950 999999 20172401060022
FMR PROYECTO: Estudios detallados para
la incorporación de la gestión del riesgo para
los municipios de Girardot, Ricaurte.
2.824.266.673
2.824.266.673
TOTAL ADICIÓN
Artículo 2°. Incorpórese al Presupuesto de gastos de inversión del capítulo presupuestal independiente del Sistema General de Regalías
del Bienio 2019-2020 de la Unidad Administrativa Especial para la Gestión del Riesgo de Desastres de Cundinamarca, la suma de dos mil
ochocientos veinticuatro millones doscientos sesenta y seis mil seiscientos setenta y tres pesos moneda corriente ($2.824.266.673), así:
SECCIÓN PRESUPUESTAL 6152
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES DE CUNDINAMARCA
Página 2 de 4
POSPRÉ (CODIGO PLAN)
PROGRAMA PRESUPUESTARIO
(SPC+PRODUCTO)
FONDO
BPIN
PRODUCTO
CODIGO META
TIPO META
CONCEPTO
META
CUATRIENIO
UNXIDAD DE MEDIDA
META
ACUMULADA
META
VIGENCIA
VALOR
GR:4
GASTOS DE INVERSIÓN 2.824.266.673
1
EJE - CUNDINAMARCA 2036 2.824.266.673
07
PROGRAMA - ESFUERZOS UNIDOS RIESGOS REDUCIDOS 2.824.266.673
014
Resultado
Meta Resultado - Implementar la gestión del riesgo en las 15 provincias
del Departamento de Cundinamarca
15
Num
03
SUBPROGRAMA - ATENCIÓN OPORTUNA ANTE EL RIESGO 2.824.266.673
176
Producto
Meta Producto- Realizar en el cuatrienio acciones de mitigación para la
reducción del riesgo de desastres en el 80% de los municipios del
departamento de Cundinamarca
93
Num
93
100
2.824.266.673
Proyecto - Estudios detallados para la incorporación de la gestión del
riesgo para los municipios de Girardot, Ricaurte
2.824.266.673
GR:4:1-07-03-176
A.1.1 29780701 8-0950 20172401060022 01
Producto - Documentos con diseños de obra para la reducción y
mitigación del riesgo de desastres
2.326.618.193
GR:4:1-07-03-176
A.1.1 29780702 8-0950 20172401060022 02
Producto - Servicio de generación de alertas tempranas para la gestión del
riesgo de desastres
497.648.480
2.824.266.673
TOTAL ADICIÓN UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
GACETA DE CUNDINAMARCA 3No. 15.356
Artículo 3°. Las Direcciones de Presupuesto y Contabilidad de
la Secretaría de Hacienda del departamento de Cundinamarca
efectuarán los registros necesarios en cumplimiento de lo previsto
en este decreto.
Artículo 4°. Una vez expedido el presente decreto, el ordenador
del gasto de la Unidad Administrativa Especial para la Gestión
del Riesgo de Desastres presentará a la Tesorería General del
departamento de Cundinamarca solicitud de modicación del
Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC).
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su
expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 8 de mayo de 2020.
NICOLÁS GARCÍA BUSTOS
Gobernador
ERIKA ELIZABETH SABOGAL CASTRO
Secretaria de Hacienda
YOLIMA MORA SALINAS
Secretaria de Planeación
GINA LORENA HERRERA PARRA
Directora Unidad Administrativa Especial
para la Gestión del Riesgo de Desastres de Cundinamarca
* * *
(mayo 11)
por el cual se hace una delegación.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE
CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y
reglamentarias, especialmente las señaladas en los artículos 209 y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 209 de la
y de lo Contencioso Administrativo, la función administrativa se
desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad,
ecacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, debido
proceso, buena fe, participación, responsabilidad y transparencia.
Que según lo dispone el artículo 211 ibídem, la ley jará las
condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar
funciones en sus subalternos, estableciendo que: “la delegación
exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá
exclusivamente al delegatario cuyos actos o resoluciones podrá
siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad
consiguiente”.
como atribución del Gobernador, la de “Dirigir y coordinar la acción
administrativa del departamento”.
Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, establece que las
autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación
transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras
autoridades con funciones anes o complementarias y que dicha
delegación procede respecto de la atención y decisión de los
asuntos que les han sido conados por la ley y los actos orgánicos
respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y
asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito
de dar desarrollo a los principios de la función administrativa
enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y la misma
Que el artículo 10 del Decreto Nacional del Decreto 298 de 2016
Por el cual se establece la organización y funcionamiento del Sistema
Nacional de Cambio climático y se dictan otras disposiciones”.
“[…] Artículo 10. Nodos Regionales de Cambio Climático.
Confórmese los Nodos Regionales de Cambio Climático como
instancias regionales responsables de promover, acompañar y
apoyar la implementación de las políticas, estrategias, planes,
programas, proyectos y acciones en materia de cambio climático en
las regiones.
Su nalidad es lograr la coordinación interinstitucional entre el
nivel central y territorial para promover las políticas, estrategias,
planes, programas, proyectos y acciones de mitigación de
emisiones de gases efecto invernadero y adaptación en materia de
cambio climático, articulados con los procesos de planicación y
ordenamiento territorial y gestión integral del riesgo.
Los Nodos Regionales de Cambio Climático estarán integrados,
por al menos, un representante de los departamentos, municipios,
distritos, autoridades ambientales, gremios y/o asociaciones del
sector privado, academia, entidades sin ánimo de lucro, Unidad de
Parques Nacionales Naturales de Colombia, los centros e Institutos
de Investigación y un representante del Consejo Territorial de
Gestión del Riesgo de Desastres, asentados dentro del área de
conformación del nodo y cuyo objeto se enmarque en temas de
cambio climático. Confórmense los siguientes Nodos Regionales de
Cambio Climático:
(…)
Confórmense los siguientes Nodos Regionales de Cambio
Climático:
Nodo Regional Centro Oriente Andino el cual estará conformado
por los siguientes departamentos: Boyacá, Cundinamarca, Tolima,
Bogotá, Huila.
(…)
Que el artículo 4° del Reglamento Operativo del Nodo Regional
Centro Oriente Andino de Cambio Climático (NRCOA), establece:
“[…] Artículo 4°. Conformación del NRCOA. El NRCOA estará
conformado por los siguientes representantes, de acuerdo con lo
establecido en el Decreto 298 de 2016:
a) Dos representantes por cada una de las Corporaciones
Autónomas Regionales con jurisdicción en los departamentos que
Página 2 de 4
POSPRÉ (CODIGO PLAN)
PROGRAMA PRESUPUESTARIO
(SPC+PRODUCTO)
FONDO
BPIN
PRODUCTO
CODIGO META
TIPO META
CONCEPTO
META
CUATRIENIO
UNXIDAD DE MEDIDA
META
ACUMULADA
META
VIGENCIA
VALOR
GR:4
GASTOS DE INVERSIÓN 2.824.266.673
1
EJE - CUNDINAMARCA 2036 2.824.266.673
07
PROGRAMA - ESFUERZOS UNIDOS RIESGOS REDUCIDOS 2.824.266.673
014
Resultado
Meta Resultado - Implementar la gestión del riesgo en las 15 provincias
del Departamento de Cundinamarca
15
Num
03
SUBPROGRAMA - ATENCIÓN OPORTUNA ANTE EL RIESGO 2.824.266.673
176
Producto
Meta Producto- Realizar en el cuatrienio acciones de mitigación para la
reducción del riesgo de desastres en el 80% de los municipios del
departamento de Cundinamarca
93
Num
93
100
2.824.266.673
Proyecto - Estudios detallados para la incorporación de la gestión del
riesgo para los municipios de Girardot, Ricaurte
2.824.266.673
GR:4:1-07-03-176
A.1.1 29780701 8-0950 20172401060022 01
Producto - Documentos con diseños de obra para la reducción y
mitigación del riesgo de desastres
2.326.618.193
GR:4:1-07-03-176
A.1.1 29780702 8-0950 20172401060022 02
Producto - Servicio de generación de alertas tempranas para la gestión del
riesgo de desastres
497.648.480
2.824.266.673
TOTAL ADICIÓN UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
Página 2 de 4
POSPRÉ (CODIGO PLAN)
AREA
FUNCIONAL
(CODIGO FUT)
PROGRAMA PRESUPUESTARIO
(SPC+PRODUCTO)
FONDO
BPIN
PRODUCTO
CODIGO META
TIPO META
CONCEPTO
META
CUATRIENIO
UNXIDAD DE MEDIDA
META
ACUMULADA
META
VIGENCIA
VALOR
GR:4
GASTOS DE INVERSIÓN 2.824.266.673
1
EJE - CUNDINAMARCA 2036 2.824.266.673
07
PROGRAMA - ESFUERZOS UNIDOS RIESGOS REDUCIDOS 2.824.266.673
014
Resultado
Meta Resultado - Implementar la gestión del riesgo en las 15 provincias
del Departamento de Cundinamarca
15
Num
03
SUBPROGRAMA - ATENCIÓN OPORTUNA ANTE EL RIESGO 2.824.266.673
176
Producto
Meta Producto- Realizar en el cuatrienio acciones de mitigación para la
reducción del riesgo de desastres en el 80% de los municipios del
departamento de Cundinamarca
93
Num
93
100
2.824.266.673
Proyecto - Estudios detallados para la incorporación de la gestión del
riesgo para los municipios de Girardot, Ricaurte
2.824.266.673
GR:4:1-07-03-176
A.1.1 29780701 8-0950 20172401060022 01
Producto - Documentos con diseños de obra para la reducción y
mitigación del riesgo de desastres
2.326.618.193
GR:4:1-07-03-176
A.1.1 29780702 8-0950 20172401060022 02
Producto - Servicio de generación de alertas tempranas para la gestión del
riesgo de desastres
497.648.480
2.824.266.673
TOTAL ADICIÓN UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES

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