La garantía del trabajo decente a los jóvenes en el posconflicto en Colombia - El derecho colombiano y la apertura en los debates sociales contemporáneos - Libros y Revistas - VLEX 950961858

La garantía del trabajo decente a los jóvenes en el posconflicto en Colombia

AutorOmar Ernesto Castro, Darío Rodríguez Perdomo, Nataly Cabrera Laiseca, Evelyn Garnica Estrada
Páginas71-95
D
La garantía del trabajo
decente a los jóvenes en
el posconflicto en Colombia
OMA R ER NE ST O CA ST RO
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Introducción
urante muchos años, la población juvenil ha tenido gran relevancia en
la sociedad, como quiera que se piensa que este ciclo de la vida es
determinante, toda vez que es aquel en el que las personas se proyectan en
lo que quieren ser en el futuro, y ello lo hacen a través de la toma de
decisiones, en la que desempeña un papel fundamental el aspecto
socioeconómico, como bien lo ha considerado Pedraza (2008): “se han
diseñado y puesto en marcha diversas políticas que buscan establecer los
deberes y derechos de empleadores o empleados jóvenes” (p. 870).
Así las cosas, la noción de trabajo decente fue una manera de
manifestar el objetivo general de la Organización Internacional del Trabajo
(OIT), el cual se resume en fomentar oportunidades, tanto para hombres
como para mujeres, con el fin de que ellos logren obtener labores dignas y
decentes con derroteros de cumplimento en libertad, ecuanimidad y
precepto de seguridad. Es importante resaltar que esta organización se
unificó en cuatro objetivos estratégicos: satisfacción de derechos de los
sujetos de fuerza laboral, empleo, amparo y dialogías sociales, los cuales
proveen el fin que persigue el PTD.
La búsqueda de una respuesta consensuada al conflicto armado
colombiano ha atravesado periodos graduales de negociaciones políticas
con actores del conflicto como guerrilleros y paramilitares durante los
últimos treinta años. Cuando se hace un parangón con más países, respecto
a la eficacia del acuerdo consensuado con más actores del conflicto, se
observa que no cubrió a todos los actores. Asimismo, los mandatos de una
justicia transicional en Colombia han sido dispares, porque no hay sinergia
en la aplicación de esos mandatos, apelando a un modelo integral y
congruente. La estrategia de justicia transicional no es sólida y está en
continua construcción, mediante una serie instrumentos normativos y
políticos, durante el paso del tiempo y gran parte de estas se han
manifestado como respuesta a las dificultades en el diseño y ejecución de
las anteriores.
En su más reciente fase, este país tiene aproximadamente diez años de
experiencia en el planteamiento y ejecución de los métodos de justicia
transicional. Es necesario mencionar que, entre el 2005 y la actualidad, se
han tramitado diferentes leyes que han tenido como objetivo principal
formular políticas públicas y propender por la ejecución de métodos de
justicia en transicionalidad, en el ámbito penal y en la rendición de cuentas
los actores excombatientes, entre ellos, la elaboración de memoria no
judicial, el esclarecimiento de la verdad y la de la reparación a las personas
que han sido afectadas con el conflicto. En tres oportunidades se ha
modificado la estructura normativa frente a la desmovilización de
paramilitares rasos en calidad de combatientes y a ello se ha dado respuesta
a las decisiones de las cortes, lo cual tuvo fin con la acogida de la Ley 1424
de 2010. Por otro lado, en junio, se empezó a hablar por primera vez de la
Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, lo cual significó un
acontecimiento en lo que atañe a la atención y reparación integral de esta
población (Congreso de Colombia, 2011).
En ese sentido, es relevante mencionar el Programa de Trabajo
Decente (PTD), propuesto por Juan Somavia en la Conferencia Internacional
del Trabajo en 1999, el cual recogió todas las inquietudes de las personas

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