IFRS para PYMEs - Estándares/normas internacionales de información financiera (IFRS/NIIF) - Libros y Revistas - VLEX 927318090

IFRS para PYMEs

Páginas383-547
Preguntas analizadas
1. EL IFRS para PYMES. Definiciones básicas
2. Presentación de estados financieros
3. Instrumentos financieros
4. Inventarios
5. Inversiones
6. Propiedad, planta y equipo
7. Activos intangibles, combinaciones de negocios y plusvalía
8. Arrendamientos
9. Provisiones y contingencias
10. Pasivos y patrimonio
11. Ingresos ordinarios
12. Aplicaciones especiales
12.1 Subvenciones gubernamentales
12.2 Costos por préstamos
12.3 Pago basado-en-acciones
12.4 Deterioro del valor de los activos
12.5 Beneficios para empleados
12.6 Impuestos a los ingresos
12.7 Cambio de moneda extranjera
12.8
12.9 Eventos posteriores
12.10 Revelaciones sobre partes relacionadas
12.11 Actividades especializadas
13. Transición hacia el IFRS para PYMES
14. Preguntas y respuestas acerca
del IFRS para PYMES
* Basada en la serie de correos electrónicos
que sobre el IFRS para PYMES fue distribuida
por Deloitte (Colombia) en el segundo semes
tre de 2009. Los textos han sido revisados y
adecuados. Su publicación ha sido autorizada
por César Cheng, Socio Director General de
Deloitte & Touche Ltda., Colombia.
Objetivos
Contenidos principales
Sección tres
IFRS para PYMEs*
Presentar de manera esquemática los contenidos principales del IFRS para PYMES
[NIIF para PYMES]
Facilitar el acceso a los elementos principales del IFRS para PYMES [NIIF para PYMES]
Apoyar la implementación de los IFRS en las entidades de tamaño pequeño y mediano
Estándares/Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS/NIIF) Samuel Alberto Mantilla B.
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Nota de alerta
El 16 de diciembre de 2014 IASB nalizó sus discusiones técnicas sobre las enmiendas al IFRS
for SMEs [NIIF para Pymes] correspondientes al proceso de revisión comprensiva 2012-2014.
Ha iniciado la fase de redacción y aprobación del nuevo estándar nal, el cual se espera sea
emitido en la primera mitad del año 2015.
A la fecha de entrar a impresión esta quinta edición no se conocen de manera exacta las
reformas o los cambios que se realicen a este estándar. Se le solicita al lector estar atento a
ello a través del sitio web de IASB www.ifrs.org.
La información que se conoce (sujeta a cambios) señala que básicamente el estándar se
mantendrá igual si bien tiene algunos cambios importantes:
1. Actualización de la contabilidad del impuesto a las ganancias
Parece que el cambio más importante se dará en la Sección 29, la cual sería presentada en
una versión revisada.
El IFRS/NIIF para Pymes emitido en el año 2009 había anticipado el nuevo modelo de
contabilización del impuesto a los ingresos/ganancias. Pero como este modelo nalmente
no fue acogido en la revisión realizada al IAS/NIC 12, la Sección 29 original presenta una
diferencia importante en el modelo.
Parece que la revisión a la Sección 29 se alineará con el nuevo IAS/NIC 12.
Esto está a tono con la tendencia mundial de simplicar la contabilidad del impuesto a los
ingresos/ganancias, proceso en el cual FASB acaba de dar un paso importante.
Desde el punto de vista de la técnica contable la clave está en la identicación especíca
del activo’ cosa que no siempre es fácil ya sea porque la contabilidad no identica de
manera clara los activos o porque las normas tributarias no siempre generan impuestos
especícos relacionados con activos plenamente identicables.
En consecuencia, los cambios que se hagan pueden llegar a tener importantes implicaciones
para la práctica, siempre y cuando se tenga claridad en el principio subyacente: las diferencias
entre la base contable (IFRS/NIIF para Pymes) y la base tributaria (estatuto tributario) que son
las que dan origen a activos y pasivos tributarios diferidos.
2. Aplicación permitida del método del valor revaluado para propiedad, planta y equipo
Más por petición general que por realidad nanciera, parece que IASB va a permitir la
aplicación del método de valor revaluado para PPE.
Este tema ha sido uno de los obstáculos para la adopción, habida cuenta de la diferencia
importante entre el método local y el método de los IFRS/NIIF. La aceptación del método
por parte de IASB para las Pymes puede desencadenar un júbilo’ que luego puede llegar a
desencantos.’
En Colombia, por ejemplo, el método ha sido costo (menos depreciación y menos deterioro)
y valor revaluado (que no se deprecia ni se deteriora, y que se lleva por separado).
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IFRS para PyMES
De acuerdo con el IAS/NIC 16, el método de valor revaluado corresponde a la actualización
periódica del valor razonable del elemento de PPE, actualización que constituye ya sea
mayor o menor valor en libros y que tiene como contrapartida el superávit por revaluación’
que hace parte de la sección no-reclasicable de otros ingresos comprensivos). El valor
revaluado corresponde, entonces, al costo inicial más o menos el ajuste por el valor
razonable, y es sometido a depreciación y deterioro. Por consiguiente, cambia la afectación
de los costos de producción o de los gastos de administración, un tema muy sensible para
efectos de jación de precios y rentabilidad.
Como IASB no podrá contradecir al IAS/NIC 16 tendrá que aceptar para la PPE de las Pymes
ya sea el método del costo ó el método del valor revaluado. Pero de ninguna manera las
versiones locales como la colombiana.
Cuando las empresas se den cuenta de ello, el júbilo porque permitan el método del valor
revaluado para PPE les llevará a acoger el método del costo por su impacto en los costos: la
alternativa de decisión será si conviene inar patrimonios sacricando el sistema de costeo.
3. Uso del método de contabilidad del patrimonio
Un olvido de IASB que ha ido corrigiendo en los IFRS/NIIF Plenos y que muy seguramente
revisará en el de Pymes. Este es un método bastante aplicado a nivel internacional, no tanto
por lo fácil sino por el objetivo con el cual se realizan muchas inversiones.
4. Aclaración de la deniciones
El análisis de las cartas comentario permite concluir que han sido más las solicitudes de
aclaración y orientación particular que los pedidos de cambios de fondo al estándar.
Las principales aclaraciones solicitadas y los comentarios respectivos se presentan a
continuación.
(a) Capacidad duciaria
En realidad es más un problema de traducción que un error del estándar original.
La expresión original es duciary’ que algunos traducen equivocadamente como
deicomiso’ trust’). A consecuencia de ello algunos preparadores han entendido
que a tales entidades no es aplicable el IFRS/NIIF para Pymes. Las cartas comentario
le han solicitado a IASB aclaración y orientación sobre el tema. No está claro cómo
responderá IASB, ya sea modicando de alguna manera el estándar, incluyendo
una denición clara en el glosario o solicitando se elabore material educativo.
(b) Costo o esfuerzo indebido/desproporcionado
Hay la solicitud de importantes sectores por aclaración en este sentido. Parece que
el problema principal está en que las normas legales orientadas al cumplimiento’)
relacionadas con las NIIF las ahogan’ y no permiten que se exprese plenamente la
realidad nanciera.
No está claro cuál será la respuesta nal de IASB y posiblemente al respecto no
deban esperarse cambios mayores diferentes a que, mediante revelaciones, las
entidades muestren el uso que le han dado a esto y expliquen las razones para ello.
(c) Instrumentos nancieros básicos
Un acierto pedagógico del IFRS/NIIF para Pymes ha sido la diferenciación entre
instrumentos nancieros básicos e instrumentos nancieros más complejos,

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