El impacto de las audiencias virtuales en el debido proceso - Núm. 20-1, Enero 2021 - Revista Jurídica Piélagus - Libros y Revistas - VLEX 879407632

El impacto de las audiencias virtuales en el debido proceso

AutorArcadio Vicente Herrera Arvay
CargoProfesor Titular - Cátedra de Derecho Procesal Penal, Universidad Nacional de La Rioja - República Argentina
Páginas70-98
Revista Jurídica Piélagus, Vol. 20 No. 1 Enero junio de 2021 / Neiva (Huila) Colombia
Arcadio Herrera Arvay
Doctor en Ciencias Jurídicas y Sociales,
Profesor Titular - Cátedra de Derecho Procesal Penal,
Universidad Nacional de La Rioja, Argentina
aherreraarvay@unlar.edu.ar
El impacto de las audiencias virtuales en el debido proceso *
The impact of virtual hearings on due process
Recibido: 28/10/2020 Aprobado: 21/12/2020
DOI: 10.25054/16576799.2781
RESUMEN
Partiendo de una breve reseña del estado de situación de los sistemas judiciales en el
contexto de la pandemia de la COVID-19, se analiza el impacto de la utilización masiva
de la videoconferencia en el proceso penal. Se destaca la experiencia en los países
anglosajones sobre el uso de la telepresencia y se abordan algunas posiciones
jurisprudenciales relevantes sobre la constitucionalidad de las audiencias virtuales. Se
exponen las ventajas y desventajas de la utilización de la video tecnología apuntadas por
la escasa investigación empírica existente, y se analiza la posible afectación de las
garantías judiciales mínimas de los acusados.
PALABRAS CLAVE
Teleconferencia; Procedimiento Legal; Derecho Penal; Aplicación de la Ley; Derecho a
la Justicia.
ABSTRACT
Based on a brief review of the state of the judicial systems in the context of the COVID-
19 pandemic, the impact of the massive use of videoconferencing in criminal proceedings
is analyzed. The experience in Anglo-Saxon countries on the use of telepresence is
highlighted and some relevant jurisprudential positions on the constitutionality of virtual
audiences are addressed. The advantages and disadvantages of the use of video
technology pointed out by the scant existing empirical research are exposed, and the
possible impact on the minimum judicial guarantees of the accused is analyzed.
KEYWORDS
Teleconferencing; Legal Procedure; Criminal Law; Law Enforcement; Right to Justice.
* Artículo de reflexión.
Revista Jurídica Piélagus, Vol. 20 No. 1 Enero junio de 2021 / Neiva (Huila) Colombia
INTRODUCCIÓN
El fenómeno de la pandemia de la
COVID-19 (SACROI COVID-19),
produjo en forma simultánea la
paralización de la gestión de los sistemas
de justicia criminal en todo el mundo,
adoptando los estados el confinamiento
obligatorio como medida preventiva
para evitar el contagio masivo y
descontrolado de la población. En este
contexto de emergencia, los países
establecieron un régimen especial para
atender al servicio de justicia, donde los
tribunales comenzaron a operar en un
horario reducido (Arellano et al., 2020),
limitándose la actividad a los asuntos
urgentes. Las páginas oficiales de los
poderes judiciales reflejaban medidas
semejantes, con suspensiones y
aplazamientos de las audiencias de
comparecencia y de juicio, sin fijación
de nueva fecha para su realización
(CSJN, 2020), convirtiéndose la
situación excepcional en la regla.
Para mantener alejadas a las personas de
los tribunales de justicia, las inquietudes
debían remitirse por escrito, creándose
canales alternativos de comunicación,
particularmente virtuales. Las
comparecencias obligatorias, con
presencia física del acusado ante el juez,
previstas en los pactos y convenios
internacionales sobre derechos humanos
(Arellano et al., 2020), se estableció que
se realizarían mediante audiencias
virtuales (CSJN, 2020), utilizándose la
videoconferencia de manera masiva,
como nunca antes, especialmente con los
privados de la libertad (Arellano et al.,
2020).
1. LA TECNOLOGÍA DE
TELEPRESENCIA
La principal herramienta utilizada por
los tribunales para la comunicación
simultánea, sin contacto personal, es la
denominada tecnología de telepresencia.
Podría decirse de ésta que abarca un
conjunto diverso de tecnologías que
envían señales de datos a través de un
circuito, lo que permite a las partes en
ubicaciones remotas comunicarse en
tiempo real. Esto incluye el uso
individual de computadoras personales o
dispositivos móviles y aplicaciones
comerciales o educativas, con sistemas
diseñados para la colaboración y
reuniones de telepresencia (Gourdet et
al., 2020).
La tecnología de telepresencia permite
que un individuo o grupo de individuos
participen en procedimientos judiciales
de forma remota en lugar de presentarse
en la sala del tribunal en persona
(Convenio Iberoamericano sobre el Uso
de Videoconferencia en la Cooperación
Internacional entre Sistemas de Justicia,
2010, art. 2). La logística de la
telepresencia, para las audiencias
virtuales, consiste en que la persona que
no está en la sala de audiencias aparezca
en una pantalla ante el tribunal desde una
ubicación remota, donde se sienta frente
a un monitor con una cámara y un
micrófono que capturan datos de audio y
video, mientras que la sala del tribunal
cuenta con un equipamiento igualmente
configurado. Los datos se transmiten
entre la parte remota y la sala del tribunal
a través de una conexión de red, lo que
permite que los presentes en ambos
lugares se vean y se escuchen en tiempo
real. Algunos agregan que además se
requeriría qué, en el proceso penal, esta
comunicación sea de carácter

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