Resolución número 51305 de 2009, por la cual se resuelve un impedimento y se designa un funcionario ad hoc. - 1 de Octubre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 67840218

Resolución número 51305 de 2009, por la cual se resuelve un impedimento y se designa un funcionario ad hoc.

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Número de Boletín47489

(octubre 1°) por la cual se resuelve un impedimento y se designa un funcionario ad hoc.

El Superintendente de Industria y Comercio, en ejercicio de sus facultades legales y, en especial, las conferidas en el numeral 39 del articulo del Decreto 3523 de 2009 y en el articulo 30 del Codigo Contencioso Administrativo, CONSIDERANDO:

Primero. Que la Superintendente Delegada para la Proteccion del Consumidor, doctora Maria Teresa Pineda Buenaventura, mediante comunicacion dirigida al Superintendente de Industria y Comercio, de fecha 3 de agosto de 2009, se declaro impedida para resolver la queja presentada por el señor Jose Maria Neira Garcia, padre de su hijo, dentro del expediente numero 09-015856.

Segundo. Que el impedimento manifestado por la doctora Maria Teresa Pineda Buenaventura se fundamenta en los articulos 149 y 150, numeral 13, del Codigo de Procedimiento Civil, modificados por el Decreto 2282 de 1989, conforme los cuales "Los magistrados, jueces y conjueces en quienes concurra alguna causal de recusacion, deberan declararse impedidos tan pronto como adviertan la existencia de ella, expresando los hechos en que fundamenta. (...)" y "Son causales de recusacion las siguientes: (...) 13. Ser el juez, su conyuge o alguno de sus parientes indicados en el numeral 1, heredero o legatario de alguna de las partes, antes de la iniciacion del proceso". Tercero. Que el articulo 30 del Codigo Contencioso Administrativo establece como causales de recusacion, entre otras, las previstas para los jueces en el Codigo de Procedimiento Civil.

Cuarto. Que la funcion administrativa esta al servicio de los intereses generales de los administrados y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en el de imparcialidad consagrado en el articulo 209 de la Constitucion Politica, el cual se reitera y garantiza en el articulo 3º del Codigo...

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