Impuesto al consumo de bienes inmuebles - Núm. 2019, Enero 2019 - Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría - Noticias - VLEX 776149625

Impuesto al consumo de bienes inmuebles

AutorDaniel Barrios

La Ley de Financiamiento creó el impuesto nacional al consumo para la enajenación de bienes inmuebles, introducido en el artículo 512-22 del Estatuto Tributario (ET). La redacción de esta norma genera dudas sobre la estructura y aplicación del impuesto, que se espera sean aclaradas por el Gobierno mediante un decreto reglamentario. No obstante, a continuación se explican las características del nuevo impuesto al consumo.

Hecho generador

Está gravado con el impuesto al consumo la enajenación a cualquier título de bienes inmuebles, nuevos o usados, que superen las 26.800 UVT (COP $918.436.000 para 2019), incluidas las cesiones de derechos fiduciarios o de fondos que no coticen en bolsa con inmuebles como activo subyacente.

La norma excluye del impuesto la enajenación de predios rurales destinados a actividades agropecuarias, y de predios destinados a la ejecución de proyectos de vivienda de interés social y/o prioritario. Adicionalmente, están exentos los inmuebles destinados para equipamientos colectivos de interés público social que adquieran las entidades estatales o las que pertenezcan al régimen tributario especial.

Características del impuesto

Del artículo 512-22 del ET se puede interpretar que el impuesto lo asumirá económicamente el comprador del inmueble, el cual no podrá descontar o deducir el valor del impuesto; sin embargo, formará parte del costo del inmueble. El efecto práctico de esto es que el comprador podrá deducir del impuesto sobre la renta el impuesto al consumo pagado mediante gastos por depreciación del activo. Lo anterior teniendo en cuenta que (i) la depreciación solo aplica para las construcciones y edificaciones, pero no para los terrenos; (ii) la depreciación se limitará a la tasa anual del 2,22% establecida en el artículo 137 del ET; y (iii) las deducciones por depreciación estarán gravadas como renta líquida por recuperación de deducciones en caso de que el comprador enajene el bien antes del periodo...

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