Incoterms 2020 - Puertos y Transportes. Su aplicación en la Logistica - Libros y Revistas - VLEX 875631183

Incoterms 2020

AutorIndaburu Linares,César Hernando
Páginas25-63
INCOTERMS 2020
Capítulo 2
Capitán César Hernando Indaburu L.
PUERTOS Y TRANSPORTES Su aplicación en la Logistica
Capt. César Hernando Indaburu L.
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PUERTOS Y TRANSPORTES Su aplicación en la Logistica
Capt. César Hernando Indaburu L.
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Capítulo 2
Los Incoterms
La finalidad de los Incoterms es establecer un conjunto de reglas internacionales para la interpretación
de los términos más utilizados en el comercio internacional. De ese modo, podrán evitarse las
incertidumbres derivadas de las distintas interpretaciones de dichos términos en países diferentes o, por
lo menos, podrán reducirse en gran medida.
A menudo, las partes de un contrato tienen un conocimiento impreciso de las distintas prácticas
comerciales utilizadas en sus países respectivos. Esto puede dar pie a malentendidos, litigios y
procesos, con todo lo que implica de pérdida de tiempo y dinero. Para solucionar estos problemas, la
Cámara de Comercio Internacional publicó por primera vez en 1935 una serie de reglas internacionales
para la interpretación de los términos comerciales. Dichas reglas fueron conocidas con el nombre de
Incoterms 1936. Se han introducido modificaciones y añadidos en los años 1953, 1967, 1976, 1980,
1990, 2000, 2010 y actualmente en el 2020, a fin de ponerlas al día respecto de las prácticas comerciales
internacionales actuales.
Debe acentuarse que el alcance de los Incoterms se limita a los temas relativos a los derechos y
obligaciones de las partes del contrato de compraventa, en relación a la entrega de las mercancías
vendidas (en el sentido de “tangibles”, sin incluir las “intangibles” como e l software de ordenador).
Aparecen dos equivocaciones concretas en relación a los Incoterms que son muy frecuentes. Primera,
a menudo se interpreta incorrectamente que los Incoterms se aplican al contrato de transporte y no al
contrato de compraventa. Segunda, se da por sentado erróneamente que regulan todas las obligaciones
que las partes deseen incluir en el contrato de compraventa.
Como siempre ha subrayado la CCI, los Incoterms se ocupan sólo de la relación entre vendedores y
compradores en un contrato de compraventa y, más aún, sólo de algunos aspectos bien determinados.
Mientras que es esencial para los exportadores e importadores tomar en consideración la vinculación
práctica entre los diversos contratos necesarios para ejecutar una transacción de venta internacional -
donde no sólo se requiere el contrato de compraventa, sino también contratos de transporte, seguro y
financiación-, los Incoterms se refieren sólo a uno de esos contratos a saber, el contrato de compraventa.
No obstante, el acuerdo de las partes de utilizar un Incoterms particular tendrá necesariamente
consecuencias para otros contratos. Por mencionar sólo algunos ejemplos, un vendedor que ha
celebrado un contrato en términos CFR o CIF no puede cumplirlo con un modo de transporte diverso del
marítimo, puesto que bajo esos términos debe entregar un conocimiento de embarque u otro documento
marítimo al comprador, lo que no es posible si se utiliza otro modo de conducción. Además, el documento
exigido por el crédito documentario dependerá necesariamente del modo de transporte deseado.
Segundo, los Incoterms versan sobre un número de obligaciones específicas impuestas a las partes -
como la obligación del vendedor de poner las mercancías a disposición del comprador, entregarlas para
el transporte o consignarlas en destino- y sobre la distribución del riesgo entre las partes en esos casos.
Además, se ocupan de las obligaciones de despacho de las mercancías para la exportación y la
importación, el embalaje de las mercancías, la obligación del comprador de recibir la entrega, así como
proporcionar la prueba de que se han cumplido debidamente las obligaciones respectivas. Aunque los
Incoterms son sumamente importantes para el cumplimiento del contrato de compraventa, no se ocupan
en absoluto de un buen número de problemas que pueden ocurrir en el propio contrato, como la
transmisión de la propiedad y de otros derechos reales, el incumplimiento del contrato y sus
consecuencias, así como las exoneraciones de responsabilidad en ciertas situaciones. Debe destacarse
que los Incoterms no están pensados para reemplazar los términos contractuales necesarios en un
contrato de compraventa completo, bien mediante la incorporación de términos típicos como de términos
negociados individualmente.
Generalmente, los Incoterms no tratan de las consecuencias del incumplimiento del contrato ni de las
exoneraciones de responsabilidad debidas a causas diversas. Esas cuestiones deben resolverse a
través de otras estipulaciones del contrato de compraventa y de la ley aplicable.

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