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Si el Concejo del Distrito de Cartagena de Indias aprueba una tarifa nueva en el impuesto predial unificado el 10 de enero de 2011, ¿ésta se aplica para este año gravable?

AutorHarold Ferney Parra Ortiz
Cargo del AutorAbogado, especializado en derecho tributario y financiero
Páginas232-232
Cartilla Impuesto Predial Unif‌i cado232
Para los efectos de este Decreto, se establecen 4 tipos de actividad residencial, de
acuerdo con el área del lote.
2. EL USO INSTITUCIONAL: El uso institucional es aquel que se adelanta en
establecimientos destinados al funcionamiento de las instituciones nacionales,
departamentales, municipales y locales que prestan los diferentes servicios y
cumplen funciones constitucionales y legales requeridos para el soporte de todas
las actividades de la población.
3. EL USO COMERCIAL. El uso comercial es aquel que se adelanta en locales
y/o edif‌i caciones comerciales destinadas al intercambio mercantil de bienes y/o
servicios.
4. EL USO INDUSTRIAL. El uso industrial es aquel que se adelanta en locales, terrenos
y/o edif‌i caciones donde se realiza la extracción, explotación y/o transformación de
materias primas y ocasionalmente el intercambio de los bienes producto de dichas
operaciones. Supone la utilización de tecnologías modernas para la producción y
fabricación en serie.
5. EL USO TURÍSTICO. El uso turístico es aquel que se adelanta en locales, terrenos
y/o edif‌i caciones destinados a la industria turística, tal como lo establece y denomina
la Ley.
6. EL USO PORTUARIO. El uso portuario es aquel que se adelanta en establecimientos
y muelles marítimos y f‌l uviales que prestan servicios de atraque, cargue y descargue,
mantenimiento y abastecimiento de las embarcaciones destinadas a la navegación
marítima y/o f‌l uvial, requeridos para el soporte de las actividades económicas
de la ciudad (turismo, exportación e importación de materia prima y productos
terminados, transporte, deportes náuticos) y de manera particular al complejo
industrial de Mamonal.
(026) Si el Concejo del Distrito de Cartagena de Indias aprueba una tarifa nueva
en el impuesto predial unif‌i cado el 10 de enero de 2011, ¿ésta se aplica para este
año gravable?.
No, ocurriendo la causación del impuesto el primero de enero, del correspondiente
año f‌i scal, la nueva tarifa sólo tendría aplicación a partir del primero de enero del año
inmediatamente siguiente, es decir a partir del 2012.

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