Informe de conciliación al proyecto de ley número 385 de 2021 senado y número 399 de 2020- cámara por medio del cual se modifica parcialmente la ley 915 de 2004, se regula el comercio electrónico e-commerce en el departamento Archipiélago de San Andrés,Providencia y Santa Catalina - 9 de Diciembre de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879264410

Informe de conciliación al proyecto de ley número 385 de 2021 senado y número 399 de 2020- cámara por medio del cual se modifica parcialmente la ley 915 de 2004, se regula el comercio electrónico e-commerce en el departamento Archipiélago de San Andrés,Providencia y Santa Catalina

Fecha de publicación09 Diciembre 2021
Fecha09 Diciembre 2021
Número de Gaceta1809
Tipo de documentoColombian History Events
INFORMES DE CONCILIACIÓN
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXX - Nº 1809 Bogotá, D. C., jueves, 9 de diciembre de 2021 EDICIÓN DE 24 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l C o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE CONCILIACIÓN AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 385 DE 2021 SENADO
Y NÚMERO 399 DE 2020- CÁMARA
por medio del cual se modica parcialmente la Ley 915 de 2004, se regula el comercio electrónico
e-commerce en el departamento Archipiélago de San Andrés,
Providencia y Santa Catalina.
Doctora
JENNIFER KRISTIN ARIAS FALLA
Presidenta Cámara de Representantes
Ciudad
Doctor
JUAN DIEGO GÓMEZ JIMÉNEZ
Presidente Senado de la República
Ciudad
REF:
Informe de Conciliación al Proyecto de Ley No. Proyecto de Ley 385 de 2021 Senado y
número 399 de 2020- Cámara “por medio del cual se modifica parcialmente la Ley 915 de 2004,
se regula el comercio electrónico e-commerce en el departamento Archipiélago de San Andrés,
Providencia y Santa Catalina”.
Respetados Presidentes:
Conforme lo dispone el artículo 161 de la Constitución Política y el artículo 186 de la Ley 5ª. de 1992
y con el fin de dar cumplimiento a la designación realizada por las Mesas Directivas de ambas
Corporaciones, los integrantes de la Comisión de Conciliación, procedemos a realizar el estudio
comparativo de los textos aprobados en la Plenaria del Honorable Senado de la República y de la
Honorable Cámara de Representantes. De dicha revisión, se encontraron diferencias entre los textos
que fueron aprobados en cada una de las Cámaras. Una vez analizados ambos textos, decidimos
acoger el texto aprobado por el Senado de la República, en sesión del 09 de noviembre de 2021.
Es importante mencionar, que este Proyecto de Ley ha sido redactado e impulsado a través de una
serie de mesas de trabajo en las que participaron la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
del Departamento, diferentes gremios de comerciantes y la autora del proyecto. También es clave
resaltar que este proyecto se presenta como uno de los primeros pasos y de las primeras medidas
para promover la reactivación económica del Archipiélago. Aún hay mucho por trabajar, se requiere
del apoyo del Gobierno Nacional para solventar y mitigar la crisis sanitaria y económica en el
Departamento.
COMISION ACCIDENTAL- Las comisiones accidentales de conciliación están autorizadas para
superar las diferencias que se presenten en los proyectos de ley aprobados válidamente por las
plenarias de las corporaciones legislativas, estando habilitadas para modificar e inclusive adoptar
textos nuevos siempre y cuando se encuentren vinculados con la materia que dio origen al proyecto
de ley correspondiente y no impliquen su modificación sustancial. Por consiguiente, si las propuestas
de dicha comisión, aún tratándose de textos nuevos, guardan conexidad temática con los textos
aprobados por las cámaras, y por ende no alteran su sentido y finalidad, el texto correspondiente no
estará viciado de inconstitucionalidad. Además, es claro que la facultad para introducir modificaciones

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