Informe de ponencia negativa para primer debate del Proyecto de ley número 027 de 2021 de Cámara y 46 de 2021 Senado, por medio de la cual se expide la Ley de Inversión Social y se dictan otras disposiciones - 23 de Agosto de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879264017

Informe de ponencia negativa para primer debate del Proyecto de ley número 027 de 2021 de Cámara y 46 de 2021 Senado, por medio de la cual se expide la Ley de Inversión Social y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación23 Agosto 2021
Número de Gaceta1061
Página 26 Lunes, 23 de agosto de 2021 Gaceta del Congreso 1061
PARÁGRAFO 2. En ningún caso, los pronunciamientos del Comité Autónomo de la
Regla Fiscal serán vinculantes. Estos pronunciamientos deberán ser públicos.
PARÁGRAFO 3. El Comité Autónomo de la Regla Fiscal, en cumplimiento desus
funciones podrá solicitar la información que considere pertinente, sin perjuicio de las
disposiciones aplicables en materia de reserva legal. En el caso en que se les
solicite información a otras entidades, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público se
encargará de centralizar y gestionar estas solicitudes, con el fin de que sean
atendidas. La información en la que reposen datos personales, cuando sea
pertinente, será suministrada al Comité de forma anónima o en resúmenes
numéricos y estará sujeta a los principios de tratamiento de datos personales en lo
que corresponda.
Cuando el Ministerio de Hacienda y Crédito Público suministre información al Comité
Autónomo de la Regla Fiscal, le indicará los términos y condiciones en que se
deberá dar manejo a la información, cuando haya lugar a ello.
PARÁGRAFO 4. En los meses de abril y septiembre de cada año, el Comité
Autónomo de la Regla Fiscal radicará en las comisiones económicas del Congreso
de la República un informe sobre el ejercicio de sus funciones y atribuciones, y
atenderá a las consultas de dicha instancia legislativa.
PARÁGRAFO TRANSITORIO. Por una única vez, dos (2) de los miembros del
Comité serán designados por un período institucional de dos (2) años contados a
partir de la fecha de su designación. Estos miembros podrán volvera ser elegidos y
les aplicará el periodo de cuatro (4) años al que hace referencia este artículo, sin
que pueda ser prorrogado.
ARTÍCULO 68° VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente ley rige a partir de su
promulgación y deroga las siguientes disposiciones:
1. A partir de su promulgación deroga el parágrafo 4 del artículo 23-1, parágrafo 1 del
artículo 115 y numeral 3 del parágrafo 7 del artículo 240 del Estatuto Tributario,
artículos 3 y 6 de la Ley 1473 de 2011 y parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 2052
2. Transcurridos 5 años desde la entrada en vigencia del artículo 7 de la presente ley, y
de la derogatoria del parágrafo 1 del artículo 115del Estatuto Tributario, se faculta al
Gobierno nacional para evaluar los resultados y determinar la continuidad de estas
medidas bajo criterios de competitividad tributaria y económica, de generación de
empleo y preservar la estabilidad de las finanzas públicas.
3. A partir del 1 de enero de 2022 deroga el artículo 11 de la Ley 1473 de 2011.
4. A partir de su promulgación deroga los beneficios previstos en los artículos 40 y 45
5. A partir de su promulgación deroga los beneficios previstos en los numerales 1, 2, 4,
5, 6, 8, 9 del artículo 235-2 del Estatuto Tributario, los beneficios previstos en artículo
258-1 del Estatuto Tributario, los beneficios previstos en los literales a ,b, c, d, e, f, g,
i del parágrafo 5 del artículo 240 del Estatuto Tributario y el artículo 90 de la Ley
De los honorables congresistas,
IVÁN MARULANDA
Senador de la República
PArtido Alianza Verde CATALINA ORTIZ
Representante a la Cámara
Partido Alianza Verde
KATHERINE MIRANDA
Representante a la Cámara
Partido Alianza Verde
JUAN LUIS CASTRO
Senador de la República
Partido Alianza Verde
INFORME DE PONENCIA NEGATIVA PARA PRIMER DEBATE DEL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 027 DE 2021 DE CÁMARA Y 46 DE 2021 SENADO
por medio de la cual se expide la Ley de Inversión Social y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, 10 de agosto de 2021
Presidente
WILMER RAMIRO CARRILLO MENDOZA
Presidente Comisión Tercera
Cámara de Representantes
Ciudad
Asunto: Informe de ponencia negativa para primer debate del proyecto de ley 027 de
2021 de Cámara y 046 de 2020 Senado
Por medio de la cual se expide la ley de
inversión social y se dictan otras disposiciones”
Respetado señor presidente:
De conformidad con el encargo de la mesa directiva y en cumplimiento de la ley 5 de
1992 me permito presentar informe de ponencia negativa para primer debate al proyecto
de ley 027/2021 Cámara y 046/2020 Senado “
Por medio de la cual se expide la ley de
inversión social y se dictan otras disposiciones”
CARLOS ALBERTO CARREÑO MARIN
Representante a la Cámara
Partido Comunes
JUSTIFICACIÓN
ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
El Gobierno Nacional durante lo corrido de su mandato ha manifestado la necesidad de
aprobar diversas leyes de financiamiento y reformas tributarias con el objetivo crear
fuentes de financiación para el presupuesto de la Nación, y en el último año, para
mantener los programas creados durante la crisis ocasionada por el COVID19. En
consecuencia, el primer semestre del año se presenta una propuesta con la cual se
buscaba recaudar cerca de $24 billones de pesos, metiéndole la mano al bolsillo de los
colombianos de a pie y manteniendo los beneficios para el sector financiero y los grandes
capitales del país.
La reforma presentada por el Ex ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, bajo el
eufemístico nombre de “Solidaridad Sostenible”, causó tanto revuelo y malestar social no
sólo por lo inverosímil de la misma sino por una serie de problemas coyunturales que la
sociedad colombiana ha venido soportando, lo cual desencadenó una de las protestas
más amplias de la historia del país. Esta anti-reforma, que atentaba contra los principios
de equidad, eficiencia y progresividad, llevó a que los marchantes exigieran su retiro y
efectivamente el 05 de mayo el Gobierno Nacional hace esta solicitud al congreso.
Es así, como el mismo día del retiro el Ex ministro de Hacienda Alberto Carrasquilla
presenta su renuncia y es reemplazado por José Manuel Restrepo, el cual desde su
nombramiento prometió llegar con una reforma fiscal consensuada.
El pasado 20 de Julio es radicada la propuesta “Ley de Inversión social”, una reforma
tributaria que busca resolver problemas de flujo de caja y no con el propósito de mejorar
las condiciones de vida de la sociedad, siendo un proyecto confeccionado al gusto de los
intereses de los grandes capitales.
Mediante este proyecto se buscan introducir medidas de carácter tributario, con un
recaudo que asciende a $15.2 billones, incluyendo algunos elementos que pueden
configurarse como progresivos o que pretenden cerrar brechas de desigualdad tal, y
como lo indica la lógica neoliberal, característica de los gobiernos colombianos desde
inicios de la década de 1990, pero que no soluciona el problema fiscal estructural que
actualmente afronta el país.

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