Informe de ponencia positiva para segundo debate en Cámara de Representantes, pliego de modificaciones, texto propuesto y texto aprobado en primer debate en sesión ordinaria de la Comisión Quinta al Proyecto de Ley número 073 de 2023 Cámara, por medio de la cual se incorporan los humedales al Sistema de Gestión de Riesgos y al Sistema Nacional de Cambio Climático en su componente de adaptación, se adoptan mecanismos en las cuencas y se dictan otras disposiciones - 8 de Febrero de 2024 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 1027969712

Informe de ponencia positiva para segundo debate en Cámara de Representantes, pliego de modificaciones, texto propuesto y texto aprobado en primer debate en sesión ordinaria de la Comisión Quinta al Proyecto de Ley número 073 de 2023 Cámara, por medio de la cual se incorporan los humedales al Sistema de Gestión de Riesgos y al Sistema Nacional de Cambio Climático en su componente de adaptación, se adoptan mecanismos en las cuencas y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación08 Febrero 2024
Número de Gaceta53
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXIII - Nº 53 Bogotá, D. C., jueves, 8 de febrero de 2024 EDICIÓN DE 32 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
                
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA POSITIVA
PARA SEGUNDO DEBATE EN CÁMARA
DE REPRESENTANTES AL PROYECTO
DE LEY NÚMERO 073 DE 2023
CÁMARA
por medio de la cual se incorporan los humedales al
Sistema de Gestión de Riesgos y al Sistema Nacional de
Cambio Climático en su componente de adaptación, se
adoptan mecanismos en las cuencas y se dictan otras
disposiciones.
Bogotá, D. C., 22 de diciembre de 2023
Doctor
ANDRÉS DAVID CALLE AGUAS
Presidente Cámara de Representantes
Doctor:
JAIME LACOUTURE PEÑALOZA
Secretario General Cámara de Representantes
Bogotá, D. C.
Asunto: Informe de Ponencia para Segundo
Debate del Proyecto de Ley número 073 de 2023
Cámara.
Atendiendo a la designación que nos realizó la
Mesa Directiva, y en cumplimiento del mandato
constitucional y lo consagrado en la Ley 5ª de
1992, de manera respetuosa, por medio del presente
procedemos a rendir Informe de Ponencia Positiva
para Segundo Debate en Cámara de Representantes
al Proyecto de Ley número 073 de 2023 Cámara,
por medio de la cual se incorporan los humedales
al Sistema de Gestión de Riesgos y al Sistema
Nacional de Cambio Climático en su componente de
adaptación, se adoptan mecanismos en las cuencas
y se dictan otras disposiciones.
Cordialmente,
CONTENIDO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
1.1. Normatividad
1.2. Trámite del proyecto
1.3. Referencias: bibliografía
2. OBJETO DEL PROYECTO DE LEY
3. JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO DE
LEY
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3.2. Factores de presión sobre los humedales
3.3. Sobre los métodos y los caudales
ecológicos
3.4. La aproximación requerida: Sistemas
Socioecológicos, la Ecohidráulica y
Ecohidrología
3.5. El caudal ambiental, ecológico y biótico
Página 2 Jueves, 8 de febrero de 2024 G 53
3.6. Los sedimentos y su implicación en los
modelos
3.7. El suelo, su manejo y relación con el
ecosistema
3.8. Puentes donde no hay ríos y riesgos
calculables
3.9. ¿Qué medimos hoy en día?
3.10. Humedales emblemáticos
3.11. Integridad y sistemas biológicos
3.12. ¿Qué está pasando en otras latitudes?
3.13. Garantías ambientales y estrados judiciales
3.14. Cambios de perspectiva en la gestión y
manejo de cuenca y los reservorios
3.15. Sistemas socioecológicos
3.16. Articulación con el Plan de Desarrollo
2023-2026
4. CONCERTACIÓN Y MODIFICACIONES
PROPUESTAS AL PROYECTO DE LEY
5. CONVENIENCIA
6. CONFLICTOS DE INTERÉS
7. IMPACTO FISCAL
8. PLIEGO DE MODIFICACIONES
9. PROPOSICIÓN TEXTO PROPUESTO
SEGUNDO DEBATE
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
En la legislación colombiana, el concepto de
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de 1997, que aprueba la Convención Ramsar.
Esta ley es la única norma que de manera expresa
impone obligaciones al Estado colombiano para
la conservación y protección de los humedales,
considerados en su acepción genérica. Con todo,
si bien la Ley 99 de 1993 no hace uso del término
“humedal”, sí hace referencia a diferentes aspectos
de la regulación de los recursos hídricos y de los
ecosistemas con ellos relacionados. Se destaca,
en este sentido, el artículo 5° numeral 24 de la
Ley 99 de 1993 que establece la responsabilidad
del Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo
sostenible en la materia, ordenándose “regular las
condiciones de conservación y manejo de ciénagas,
pantanos, lagos, lagunas y demás ecosistemas
hídricos continentales”.
Lo anterior es fundamentado en el desarrollo
    
brindar línea jurisprudencial en aras de garantizar
los bienes ecosistémicos en especial frente a
los Humedales, que son bienes de uso público,
inembargables, imprescriptibilidad con prevalencia
del interés público, en coherencia con los Convenios
Internacionales sobre Derecho a la vida, salud,
bienestar y a la alimentación en conexidad con
el derecho fundamental al agua, Convención
Pacto internacional de Derechos Económicos,
sociales, y culturales de 1966, Derecho internacional
Humanitario, Derecho Internacional Público 1972,
Protocolo Carta Africana de Derecho humanos de
la mujer de 2003, Declaración de la Conferencia
del Mar de Plata - Naciones Unidas ONU AGUA,
en concordancia con la carta Política de 1991 en
sus artículos 1°, 2°, 6°, 7°, 11, 12, 13, 22, 29, 41,
43, 44, 49, 50, 52, 58, 63, 64, 65, 67, 70, 72, 78,
79, 82,93,94, y 102; Decreto Ley 2811 de 1974,
1594 de 1984, Ley 165 de 1994, Ley 357 de 1997,
de 2000, artículo 54 Decreto número 1076 de 2015,
artículo 104 Decreto número 469 de 2003, Decreto
número 2245 de 2017, y con Sentencias con línea
jurisprudencial frente a los Humedales por la Corte
Constitucional Convención Relativa a Humedales
Protección Ambiental C-582 de 1997, T- 666 de
2002, SU - 842 de 2013, Acción Popular 083 de
1995, Sentencia del Consejo de Estado CE SC
Radicado 1994 N 42642, todo en concordancia con
el Código Civil 66 y conforme a la Ley 165 de 1994
Convenio de Biodiversidad.
Que, el artículo 11 de la Ley 1931 de 2018 establece
que la articulación y complementariedad entre los
procesos de adaptación al cambio climático y gestión
del riesgo de desastres, se basará fundamentalmente
en lo relacionado con los procesos de conocimiento
y reducción del riesgo asociados a los fenómenos
hidrometeorológicos e hidroclimáticos y a las
potenciales modicaciones del comportamiento de
estos fenómenos atribuibles al cambio climático.
Esto aplicará para su incorporación tanto en los
Planes Integrales de Gestión Del Cambio Climático
Territoriales como en los Planes Departamentales
y Municipales de Gestión del Riesgo, y demás

111 de la Ley 1523 de 2012.
Que la misma ley en el artículo 4°, literal
(a) relaciona que el concepto de Adaptación
“Comprende el ajuste de los sistemas naturales
o humanos a los estímulos climáticos actuales o
         
    
En el caso de los eventos hidrometeorológicos la
Adaptación al Cambio Climático corresponde
a la gestión del riesgo de desastres en la medida
en que está encaminada a la reducción de la
vulnerabilidad o al mejoramiento de la resiliencia
en respuesta a los cambios observados o esperados
del clima y su variabilidad”.
1.1. Normatividad
En la legislación colombiana, el término humedal

aprueba la Convención Ramsar. Esta ley es la única
norma que de manera expresa impone obligaciones
al Estado colombiano para la conservación y
protección de los humedales, considerados en su
acepción genérica. Con todo, si bien la Ley 99 de
1993 no hace uso del término “humedal”, sí hace
referencia a diferentes aspectos de la regulación de
los recursos hídricos y de los ecosistemas con ellos
relacionados. Se destaca, en este sentido, el artículo

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