Instrucción Administrativa 00016 - 28 de Septiembre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43228090

Instrucción Administrativa 00016

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín46045

Para: Administraciones Especiales, Locales de Aduanas, de Impuestos y Aduanas, Delegadas de Impuestos y Aduanas y Delegadas de Aduanas.

De: Subdirector de Fiscalización Aduanera y Subdirector Técnico Aduanero.

Asunto: Programa "Subfacturación en importaciones de pilas eléctricas por declarar precios por debajo del margen inferior del rango establecido en las resoluciones de precios estimados. Código (PL)

Fecha: Septiembre 21 de 2005

Por medio de la presente Instrucción Administrativa se establece el procedimiento para la ejecución del programa "Subfacturación en importaciones de pilas eléctricas por declarar precios por debajo del margen inferior del rango establecido en las resoluciones de precios estimados. Código (PL).

La Subdirección de Fiscalización Aduanera en uso de las facultades legales, y en especial de las establecidas en el artículo 26 de Decreto 1265 del 13 de julio de 1999, el artículo 51 de la Resolución 5632 de julio 19 de 1999, en concordancia con los artículos 470 del Decreto 2685 de diciembre 28 de 1999, y 429, 430 y 431 de la Resolución 4240 de junio 2 de 2000 y la Subdirección Técnica Aduanera en uso de las facultades legales, y en especial de las establecidas en el artículo 24 del Decreto 1265 de 1999 y 86 de la Resolución 5632, establecen:

  1. Objetivo general

    Establecer la correcta determinación de la base gravable en las importaciones, de pilas eléctricas, sujetas a precios estimados y la correcta liquidació n y pago de los tributos a que hubiere lugar.

  2. Objetivos específicos

    § § A través de un estudio técnico de valor, determinar si existe subfacturación en las importaciones de Pilas Eléctricas, clasificables bajo las subpartidas 85.06.10.11.00 y 85.06.10.91.00 que fueron presentadas durante los años 2003 y 2004 y formular la correspondiente liquidación de revisión de valor, si es el caso.

    § § Adelantar las acciones necesarias, con el fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras en las importaciones de pilas eléctricas de las subpartidas contenidas en la Resolución de Precios Estimados número 9960 de noviembre 02 de 2004 y en caso dado formular la correspondiente liquidación de revisión de valor.

    § § Adelantar las respectivas acciones de control, relacionadas con la verificación del valor declarado en las importaciones de pilas eléctricas, sujetas a precios estimados que sean proferidas posteriormente a la Resolución 9960 de 2004.

  3. Fundamento legal

    § § Acuerdo de Valoración Aduanera, OMC

    § § Decisión 571 CAN

    § § Resolución 846 CAN

    § § Decreto 1265 de 1999

    § § Decreto 2685 de diciembre 28 de 1999 y normas que lo adicionen o modifiquen.

    § § Resolución 4240 de junio 2 de 2000 y normas que lo adicionen o modifiquen.

    § § Resolución 2200 de 2003.

    § § Resolución 1161 de mayo de 2002.

    § § Resolución de Precios Estimados número 9960 del 2 de noviembre de 2004.

    § § Orden Administrativa número 006 de 2002.

    § § Orden Administrativa número 005 de 2004.

  4. Criterios de selección

    4.1. Cobertura

    El programa se desarrollará en todas las Administraciones de Aduanas y de Impuestos y Aduanas Nacionales en cuya Jurisdicción se encuentre el domicilio fiscal de los importadores seleccionados.

    Anexo al presente, se remitirá listado de seleccionados los cuales se encuentran domiciliados en su totalidad en las ciudades de Medellín (15 Declaraciones de Importación); Bogotá (28 Declaraciones de Importación); Cali (37 Declaraciones de Importación); Pereira (6 Declaraciones de Importación); Santa Marta (1 Declaración de Importación); Barranquilla (13 Declaraciones); Cartagena (2 Declaraciones de Importación).

    4.2...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR