Instrucción Administrativa 21 - 20 de Septiembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43214115

Instrucción Administrativa 21

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Notariado y Registro
Número de Boletín45677

De: Superintendente de Notariado y Registro

Para: Señores Registradores de Instrumentos Públicos.

Asunto: Inscripción embargo sobre derechos y acciones.

Fecha: Septiembre 15 de 2004

Apreciados señores:

Esta Superintendencia ha tenido conocimiento de la diversidad de criterios que se han suscitado entre usuarios del servicio, despachos judiciales y las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, en relación con la inscripción de embargos de derechos y acciones herenciales.

Con el propósito de unificar el tema y a fin de que se preste un eficaz servicio, se hacen las siguientes precisiones:

Como es de su conocimiento, ha sido criterio reiterado de esta Superintendencia la improcedencia del registro de tales medidas en los folios de matrícula inmobiliaria correspondientes, teniendo en cuenta el contenido del inciso primero del artículo 681 del Código de Procedimiento Civil, salvo que se haya iniciado el proceso sucesorio como lo contempla el numeral 5 de la misma norma y se haya reconocido al ejecutado como heredero.

Tanto es así que al expedirse los diferentes actos administrativos por medio de los cuales se han creado los códigos para la calificación de los diferentes actos sujetos a registro, no se ha asignado uno para el embargo de derechos y acciones. Sólo se creó el número 0426, para la medida de tal naturaleza decretada proveniente de garantía hipotecaria, teniendo como soporte el mencionado artículo 681 y el 2441...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR