Instrucción Administrativa 24 - 20 de Diciembre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43231567

Instrucción Administrativa 24

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Notariado y Registro
Número de Boletín46128

Para: Señores Notarios

De: Superintendente de Notariado y Registro

Asunto: Resolución número 7200 de 2005, por la cual se actualizan las tarifas notariales, los rangos de los actos y el valor de los aportes para el año 2006.

Fecha: 15 de diciembre de 2005.

Estimado señor Notario:

Como usted sabe por esta época en virtud de la facultad señalada en los artículo 32 y 33 del Decreto 1681 de 1996 debo proceder a actualizar las tarifas notariales en el mismo porcentaje de la inflación esperada para el año que viene.

Dicha facultad está expresada en los siguientes términos:

¿Los valores absolutos de las tarifas notariales, los rangos de los actos y el valor de los aportes fijados en el presente decreto se incrementarán anualmente, el día primero (1°) de enero de 1998 y años subsiguientes, en el mismo porcentaje de la inflación esperada para el año correspondiente, según la meta que establezca la Junta Directiva del Banco de la República¿.

El artículo 33, ibídem, dice:

¿El Superintendente de Notariado y Registro estará facultado para reajustar los valores absolutos y las cuantías de que trata el artículo-anterior, ajustándolos a la decena más próxima¿.

Las citadas normas implican un entendimiento de valor absoluto. Como la antigua norma de interpretación en derecho dice que las palabras deben entenderse en su sentido natural y obvio este término, querrá decir que tal valor excluye toda relación.

Lo anterior explica por qué el índice de la inflación esperada no se aplica a aquellos valores de la tarifa que establecen una relación, como ocurre en aquellos casos en que se trata de un número referido a una porción de mil.

La inflación esperada para el año 2006 fue certificada, para todos los efectos legales, por la Junta Directiva del Banco de la República que la proyectó en el cinco por ciento (4.5%).

Así, la operación aritmética es sencilla: se trata de aplicarle a los valores absolutos que expresan el quantum del derecho notarial, o que sirvan para determinarlo, el porcentaje de la inflación certificada.

En todos los casos y para facilidad de la operación del pago se aproximaron los resultados a la decena más próxima.

Estructura de la resolución

La Superintendencia realizó esta vez un riguroso examen de la evolución de este sistema de ajuste tarifario desde 1998. El ejercicio sirvió para corregir algunas inconsistencias como fue el caso de los derecho notaria les fijados para la inscripción de los matrimonios en el Registro del Estado Civil de las Personas, que por algún error aparecía costando más en el exterior que en el territorio nacional.

Y también, lo cual constituye el resultado principal, se agruparon por materias semejantes, afines o complementarias las competencias o funciones notariales de manera que al más lego de los lectores de la resolución de tarifas le resultase clara, fácil y lógica la ubicación de su interés particular. El grupo de actuaciones que en ejercicio de la función notarial cumplen los Cónsules de Colombia en el exterior se dejó organizado en una misma sección.

Esta reestructuración resultó indispensable por cuanto, con el transcurso del tiempo, al asignarles la ley competencias y funciones nuevas a los notarios la organización originaria se fue dispersando de tal manera que volvió la tarifa un laberinto con riesgos múltiples para su aplicación y peligros frecuentes de confusión y aplicación incorrecta.

La metodología utilizada esta vez parte de un título general, seguido de un breve sumario donde se enuncian las actuaciones allí contempladas. El cuerpo de la resolución, en cuanto se trata de ajuste de tarifas, sólo se refiere a aquello que es susceptible de ajustarse. Por ello las normas referidas a guías interpretativas de la tarifa, a recomendaciones del buen hacer notarial, y el sistema de exenciones estarán ubicadas en la presente instrucción administrativa como parte del material pedagógico objeto del poder de instrucción.

Normas generales para una correcta interpretación de las tarifas

Pluralidad de actos o contratos solemnizados en un mismo instrumento. Siempre que en una misma escritura pública se consignen dos o más...

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