La mediación internacional en la primera mitad del siglo XX: una mirada desde el derecho internacional - Núm. 36, Enero 2013 - Revista Pensamiento Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 521631454

La mediación internacional en la primera mitad del siglo XX: una mirada desde el derecho internacional

AutorLaura Betancur Restrepo
Páginas205-241
LA MEDIACIÓN INTERNACIONAL EN LA PRIMERA MITAD DEL SIGLO xx
205
D
E
R
E
C
H
O
C
O
N
S
T
I
T
U
C
I
ó
N
Y
J
U
S
T
í
C
I
A
Laura Betancur Restrepo*
La mediación internacional en la primera mitad
del siglo XX: una mirada desde el derecho
internacional
International mediation in the first half of the twentieth
century from the perspective of international law
Fecha de recepción: 7 de mayo de 2013
Fecha de aceptación: 28 de mayo de 2013
RESUMEN
Si bien la mediación internacional
es uno de los mecanismos más
antiguos de resolución de conictos
y ha sido y continúa siendo
ampliamente utilizado en la práctica
internacional, hay pocos estudios
contemporáneos serios y profundos
sobre el tema hechos desde el derecho
internacional. En este artículo se
busca dar una mirada histórica
desde el derecho internacional para
examinar la manera como la doctrina
internacionalista se reere a la
mediación internacional durante la
primera mitad del siglo XX, teniendo
en cuenta tres momentos particulares:
las Conferencias de Paz de La
Haya, la creación de la Sociedad de
Naciones y la creación de la ONU. Se
pretende determinar qué elementos
ABSTRACT
Even though international mediation
is one of the oldest mechanisms of
dispute settlement and has been
and continues to be widely used
in international practice, there are
few serious and profound studies
that deal with the subject from an
international law point of view. This
article seeks to provide a historical
perspective from international law
in order to examine how the scholars
refer to international mediation
during the rst half of the twentieth
century, taking into account three
particular moments: the Hague Peace
Conferences, the creation of the
League of Nations and the creation of
the UN. The aim is to determine what
elements constitute and dierentiate
it from other mechanisms and
* Abogada y lósofa Universidad de Los Andes Bogotá Colombia DSU Droit International Public
Universit́ Paris  Panth́onAssas París Francia DEA Droit International et Organisations
Internationales Universit́ Paris  Panth́onSorbonne París Francia Candidata a doctorado en
Derecho Universidad de Los Andes Bogotá Colombia Correo electrónico lbetancuruniandes
edu.co
L
AURA
B
ETANCUR
R
ESTREPO
206
P
E
N
S
A
M
I
E
N
T
O
J
U
R
í
D
I
C
O
36
PENSAMIENTO JURÍDICO, NO. 36, ENERO - ABRIL, BOGOTÁ, 2013, PP. 205 - 241
1. JUSTIFICACIÓN DE UN ESTUDIO HISTÓRICO DE LA MEDIACIÓN
El derecho internacional contemporáneo tiene como propósito principal
el mantenimiento de la paz y de la seguridad internacionales Preámbulo
y artículo  de la Carta de las Naciones Unidas y para lograrlo se basa en
particular en la prohibición del uso de la fuerza armada artículo    y en
la obligación de resolver las controversias por medios pacícos artículo  
 La obligación de resolver pacícamente las controversias y los diferentes
mecanismos con que cuentan las partes para lograrlo son entonces unas
de las áreas principales del derecho internacional. Sin embargo, su estudio
de manera tradicional se ha enfocado en los mecanismos más formales
o de solución obligatoria como lo son el arbitraje y la adjudicación o
arreglo judicial. Esto contrasta con el variado abanico de posibilidades que
ofrecen numerosos instrumentos jurídicos internacionales, dentro de los
cuales también se encuentran los mecanismos denominados alternativos,
diplomáticos o no formales, como la mediación internacional, los buenos
ocios las comisiones de investigación y la conciliación internacional
El poco interés en delimitar y depurar el estudio de estos mecanismos desde
una perspectiva jurídica internacional, contrasta con la pertinencia y urgencia
evidentes en el contexto internacional y nacional, de un conocimiento
adecuado de los mecanismos disponibles, sus alcances y limitaciones. En el
último año en Colombia hemos presenciado con particular contundencia,
la necesidad de tener claridad y precisión jurídica sobre los mecanismos
de solución de conictos que propone el derecho internacional y que son
importantes no solo para sortear adecuadamente situaciones jurídicas
interestatales sino tambín para evaluar y determinar las formas pacícas
la constituyen y la diferencian de los
otros mecanismos y la forma en que
se aborda su estudio, para ver si ello
puede ayudar a explicar las razones
que explícita o tácitamente tenían
los doctrinantes internacionalistas
de la época para centrar o alejar su
atención del estudio de la mediación
internacional.
Palabras clave: mediación interna-
cional resolución pacíca de con-
ictos derecho internacional me-
canismos alternativos de solución de
controversias, historia del derecho
internacional.
how its study is addressed, to see
whether this can help explain the
reasons that explicitly or tacitly the
internationalist scholars of the time
had in order to focus or turn their
attention away from the study of
international mediation.
Key words: international mediation,
pacic dispute settlement interna-
tional law, alternative dispute mecha-
nisms, history of international law.
LA MEDIACIÓN INTERNACIONAL EN LA PRIMERA MITAD DEL SIGLO xx
207
D
E
R
E
C
H
O
C
O
N
S
T
I
T
U
C
I
ó
N
Y
J
U
S
T
í
C
I
A
más adecuadas y favorables de terminar el conicto armado interno Sobre
este último punto, en medios y momentos diversos, personalidades públicas,
académicos o políticos han hecho llamados que invitan a acoger o a rechazar
una mediación internacional clara y directa para ayudar a resolver el conicto
armado interno colombiano o para participar activamente en una eventual
etapa de postconicto y aplicación de acuerdos logrados en procesos de paz
Pero a menudo vemos que estos llamados se hacen utilizando menciones
ambiguas o equívocas sobre el tipo de participación externa que se requiere, el
rol o mandato que se le otorga o debería otorgar a los participantes externos y
sobre a qú se reeren concretamente con mediación internacional quienes
lo ven como la panacea o quienes le temen y rechazan por verlo como una
intromisión indeseada en asuntos internos.
Para poder esclarecer esta confusión de términos y los alcances de la mediación
internacional como mecanismo de resolución de conictos resulta entonces
esencial entender qué se entiende por mediación internacional y cómo
se ha delimitado clasicado y denido desde una perspectiva de derecho
internacional. En este sentido resulta relevante hacer estudios históricos
que permitan ver cómo se ha modelado, limitado y estudiado la mediación
internacional. Este artículo es un primer esfuerzo histórico por determinar
cómo se ha entendido en el derecho internacional este mecanismo1.
2. OBJETIVO DEL ARTÍCULO
Este artículo busca estudiar cómo la doctrina internacionalista se reere
a la mediación internacional como mecanismo de resolución pacíca
de conictos qú elementos la constituyen y la diferencian de los otros
mecanismos, la forma en que se aborda su estudio y ver si ello puede ayudar
a explicar las razones, que explícita o tácitamente, tienen los doctrinantes
internacionalistas para centrar o alejar su atención de la mediación
internacional y qué quieren decir con eso. Para eso se tratará de determinar los
elementos característicos que la doctrina de la época emplea para diferenciar
o clasicar los diversos mecanismos de resolución de controversias y ver
1 Vale la pena precisar que, a pesar de la relevancia coyuntural local de la mediación internacional
             
en la aplicación interestatal de la mediación internacional. Esto se debe a que durante el periodo
      
      
       
            
            



Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR