Universidad Popular del Cesar Acuerdo número 002 de 2012, por medio del cual se ija el calendario de elecciones internas de la Universidad Popular del Cesar Seccional Aguachica para representantes ante el Consejo de Programa y el Comité de Bienestar Universitario convocadas mediante Resolución número 0636 del 9 de abril de 2012. - 20 de Agosto de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 394812814

Universidad Popular del Cesar Acuerdo número 002 de 2012, por medio del cual se ija el calendario de elecciones internas de la Universidad Popular del Cesar Seccional Aguachica para representantes ante el Consejo de Programa y el Comité de Bienestar Universitario convocadas mediante Resolución número 0636 del 9 de abril de 2012.

EmisorEntes Universitarios Autónomos
Número de Boletín48528
11
Edición 48.528
Lunes, 20 de agosto de 2012 D I A R I O O F I C I A L
Que el artículo 166 de la Ley 1448 de 2011 crea la Unidad para la Atención y Reparación
Integral a las Víctimas como una Unidad Administrativa Especial con el objetivo de coordinar
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a la ejecución e implementación de la política pública de atención, asistencia y reparación integral
a las víctimas asumiendo la coordinación de políticas encaminadas a satisfacer los derechos a
la verdad, justicia y reparación de las víctimas;
Que en virtud de la Ley 1448 de 2011, Ley 387 de 1997, el Decreto número 2569 de 2000,
el Decreto número 250 de 2005, la Sentencia T-025 de 2004 y sus Autos de Seguimiento, así
como el Plan Nacional de Desarrollo, establece a la Unidad para la Atención y Reparación
Integral a las Víctimas, como Coordinador del Sistema Nacional de Atención y Reparación a
las Víctimas (SNARIV);
Que la Ley 1448 de 2011 en su artículo 60 dispone que la atención a las víctimas del despla-
zamiento forzado se guiará por lo contemplado en la misma y se complementará con la política
pública de prevención y estabilización socioeconómica de la población desplazada establecida
en la Ley 387 de 1997 y demás normas que lo reglamenten, al igual que, en el marco de las
garantías de no repetición, en su artículo 149 menciona que el Estado colombiano adelantará
la prevención de violaciones contempladas en el artículo 3°, para lo cual, ofrecerá especiales
medidas de prevención a los grupos expuestos a mayor riesgo;
Que de igual manera, el artículo 168 de la Ley 1448 de 2011 establece que la Unidad Adminis-
trativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas coordinará de manera ordenada,
 

implementación de la política pública de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas
y asumirá las competencias de coordinación señaladas en las Leyes 387, 418 de 1997, 975 de
2005, 1190 de 2008, y en las demás normas que regulen la coordinación de políticas encaminadas
a satisfacer los derechos a la verdad, justicia y reparación de las víctimas;
Que por lo anteriormente expuesto y en cumplimiento de los objetivos de la Unidad Adminis-
trativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, a través de las actividades
de: i) asistencia y atención a la población víctima; ii) Coordinación al Sistema Nacional de
Atención y Reparación a las Víctimas (SNARIV), y iii) administración del Fondo de Reparación
para las Víctimas, lo cual implica la obligación de trasladarse a los colaboradores de la Entidad
a las distintas regiones del país; de la misma manera se deben intercambiar experiencias, reci-
bir capacitaciones y participar en eventos internacionales, por lo cual es necesario adelantar y
cumplir a cabalidad la selección del contratista más adecuado para la entidad que provea tiquetes
aéreos a los diferentes destinos nacionales e internacionales que la entidad requiera, así como
el acompañamiento y la prestación de servicios adicionales, operativos, logísticos y de asesoría
inherentes al servicio de transporte aéreo;
Que la Ley 1150 de 2007, establece como una de las causales para que proceda la modalidad
de selección abreviada el literal h), el cual corresponde a: “Los contratos de las entidades, a
cuyo cargo se encuentre la ejecución de los programas de protección de personas amenazadas,
programas de desmovilización y reincorporación a la vida civil de personas y grupos al margen
de la ley, incluida la atención de los respectivos grupos familiares, programas de atención a
población desplazada por la violencia, programas de protección de derechos humanos de grupos
de personas habitantes de la calle, niños y niñas o jóvenes involucrados en grupos juveniles
que hayan incurrido en conductas contra el patrimonio económico y sostengan enfrentamientos
violentos de diferente tipo, y población en alto grado de vulnerabilidad con reconocido estado
de exclusión que requieran capacitación, resocialización y preparación para el trabajo, incluidos

Que bajo la anterior premisa, el proceso se adelantará bajo la modalidad de selección abre-
viada de menor cuantía, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.2.7.1 del Decreto
número 734 de 2012, en la medida en que dicha norma señala que “Los contratos a los que se
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relacionados con el desarrollo o ejecución de los proyectos allí señalados, se celebrarán por
parte de la entidad estatal competente haciendo uso del procedimiento previsto para la selección
abreviada de menor cuantía”;
Que lo anterior, teniendo en cuenta que la Unidad para la Atención y Reparación Integral de
las Víctimas tiene entre sus funciones la asistencia y atención a víctimas, así como la coordinación
del Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas y administración del Fondo de
Reparación de Víctimas, entre otros aspectos;
Que de acuerdo con el numeral 1 del artículo 1° de la Resolución número 005 del 30 de
enero de 2012, la Directora de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas,
delega en el Secretario General la  y  
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
Que de conformidad con el artículo 3° de la Ley 80 de 1993: “Los servidores públicos ten-
drán en consideración que al celebrar contratos y con la ejecución de los mismos, las entidades

públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con

En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Ordenar la apertura de la Selección Abreviada de Menor Cuantía número 02 de
2012, la cual tiene por objeto: Prestar el suministro de tiquetes aéreos nacionales e internacionales
cuando la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas
lo requiera para atender las necesidades de desplazamiento de sus colaboradores.
Artículo 2°. De conformidad con el artículo 2.2.2 del Decreto número 734 de 2012, el cro-
nograma del proceso es el siguiente:
CRONOGRAMA
ACTIVIDAD FECHA LUGAR
1AVISO DE
CONVOCATORIA 17 de julio de 2012 www.contratos.gov.co
Portal Único de Contratación
2
PUBLICACIÓN DEL PRO-
YECTO DE PLIEGOS DE
CONDICIONES Y DE ESTU-
DIOS PREVIOS
17 de julio de 2012 www.contratos.gov.co
Portal Único de Contratación
ACTIVIDAD FECHA LUGAR
3
OBSERVACIONES AL PRO-
YECTO DE PLIEGO DE
CONDICIONES
19 de julio de 2012

Avianca, ventanilla del Piso 19, en la
Unidad para la Atención y Reparación
Integral a las Víctimas o al correo
electrónico
www.contratosauariv@dps.gov.co
4
PUBLICACIÓN DEL PLIEGO
DE CONDICIONES
DEFINITIVOS Y RESOLU-
CIÓN DE APERTURA DEL
PROCESO
23 de julio de 2012 www.contratos.gov.co
Portal Único de Contratación
5
AUDIENCIA DE ACLARA-
CIÓN DE PLIEGOS DEFI-
NITIVOS Y AUDIENCIA DE
RIESGOS
26 de julio de 2012
10:00 a. m.
     
ventanilla del Piso 19, en la Unidad
para la Atención y Reparación Integral
a las Víctimas
5
OBSERVACIONES AL PLIE-
GO DE CONDICIONES DE-
FINITIVO
Del 23 de julio al 8 de
agosto de 2012
Hasta las 4:00 p. m.

Avianca, ventanilla del Piso 19, en la
Unidad para la Atención y Reparación
Integral a las Víctimas o al correo
electrónico
www.contratosauariv@dps.gov.co
6
RESPUESTA A LAS OBSER-
VACIONES DEL PLIEGO DE
CONDICIONES
9 de agosto de 2012 www.contratos.gov.co
Portal Único de Contratación
7
INSCRIPCIÓN DE OFEREN-
TES (MANIFESTACIÓN DE
INTERÉS)
Hasta el 26 de julio de
2012 a las 5:00 p. m.

Avianca, ventanilla del Piso 19, en la
Unidad para la Atención y Reparación
Integral a las Víctimas o al correo
electrónico
www.contratosauariv@dps.gov.co
8
SORTEO EN EL EVENTO DE
SER MÁS DE 10 LOS INTE-
RESADOS
27 de julio de 2012 a las
3:00 p. m.

ventanilla del Piso 19, en la Unidad para
la Atención y Reparación Integral a las
Víctimas
9PLAZO PARA PRESENTAR
OFERTAS
Desde el 30 de julio
hasta el 10 de agosto de
2012 4:00 p. m.

ventanilla del Piso 19, en la Unidad
para la Atención y Reparación Integral
a las Víctimas
10 EVALUACIÓN DE OFERTAS
(COMITÉ ASESOR)
Del 13 de agosto al 22
de agosto de 2012

ventanilla del Piso 19, en la Unidad para
la Atención y Reparación Integral a las
Víctimas
11 PUBLICACIÓN INFORME DE
EVALUACIÓN 23 de agosto de 2012 www.contratos.gov.co
Portal Único de Contratación
12
FORMULACIÓN DE OBSER-
VACIONES AL INFORME DE
EVALUACIÓN
Del 24 de agosto al 28
de agosto de 2012 4:00
p. m.

Avianca, ventanilla del Piso 19, en la
Unidad para la Atención y Reparación
Integral a las Víctimas o al correo
electrónico
www.contratosauariv@dps.gov.co
13 ADJUDICACIÓN DEL CON-
TRATO 31 de agosto de 2012 www.contratos.gov.co
Portal Único de Contratación
14 SUSCRIPCIÓN DEL CON-
TRATO 3 de septiembre de 2012

ventanilla del Piso 19, en la Unidad para
la Atención y Reparación Integral a las
Víctimas

y Reparación Integral a las Víctimas o a petición de los proponentes participantes observando
Artículo 3°. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 270 de la Constitución Política de
2.2.2, numeral 5 del Decreto número 734 de 2012, se convoca a todas las veedurías Ciudadanas
a ejercer control social al presente proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía.
Artículo 4°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 23 de julio de 2012.

(C. F.).
ENTES UNIVERSITARIOS AUTÓNOMOS
Universidad Popular del Cesar
ACUERDOS
(abril 10)
   
  

El Tribunal de Garantías Electorales, en uso de sus atribuciones legales, estatutarias, y

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