La inversión extranjera en la actualización del modelo económico cubano con empresas amigables con el ambiente - Núm. 25, Diciembre 2015 - Revista Advocatus - Libros y Revistas - VLEX 937327312

La inversión extranjera en la actualización del modelo económico cubano con empresas amigables con el ambiente

AutorAlcides Francisco Antúnez Sánchez
CargoProfesor Auxiliar. Máster en Derecho de la Empresa. Facultad de Ciencias Económicas y Sociales. Universidad de Granma. República de Cuba. Trabajo de investigación vinculado a la tesis doctoral del autor, integrando el Derecho Mercantil con la política ambiental cubana. Email: aantunez@udg. co.cu, antunez63@nauta.cu
Páginas252-272
ADVOCATUS | VOLUMEN 12 No. 25: 255 - 272, 2015 | UNIVERSIDAD LIBRE SECCIONAL | BARRANQUILLA
La inversión extranjera
EN LA ACTUALIZACIÓN
DEL MODELO ECONÓMICO CUBANO
CON EMPRESAS AMIGABLES CON EL AMBIENTE
Foreign investment
IN UPDATING THE CUBAN ECONOMIC MODEL WITH
ENVIRONMENTALLY FRIENDLY COMPANIES
RESUMEN ABSTRACT
ALCIDES FRANCISCO
ANTÚNEZ SÁNCHEZ
Se realiza un análisis histórico de la inver-
sión extranjera desde la óptica del Dere-
cho Mercantil a partir de los orígenes de
esta rama del derecho y su aplicación en
la nación cubana. De todos los problemas
ambientales acumulados dentro del sector
estatal cubano desde el triunfo del proyecto
social hasta el siglo XXI reconocidos por la
Administración Pública, con una industria
obsoleta y heterogénea, necesitada de re-
novación y actualización, que implemente
las tecnologías limpias y aplique las herra-
mientas de gestión para lograr empresas
amigables con el ambiente, en pos de ha-
cerlas más competitivas y sostenibles en la
actualización del modelo económico, pero
muy descapitalizada, por lo que necesita de
capitalización.
Con las modicaciones surgidas a partir de
la actualización del nuevo modelo econó-
mico y la aprobación de una nueva norma
legal en materia de inversión extranjera, el
Estado apuesta por la modernización de la
industria estatal con respeto al medio am-
biente y con ello lograr un desarrollo sos-
tenible.
Palabras claves: Inversión extranjera, Em-
presa amigable con el ambiente, desarrollo
sostenible.
e Cuban accomplishes a historic analysis
of the foreign investment from the optics of
e Mercantile right as from the origins of
this branch of the right and his application
at the nation herself. Of all of the environ-
mental problems accumulated within the
public sector Cuban from the triumph of
the social project to the century XXI recog-
nized by the Public Administration, with
an obsolete and heterogeneous, needed in-
dustry of renewal and bringing up to date,
that you implement the clean technologies
and you apply the tools of step to achieve
friendly enterprises with the environment,
in behind doing them more competitive
and sustainable in the bringing up to date
of the economic model, but very underca-
pitalized, which is why you are in need of
capitalization.
With the happened modications as from
the bringing up to date of the new cost-re-
ducing model and the approval of a new
legal standard on the subject of foreign
investment, the State bets on the moder-
nization of the state-owned industry with
respect to the ambient midway and with it
achieving a sustainable development.
Keywords: Foreign investment, Friendly
company with the environment, Sustaina-
ble development.
Profesor Auxiliar. Máster
en Derecho de la Empresa.
Facultad de Ciencias
Económicas y Sociales.
Universidad de Granma.
República de Cuba.
Trabajo de investigación
vinculado a la tesis docto-
ral del autor, integrando el
Derecho Mercantil con la
política ambiental cubana.
Email: aantunez@udg.
co.cu, antunez63@nauta.cu
Recibido:
Aceptado:
15 de julio de 2015
13 de agosto de 2015
LA INVERSIÓ N EXTRANJ ERA EN LA ACTUAL IZACIÓN DEL MOD ELO ECONÓMICO CUBANO C ON EMPRESAS AMIG ABLES CON EL AMBIEN TE
ADVOCATUS | VOLUMEN 12 No. 25: 255 - 272, 2015 | UNIVERSIDAD LIBRE SECCIONAL | BARRANQUILLA
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Ojeada histórica al desarrollo de la inver-
sión extranjera en el derecho mercantil cu-
bano
La isla de Cuba al ser descubierta en 1492,
tras la conquista de España, perm itió el inicio
de las relaciones comerciales entre las Indias
y la Metrópoli en el siglo XVI. Quienes, con
su llegada quisieron implantar el régimen vi-
gente en España, se encontraron con que sus
aborígenes no conocían la producción. Para
ello, resolvieron esta situación con el reparto
de tierras, de las minas e indios a sus acom-
pañantes españoles en esta conquista. Para
esto introdujeron las encomiendas de indios,
como una de las variantes de la esclavitud en
este momento histórico.
Estos sucesos, permitieron el comienzo del
desarrollo del tráco mercantil entre las In-
dias y la Metrópoli, lo que permitió armar,
que el desarrollo del comercio en el país tenía
aproximadamente siglos de diferencia con el
proceso evolutivo que tuvo lugar en el res-
to de los países, por ejemplo, el Intercambio
Mercantil, desarrollado a base de las merca-
derías que España enviaba a las colonias y el
oro exportado por esta hacia la metrópoli.
De ahí que para el control de toda esta ex-
plotación comercial de las colonias, se creó la
Casa de Contratación de Sevil la desde el 1503
hasta 1524, la que surge como el instrumento
regulador entre las relaciones económicas de
España y América. Esta Ca sa de Contratación
de Sevilla fue un órgano con funciones sca-
les y mercantiles, órgano de administración
de justicia competente para conocer tanto
asuntos civiles como crimina les. Al decir de
Hernández Más ( ), la casa actuaba como co-
merciante, únicamente en todo lo relativo a la
importación y exportación. Para esto, en 1524
se crea el Consejo de Indias, órgano encarga-
do de la dirección suprema en la gobernación
de las Colonias Españolas, con la más alta
jerarquía en los negocios del Nuevo Mundo.
(Cañizares, 2012).
Otra de las características a señalarse, es que
las normas jurídicas en materia mercantil
procedían de las autoridades españolas que
controlaban Las Indias, toda vez que para
ello fue ordenada la Recopilación de las Le-
yes de Indias que duró desde el 1570 a 1680.
Se plantea por Hernández Más ( ), que ado-
leció de errores, toda vez que fue redactada
para facilitar la labor de jueces y mag istrados,
pues contenía solo las normas más conserva-
doras e importantes en su tiempo, dejándose
por fuera una buena parte del contenido del
Derecho de India, la que fue publicada un si-
glo después de algunas disposiciones que la
integraron, por lo que se convirtieron en leyes
acatadas pero no aplicadas, tratándose en el
Libro Cuarto, entre otros aspectos, lo referen-
te al comercio.
Ya para el año 1573 se redactan las Ordenan-
zas de Cáceres, conformadas por el abogado
español Alfonso de Cáceres; fue este el primer
cuerpo legal redactado desde Cuba y para
Cuba; en dicho cuerpo se regula el comercio
en las villas hasta el 18541. Antes de nalizar
el siglo XVI los colonos comprobaron que las
riquezas mineras en la isla eran pocas y que
1. Lecturas c onstitucionales an dinas AA.VV. (2005). Te-
mas de Derech o Mercantil Cuban o, tomos I-II, Editorial
Félix Varela, La Ha bana.

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