La evaluación de la investigación jurídica en México. Observaciones al mecanismo de evaluación del CONACYT - Núm. 2013-2, Julio 2013 - Precedente. Anuario Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 492786450

La evaluación de la investigación jurídica en México. Observaciones al mecanismo de evaluación del CONACYT

AutorMaría Amelia Solórzano Peña/Ramiro Contreras Acevedo
Páginas121-170

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Introducción

En México, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT)1 lleva a cabo, desde hace 41 años, la labor de coordinador y evaluador de la política nacional de ciencia, tecnología e innovación. La mayoría de los países latinoamericanos tienen un organismo con unas funciones y una responsabilidad equivalentes en lo que respecta a la producción de conocimiento2.

Las páginas siguientes hablan de la producción de la ciencia jurídica en México, y de los instrumentos para evaluarla. En discusiones sobre los logros de CONACYT, Pérez Tamayo (quien cuenta con 70 años de experiencia) ha señalado que el sistema de evaluación de los científicos mexicanos requiere de una revisión a fondo: “ya lo hemos escrito con Pablo Rudomín, ese tema es el que tiene que ser revisado, debemos sustituir la idea de la cantidad por la de la calidad” (Pérez Tamayo, 1997, 2013).

Pero, dada la naturaleza jurídica que tienen este Consejo Nacional y el Estado de derecho, el método para evaluar a los investigadores no puede ser sino conforme a los instrumentos que tiene el Estado Mexicano para administrar justicia.

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Lo que a continuación se presenta es un caso concreto en el que se muestra cómo la producción del conocimiento y del derecho se encuentran predeterminadas por los modelos mentales de sus actores, así como también por sus moldes conceptuales sobre tutela normativa.

Los modelos de producción científica obedecen a la instrumentalización del conocimiento. En esta instrumentalización confluyen modelos tradicionales que determinan lo que piensan los investigadores, y presiones contemporáneas, entre las que el influjo de los modelos neoliberales con que se ha bombardeado a Latinoamérica ocupa un lugar importante en los últimos tiempos.

Es por ello que los cambios no ocurren de modo inmediato. En este sentido, sigue siendo válido aquello de que en el «hombre nuevo quedan vestigios del hombre viejo» (Bachelard, G.; 1948; 10). Estas condiciones generando obstáculos epistemológicos que, mientras no se superen, impiden el avance del conocimiento científico.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que esto no ha causado tantas dificultades cuando se habla de la producción de conocimiento perteneciente a “las ciencias duras”. La situación es distinta cuando se habla de la producción jurídica, en la que las cosas se complican porque la naturaleza del derecho se conoce por el análisis de su práctica.

El derecho es un discurso, y su realidad se concreta en un hecho histórico que está predeterminado por el pasado cultural de sus actores. A ello se suma que, cuando hay un tercer actor (el evaluador de la calidad de dicho conocimiento) la complejidad de la situación se incrementa.

En los centros educativos de fama mundial es raro encontrar proyectos de investigación que examinen los modelos teóricos con los que se produce el derecho de la sociedad; y que propongan un nuevo estatuto epistemológico para generar una nueva forma de producción de conocimiento jurídico científico.

La creación de estos proyectos es necesaria porque para dimensionar la calidad del desarrollo epistemológico de un modelo jurídico se requiere de evaluadores que cultiven este conocimiento, y que posean una producción en teoría jurídica.

El punto de partida y presupuesto sobre el que versarán las reflexiones que se verán en las páginas siguientes sostiene que, en un “estado de derecho”, la producción normativa ha de suponer la institucionalización de los

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procedimientos de la representación popular que rige el proceso democrático, y que genera las normas y vela por la racionalidad de la voluntad política.

Lo anterior hace posible que la autonomía pública del ciudadano, al positivar las normativas, no pisotee los derechos de la libertad, de la vida o de la propiedad, del individuo. Esta idea, si se convierte en pregunta (para los propósitos de este escrito), interrogaría lo siguiente: ¿se ha de evaluar el trabajo de un miembro del Sistema Nacional de Investigadores en México, del área jurídica, conforme a los procedimientos de impartición de justicia del Estado mexicano?; y, ¿cómo evalúan a sus miembros otros Consejos Nacionales de Ciencia y Tecnología en América Latina?

El objetivo, aquí, es también desvelar la forma de proceder de los organismos que tutelan, coordinan y evalúan la política nacional de ciencia, tecnología e innovación. Esto se realiza tanto con respecto a los procesos de evaluación de sus miembros, como en lo que concierne a sus proyectos de investigación. Se busca determinar si los dictámenes emitidos generan certeza jurídica, o si podrían guiar a diversas violaciones (de derechos humanos, por ejemplo), o incluso a actos discriminatorios.

Es conveniente resaltar que estas reflexiones forman parte de una de las líneas de investigación del Cuerpo Académico que tiene por nombre “Epistemología jurídica”, al que pertenecen los autores.

Se espera que a partir de esta investigación se pueda determinar si el organismo nacional promotor de la ciencia evalúa y juzga la producción de conocimiento de manera arbitraria, y acaso por fuera del Estado de derecho.

De ser cierto, esto significaría que las resoluciones de este organismo podrían ser presentadas ante los Tribunales Federales como consecuencia de las reformas constitucionales que entraron en vigencia el 4 de octubre de 2011, mediante las cuales se instituyó un nuevo modelo de protección constitucional.

Con respecto a este modelo, José Ramón Cossío, Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, manifestó que abre diversas oportunidades en la administración de justicia, y que hace de los derechos humanos el eje de ordenación de la actividad pública, constituyendo así una nueva antropología constitucional (Cossio, 2011).

Juzgar la calidad del trabajo de un investigador es una empresa difícil. Para apoyar esta tarea en México, el Foro Consultivo Científico y Tecnológico

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[FCCyT] (2011) y SCIMAGO3, elaboraron el “Ranking de producción científica mexicana”, el cual se propone como el mecanismo para medir la calidad y cantidad de investigaciones generadas en México en todas las disciplinas.

No se debe olvidar, en este punto, que un factor que incide poderosamente en el estado actual de la evaluación y la producción del conocimiento en México es que el ambiente actual en el mundo de investigadores es ferozmente competitivo.

La generación de indicadores para evaluar la producción científica puede propiciar cambios en las conductas de los investigadores que se han habituado a asumir la producción de conocimiento como una búsqueda artificial para aumentar su número de citas. Esta tendencia, nociva para el campo de la investigación, se presenta por medio de prácticas tales como la autocitación convencional, o a través de redes de citación. Así mismo, fenómenos como el de la búsqueda, a cualquier precio, de obtener publicaciones en las revistas con mayor impacto, o el de la autoría gratuita, están afectando negativamente la calidad del trabajo científico4(REDEMPREDIA, 2012).

El resultado de este panorama es que tiende a desaparecer el científico como sujeto. Desde algún tiempo lo que convierte a alguien en investigador son los índices e indicadores. De esta manera el trabajo científico queda supeditado a las perversiones, paradojas y traumas que son característicos del estado actual de la evaluación científica (Espinet, P. 2006).

En general, el sistema vigente, que evalúa competitivamente la calidad de la producción científica, produce malestar y aliena el trabajo docente5.

(Támez & Pérez, 2009, citados en Herrán, 2012).

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Últimamente, la investigación científica se ha visto fuertemente moldeada por un neo–Darwinismo competitivo, en el que los colegas pasan a ser férreos competidores, y en el objetivo principal del juego ya no es el avance del conocimiento, sino la búsqueda del reconocimiento y la citación por los competidores. Uno de los mayores problemas de este sistema es que impera la supremacía del más citado, quien no necesariamente es el más relevante ni original (Laborde, 2009).

Otro aspecto problemático es que, aunque se reconoce el enorme esfuerzo las conquistas realizados por el CONACYT, resulta contradictorio que se evalúe y elaboraren indicadores bibliométricos de producción, mientras que no existen criterios de asignación de recursos para apoyar la producción científica generada de conformidad con esos indicadores.

Como consecuencia de lo anterior, lo que en términos del ranking pudiera ser considerado como importante, se materializa, sobre todo en las instituciones públicas como una “carencia de plazas para investigadores”6; o como falta de recursos para apoyo de la investigación en áreas o temas que no sean prioritarios según los criterios de dicho organismo7.

Por ello, la evaluación que realiza el Sistema Nacional de Investigadores [SNI]8no puede justificarse exclusivamente en la utilización de criterios de evaluación o de indicadores. Dicha evaluación debe realizarse dentro del marco jurídico y respetando los procedimientos de impartición de justicia del Estado mexicano.

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Debido al atraso en la producción de conocimiento en México, se han generado otros esfuerzos para producir conocimiento y evaluarlo. Sólo como ejemplo véase lo que la Secretaría de Educación Pública intenta con el Programa de Mejoramiento del Profesorado (PROMEP)9, cuyo objetivo inicial fue resolver el problema de la escasa producción de conocimiento en el país.

Este programa intentó agrupar a los profesores de todo el país en lo que se llamó “Cuerpos Académicos”. Se supuso que cada uno de estos “cuerpos académicos” fomentaría una “línea de generación o aplicación de conocimiento”(LGAC)10. Los “profesores agrupados” serían los “nidos” de muchas áreas del saber y, con el tiempo y las vinculaciones con otros grupos (de otras universidades) generarían “Redes académicas de conocimiento”, gracias a las cuales, y por...

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