El manejo del principio del trato de la nación más favorecida o no discriminación en los laudos arbitrales del Ciadi: los casos de la República Argentina, Estados Unidos de América y los Estados Unidos de México - Núm. 61, Julio 2011 - Revista Temas Socio-Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 690650717

El manejo del principio del trato de la nación más favorecida o no discriminación en los laudos arbitrales del Ciadi: los casos de la República Argentina, Estados Unidos de América y los Estados Unidos de México

AutorJohan Sebastián Sanabria Uribe - Maira Gualdrón Gómez
CargoEstudiante de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Bucaramanga - Estudiante y miembro del Semillero en Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Bucaramanga
Páginas105-116
EL MANEJO DEL PRINCIPIO DEL TRATO DE LA NACIÓN MÁS FAVORECIDA O NO
DISCRIMINACIÓN EN LOS LAUDOS ARBITRALES DEL CIADI: LOS CASOS DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y LOS ESTADOS UNIDOS DE
MÉXICO
AUTORES: Johan Sebastián Sanabria Uribe
Maira Liseth Gualdrón Gómez
FECHA DE RECEPCIÓN: octubre 04 de 2011
DIRECCIÓN: jsanabria2@unab.edu.co;
mgualdron3@unab.edu.co
RESUMEN: El arbitraje de inversiones no es una institución jurídica que pueda clasificarse
exclusivamente dentro del ámbito de alguna de las ramas del Derecho; aún así, existe un
amplio espectro sobre lo que puede entenderse como “inversión”. En el presente artículo, los
estudiantes indagan sobre el Principio o Estándar de No Discriminación en el Derecho de la
Inversión Extranjera en el CIADI, sin agotar el tema, a forma de protosecuela de lo que ya se ha
tratado en una ocasión.
PALABRAS CLAVES: Arbitraje de Inversiones, CIADI, Derecho Internacional de las
Inversiones, Inversiones, Principio o Estándar de No Discriminación, Trato Justo y Equitativo,
Trato Mínimo.
ABSTRACT: Investment arbitration couldn’t be classified exclusively within the scope of just one
field of legal knowledge, yet there is a broad spectrum of what can be understood as
"investment." In this paper, the researchers have researched about the Non-discrimination
Standard in ICSID Foreing Investment Law, without exhausting the subject completely, but as a
form of prequel to what have already been explained once.
KEY WORDS: Investment Arbitration, ICSID, International Investment Law, Investment, No
Discrimination Standard, Fair and Equitable Treatment, Minimum Treatment.
EL MANEJO DEL PRINCIPIO DEL TRATO DE LA NACIÓN MÁS FAVORECIDA O NO
DISCRIMINACIÓN EN LOS LAUDOS ARBITRALES DEL CIADI: LOS CASOS DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y LOS ESTADOS
UNIDOS DE MÉXICO
Johan Sebastián Sanabria Uribe
Maira Liseth Gualdrón Gómez
INTRODUCCIÓN
Existen varios nombres para denominar el deber de no discriminación en materia de Derecho,
sea “Trato Justo o Equitativo”, “Principio de No Discriminación”, “Trato de la Nación más
Favorecida”. Es irrelevante entrar en distinciones, ya que no hay duda de que el Principio del
Trato de la Nación más Favorecida o no Discriminación es uno de los principios más
importantes que rigen la protección de las inversiones extranjeras, el cual obliga a que los
Estados receptores de una inversión traten al Inversionista extranjero como originario de este
mismo Estado o del trato que éste le otorga al Inversionista de un tercer Estado en todos los
aspectos jurídicos: por ejemplo, casos en los que ocurre expropiación aduciendo interés
general
1. Como principal organización internacional sobre la protección de la inversión
extranjera es menester resaltar al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a
Inversiones- CIADI (ICSID por sus iniciales en inglés), ubicado en Washington D.C. y parte del
Grupo del Banco Mundial. Por esta razón es pertinente preguntarse ¿Cómo es el manejo que le
dan los Tribunales arbitrales de la CIADI al principio de “Trato de la nación más favorecida o de
no discriminación” para determinar la responsabilidad de un Estado?
El presente trabajo es producto de la monografía d e grado para optar al título de ab ogado presentado por los
autores, en junio de 2011.
 Estudiante de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Bucaramanga, UNAB.
 Estudiante y miembro del Semillero en Derechos Humanos de la Facul tad de Derecho de la Universidad
Autónoma de Bucaramanga, UNAB.
1 Caso LG&E c. La República de Argentina, donde se falló a favor de la República de Argentina por encontrarse en
estado de necesidad a causa de la situación económica.

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