¿Quién mató a la tutela en materia de privación de libertad en Colombia? - Núm. 91, Julio 2018 - Revista Nuevo Foro Penal - Libros y Revistas - VLEX 758287089

¿Quién mató a la tutela en materia de privación de libertad en Colombia?

AutorJuan Gonzalo Escobar Marulanda
Páginas43-79
Revista Nu evo Foro Penal Vol. 14, No. 91, julio -diciembre 2018, pp. 4 3-79, Universidad EA FIT, Medellín (ISS N 0120-8179)
Escobar M, Juan Gonzalo, “¿Quién mató a la tutela en
materia de privación de libertad en Colombia?”,
Nuevo Foro Penal, 91, (2018)
¿Quién mató a la tutela en materia de
privación de libertad en Colombia?
Who killed the writ of constitutional rights protection (acción
de tutela) in terms of deprivation of liberty in Colombia?
Fecha de Recepción: 04/10/2018 - Fecha de aceptación: 12/11/2018
Juan Gonzalo e scobar M.1
Resumen
La Corte Constitucional colombiana declaró en 1988 que las condiciones de sus cárceles
se encontraban en un “estado de cosas inconstitucionales”. Con esta declaración la
Corte, pretendía, no sólo llamar la atención sobre sus condiciones, sino tomar las
riendas para la superación de esta situación, ordenando aquello que debía realizarse.
Posteriormente, en 2013 y 2015 sostuvo que, a pesar de los esfuerzos realizados,
la situación era estructural y permanente. Esto significa que en Colombia se violan
sistemáticamente los derechos fundamentales y la dignidad de las personas presas,
estando sometidos a condiciones crueles, inhumanas y degradantes. En 2018 la Corte
continúa dando órdenes para superar esta situación. El artículo analiza de qué forma,
las sentencias de la Corte, paradójicamente han contribuido a que esta situación se
perpetúe en el tiempo, reconfigurando el sistema punitivo colombiano, incorporando
penas (fosos y mazmor ras) ajenas a la legalidad.
1 Prof. Dr. Juan Gonzalo Escobar Marulanda. Universitat de Girona (UdG). Este trabajo se realiza en el
marco del Grupo de investigación Seminari de Ciències Penals i Criminològiques (GRHCS059) y de
la Cátedra UNESCO de Desarrollo Humano Sostenible ambas de la UdG y cuenta con la colaboración
del Grupo de Investigación Justicia y Conflicto de la Universidad EAFIT. Agradezco a la Universidad
EAFIT y a los miembros del Grupo de investigación Justicia y conflicto por su amable hospitalidad, su
colaboración y su tiempo para reflexionar conjuntamente sobre estos temas. Agradezco a la profesora
Susana Escobar por su paciente colaboración. Al profesor Juan Oberto Sotomayor por darme la
oportunidad de presentar y debatir el texto en un seminario con alumnos y exalumnos de la Universidad.
Así como a los organizadores del Seminario Concepción Arenal por permitirme realizar un seminario
para discutir el trabajo. Asimismo, agradezco a los profesores Leanid Kazyrytski e Ignacio González por
la revisión del texto, sus valiosos comentarios y acertadas indicaciones. Finalmente, agradezco a la
Universidad de Girona el haberme permitido la estancia de investigación y las ayudas concedidas que
me permitieron financiar una parte de la estancia. A Beatriz y Marc por ser dos extremos de mi soporte
vital fundamental.
44 ¿Quién mató a la tu tela en materia d e privación de lib ertad en Colomb ia? - Juan Gonz alo esc obar M.
Palabras clave
Privación de la libertad, Acción de tutela, derechos fundamentales, dignidad humana.
Abstract
The Colombian Constitutional Court declared 1988 that the conditions of its prisons were
in a "state of unconstitutionality". With this declaration, the Court intended, not only to
draw attention to its conditions, but to take the reins to overcome this situation, ordering
what should be done. L ater, in 2013 and 2015, he maintained that, desp ite the efforts
made, the situation was structural and permanent. This meant that in Colombia the
fundamental rights and dignity of prisoners were systematically violated, being subjected
to cruel, inhuman and degrading conditions. By 2018, the Court continues to issue
orders to overcome this sit uation. The article analy zes how the sentences of the Cour t,
paradoxically have contributed to this situation is perpetuated over time, reconfiguring
the Colombian punitive system, incorporating penalties (pit and dungeon) outside the law.
Key words
Deprivation of liberty, constitutional rights protection, fundamental rights, human dignit y.
Sumario
1. La acción de t utela. 2. La cárcel como pena priva tiva de libertad. 3. Las condiciones
de la privación de liber tad en Colombia. 4. Fosos y mazmor ras: un estado permanente y
sistemático de castigos inconstitucionales. 5. El “estado de cosas inconstitucionales”.
La paradoja de una denuncia que acaba en su consolidación. 5.1. Redefinición del
problema en términos de hacinamiento. 5.2. La relativización de los derechos de los
internos: La fig ura de la especial relación de sujeción. 5.3. La obligación del Estado de
proteger de los derechos y libertades es progresiva. 6. ¿Cómo salir de fosos y mazmorr as?
1. La acción de tutela
La tutela ha sido considerada como uno de los instrumentos de mayor relevancia
introducidos en la Constitución colombiana de 1991. Su importancia queda recogida
en palabras como las de Cifuentes2 “La acción de tutela, regulada en el artículo 86
de la C.P., así tenga carácter subsidiario frente a las acciones ordinarias, constituye
el principal y más efectivo medio de protección de los derechos fundamentales” o
de Molina3 a la que se refiere como una “revolución pacífica”.
2 ciFuenT es, eDua rDo, “La ac ción de tutela en Colom bia”, en Ius et Praxis, 3 (1), 1999, fecha de consul ta:
24 de julio de 2018. Disponible en:19730115> ISSN 0717-
2877, p. 165.
3 Molin a, carl os Mari o, La tutela y r eforma en salud: Dese ncanto de un juez soñador. Vni versitas, 127,
Nuevo Foro Pe nal No. 91, julio-dici embre 2018, Univers idad EAFIT 45
Pueden ser objeto de tutela diversas ac tuaciones tanto públicas como privadas.
En el ámbito público, lo son todas las actuaciones de los servidores públicos, en
el ejercicio de sus funciones o cuando se apartan del mismo, salvo algunos casos
establecidos en la ley. También los actos del Congreso diferentes a aquellos de
naturaleza normativa. Asimismo, pueden ser objeto de acción de tutela aquellas
sentencias y decisiones judiciales que de manera manifiesta y arbitraria violen
derechos fundamentales y lo hagan de manera tan grosera que, salvo la forma
judicial, en lo demás constituyan una verdadera vía de hecho [Sentencias T-231/94,
T-538/94, T-123/95, T-324/95, T-345/96]4 Por su parte, en el ámbito privado, la nor ma
reguladora (art. 42 del Decreto 2591 de 1991) ha establecido los supuestos en los
que se admite la acción de tutela contra un p articular. En este contexto, de la acción
de tutela contra particulares, se pretende controlar el ejercicio del poder privado.5
La acción de tutela constituye la garantía que permite prevenir que las supremacías
privadas se utilicen con el objeto de socavar los derechos fundamentales de las
personas6.
La acción de tutela es subsidiaria ya que sólo procede cuando no existe
otro medio de defensa judicial. Medio alternativo que debe ser idóneo y eficaz
atendidas las circunstancias en que se encuentre el demandan te (art. 6-1, Decreto
2591 de 1991).
La acción de tutela puede interpon erse directamente por la persona afectad a, sin
necesidad de abogado que le represente y no tiene formalidad alguna. Su contenido
es el mínimo necesario para que el juez pueda establecer con claridad la identidad
de las personas y autoridades involucradas, así como los hechos relevantes relativos
a la lesión o amenaza de los derechos fundamentales.7
Como medidas cautelares, mientras se desarrolla la acción de tutela, el Juez
puede adoptar medidas de seguridad como la suspensión temporal de la aplicación
del acto causante de la lesión y las medidas de conser vación o seguridad que eviten
la producción de daños o contribuyan a morigerarlos.
págs. 157-188. doi:10.1144/Javeriana.VJ127.trsd, recuperado. En https://repository.udem.edu.co/
bitstream/handle/11407/3311/Articulo.html?sequence=1&isAllowed=y. 2013
4 ciFuen Tes, eD uarDo, “La acción de tutela en Colombia”…p, 165.
5 corTe c onsTiTu cional coloMb iana, S entencia T-251 de 1993.
6 Op. Clt: ciFue nTes, e DuarDo, “La acción de tutela en Colombia”…p, 165.
7 ciFuen Tes, eD uarDo, “L a acción de tutela en Col ombia”, en Ius et Praxis, 3 (1), 1999, fecha de cons ulta:
24 de julio de 2018. Disponible en:19730115> ISSN 0717-
2877, p. 165.

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