Estado, mercado y servicios públicos en la constitución: el marco de la regulación - Intervención, regulación y competencia - Servicios públicos domiciliarios, telecomunicaciones e infraestructura (instituciones, regulación y competencia) - Libros y Revistas - VLEX 950069789

Estado, mercado y servicios públicos en la constitución: el marco de la regulación

AutorFelipe Nuñez Forero
Páginas95-122
9
3. estado, mercado y servicios pblicos
en la constitucin: el marco de la regulacin
Esta parte del libro se centra en los principales aspectos jurídicos de la rela-
ción entre regulación y competencia en los spi. Como punto de partida para
estudiar esa relación, en este capítulo exploro los principales aspectos de la
relación constitucional entre el mercado y el poder estatal de intervención en
la economía. La frontera entre este poder y las instituciones jurídicas en las
que se fundamenta el mercado (libertad de empresa, libertad de competencia
y derecho de propiedad) es una zona de permanente conf‌licto que constituye
el punto de partida para el análisis de la mayoría de los problemas jurídicos
que se plantean en los spi. Las instituciones a las que se ref‌iere este capítulo
conf‌iguran las reglas de juego fundamentales sobre las que se edif‌ica todo el
régimen jurídico y regulatorio de los spi.
Para abordar los principales aspectos de esa relación entre el Estado y el
mercado, en este capítulo me ref‌iero, primero, a la forma como esta ha evolu-
cionado en las reformas constitucionales en Colombia, y luego abordo sus prin-
cipales características constitucionales: los órganos mediante los que se ejerce
la intervención estatal en la economía, el objeto jurídico sobre el que recae, las
f‌inalidades que la justif‌ican y sus límites y alcances. En la última sección trato
los aspectos básicos de la regulación constitucional de los servicios públicos
3.1 estado y mercado en la constitucin
A. la relacin entre el estado y el mercado
en las reformas constitucionales
Una rápida mirada a la historia constitucional colombiana a partir de 1886
revela la forma como en nuestras instituciones constitucionales se ha ido te-
jiendo, durante más de un siglo, la relación entre las instituciones del mercado
y el poder del Estado para intervenirlo.
Aunque en la Constitución de 1886 el papel del Estado en la actividad
económica era originalmente muy limitado, la reforma constitucional de 1936,
adoptada en plena Gran Depresión, supuso un cambio trascendental en las
relaciones entre el Estado y el mercado: el Estado pasó de ser un simple es-
pectador de la actividad económica a jugar un papel protagónico en ella. Esta
reforma dio al Estado el poder de intervenir, mediante leyes, en la explotación
de empresas públicas y privadas, facultó a la ley para ordenar la revisión y f‌is-
96 Servicios públicos domiciliarios, telecomunicaciones e infraestructura
calización de las tarifas de los servicios públicos e introdujo los conceptos de
deberes sociales del Estado y propiedad como función social.1
Según expliqué en la introducción del libro, fue al amparo de esta reforma,
apenas dos años después de aprobada, que el Congreso de la República de-
claró de utilidad pública la adquisición por la nación, los departamentos y los
municipios, de las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica,
acueducto y telefonía, y las sometió al control del Gobierno nacional.2 Luego,
la reforma constitucional de 1943 contempló que la intervención estatal se
haría ya no ‘mediante leyes’, sino ‘por mandato’ de ella, lo que supuso darle al
gobierno un margen mayor para intervenir en la economía y una mayor f‌lexi-
bilidad en los instrumentos de intervención.
Pero fue en la reforma de 1968 en la que se sentaron las bases institucio-
nales de la estructura actual de la relación entre el Estado y el mercado. Esta
reforma consagró, de forma expresa, la libertad de empresa y la iniciativa
privada, pero asignó al Estado, también expresamente, el papel de director
general de la economía.4
La Constitución de 1991, desde el punto de vista de la relación entre el
mercado y el Estado, avanzó en la misma dirección f‌ijada en la reforma de 1968,
pero con cambios importantes. Aunque, al igual que la reforma de 1968, asignó
al Estado el papel de director general de la economía y le dio un gran poder
para intervenirla para el logro de unas f‌inalidades constitucionales, consagró
de forma mucho más completa y profunda la protección de las instituciones
jurídicas en las que se fundamenta el mercado, elevando a rango constitucional
la protección de la libre competencia. Este fue, sin duda, el gran cambio que la
Constitución de 1991 introdujo en la relación entre el Estado y el mercado.
Este énfasis ref‌leja, sin duda, el momento histórico en el que se produjo
la reforma de 1991: para ese momento, en el pensamiento económico se había
consolidado la idea de que el mercado, regulado por la competencia, produce
resultados económicos superiores a los que produce la planif‌icación central
estatal.6
1 Art. 1, Acto Legislativo 1 de 1936.
2 Art. 24, Ley 126 de 1938.
3 Art. 4, Acto Legislativo 1 de 194.
4 Art. 6, Acto Legislativo 1 de 1968.
Arts. 8, 333 y 334 C. P.
6 Kahn, op. cit., 17, vol. i.

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