A modo de introducción: horizonte teórico del presente análisis histórico - Venturas y desventuras de la Regeneración - Libros y Revistas - VLEX 778688117

A modo de introducción: horizonte teórico del presente análisis histórico

AutorAntonio Barreto Rozo
Páginas51-94
horizonte teórico 51
El proyecto de la Regeneración constituyó en su tiempo un punto
de encuentro bastante peculiar entre propuestas vinculadas con
distintos horizontes políticos y doctrinarios, a veces entretejidos, a
veces distantes, en ocasiones en mutua tensión y, en otras, en abierta
contradicción. Por tanto, su estudio histórico, además de requerir
una labor de reflexión sobre las fuentes empleadas —tarea que se
adelantó en el anterior capítulo—, exige emprender una explora-
ción de las teorías o de los cuerpos doctrinarios que le sirvieron de
marco. En realidad, la Regeneración y su mayor producto político —la
Constitución de 1886— configuran “un vitral ideológico que, al recibir
los reflejos de los análisis políticos, aparece como un núcleo hetero-
géneo de principios”;1 tan diversos eran estos pilares doctrinarios que
el propio Rafael Núñez no en pocas ocasiones se vio en la necesidad
de intentar dar homogeneidad a elementos doctrinarios polivalentes
y altamente ideologizados desde posturas contrapuestas, señalando así
1. Galvis 1986: 13. Alejandro Valencia Villa anota que, si bien Rafael Núñez fue el
artífice de la Regeneración, indudablemente el ideólogo tanto de la Constitución de
1886 como del concordato de 1887 fue Miguel Antonio Caro (Valencia Villa 1992: 76,
92) Al respecto precisa: “Los proyectos político y religioso de la Regeneración tienen
como intérprete a Miguel Antonio Caro. Ambos proyectos no son obra exclusivamente
suya, pero sin lugar a dudas su participación fue más determinante que la de cualquiera
otro, sobrepasando al mismo Núñez […] Núñez buscó infatigablemente a quien confiar
la elaboración de la nueva Constitución. Deseaba un hombre íntegro que creyera
firmemente en la causa nacional y regeneradora y encontró a Miguel Antonio Caro.
Un hombre decididamente distinto a él, no era escéptico ni relativista, sino deductivo
hasta la saciedad, absoluto en sus ideales, polémico y un creyente fervoroso. Ambos se
acercaron por sus diferencias y no por sus semejanzas”. (Ibíd.: 85, 129-130)
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A MODO DE INTRODUCCIÓN:
HORIZONTE TEÓRICO DEL PRESENTE
ANÁLISIS HISTÓRICO
antonio barreto rozo
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—en un arranque resuelto de síntesis— que palabras como “justicia,
seguridad, orden, estabilidad, libertad y progreso, tienen para el filó-
sofo un mismo e idéntico significado”.2 Ejercicios de este tipo, entre
muchos otros, darían como resultado una “carta política regenera-
dora” —la de 1886—, que ha sido caracterizada por la presencia de
al menos cuatro elementos predominantes: “Estado unitario [por
oposición a uno de tipo federal], gobierno presidencialista, libertades
públicas limitadas y protección a la religión católica y a su Iglesia tanto
ideológica como institucional y normativamente”.3
Estos rasgos son reflejo claro de un impulso político que, en
muchos sentidos, fue calificado desde un inicio como un proyecto
preponderantemente conservador. José María Samper, uno de los
miembros más destacados del consejo constituyente que le dio vida a la
Constitución de 1886, señala que ella, “desde su principio hasta su fin
obedece a un plan suficientemente meditado, conforme a principios
rigorosamente conservadores”.4 Hasta tal punto llegó este predominio
que Samper, a renglón seguido, aclara que, si en “algunos puntos el
plan [esto es, la Constitución de 1886] parece estar un tanto dislo-
cado, débese este a la resistencia que el cuerpo constituyente opuso
a numerosas disposiciones que iban demasiado lejos en el sentido
de la reacción autoritaria”.5 Este proyecto conservador “un tanto
2. Núñez 1945 [1883a]: 356-357.
3. Valencia Villa 1992: 92. Al respecto, también precisa que la Regeneración se
debe entender “como una estrategia político-económica-religiosa que comienza a
consolidar un estado nacional a partir de una férrea centralización política, de una
economía proteccionista y latifundista y de la reintegración de la Iglesia al Estado”.
(Ibíd.: 85) Ligia Galvis, por su parte, señala a la soberanía nacional, la garantía de orden,
la centralización del poder, la restauración del poder legislativo, la unificación de la
legislación penal y civil, la protección de la iglesia católica y el establecimiento de una
corte suprema central como los elementos que configuraron el marco teórico-político
de la Constitución de 1886. (Véase Galvis 1986: 195)
4. Samper 1982 [1881-1886]: 641.
5. Ibíd. Esta resistencia, para Samper, ayudó a mejorar el producto final: “[…] la
obra constitutiva de 1886, que pudo haber sido muy mala, es, así en su conjunto como
en el mayor número de sus pormenores, generalmente buena”. (Ibíd.: 642) Al parecer,
era bastante difícil que hubiera sido de otro modo: “No siempre la lógica es la perfec-
ción en las cosas políticas: lo que la lógica de las teorías parece mostrar como la verdad,
pugna muchas veces con la realidad de los hechos sociales, con las tradiciones populares
profundamente arraigadas, con la invencible antipatía del sentimiento nacional, con
horizonte teórico 53
dislocado”,6 aun cuando sufriría toda una serie de modificaciones y
acondicionamientos, demostraría tener una asombrosa capacidad de
preservación en su fisionomía básica a lo largo de casi todo el siglo
xx, manteniendo casi intactos propósitos cardinales como aquel de
un estado central, un gobierno presidencialista, un ordenamiento que
reserva privilegios institucionales para la religión católica y que acepta
la restricción de las libertades públicas en distintas formas y momentos
de la vida nacional.7
En cuanto a las corrientes teóricas o doctrinarias que dieron
sustento al proyecto regeneracionista en general y a la Constitución de
1886 en particular, se ha anotado que allí coexistieron “dos vertientes
aparentemente irreductibles: el modelo racionalista demoliberal y el
modelo escolástico confesional”.8 Mientras éste tiene como su punto
recuerdos que tienen toda la fuerza de obstáculos, con desconfianzas o temores que
germinan aun en el ánimo de los amigos, y con imposibilidades de hecho que resisten a
todo absolutismo de ideas”. (Ibíd.: 641)
6. Si bien la Constitución de 1886 no cedió a todas las ideas que Miguel Antonio
Caro tenía prevista para ella, se trataba de una iniciativa conservadora dentro del
espectro del constitucionalismo americano del siglo xix, en el cual, en términos gene-
rales, además de la postura conservadurista —caracterizada por concentrar la autoridad
en el poder ejecutivo y hacer depender los derechos en concepciones del bien como la
vinculada con la religión católica—, se encontraban en el orden del día iniciativas tales
como la radical —que procura robustecer la autoridad ciudadana y someter la garantía
de los derechos a los reclamos y necesidades de las mayorías— y la liberal —la cual busca
equilibrar y contrapesar las distintas ramas del gobierno y convierte en un asunto prio-
ritario la protección de los derechos individuales como libertades no dependientes de
conveniencias particulares o de concepciones del bien afirmadas por grupo alguno—.
(Véase Gargarella 2005: 2-3). En efecto, una suerte de “constitucionalismo conservador
o perfeccionista” fue especialmente influyente en Latinoamérica, entendiendo por
perfeccionista una posición en la que, “por un lado, existen ciertas concepciones del
bien objetivamente más valiosas que otras; y, por otro, que tales concepciones deben
prevalecer, más allá de cuáles sean las preferencias ciudadanas al respecto: lo ‘bueno’ se
define aquí con independencia de las opiniones de los individuos”. (Ibíd.: 87)
7. Valencia Villa 1992: 182 señala que el sistema constitucional vigente hasta 1991
era “ideológicamente conservador, constitucionalmente carista. Ninguna de las reformas
constitucionales ha modificado los cuatro principios cardinales [arriba mencionados]
del régimen desde 1886 y en la medida en que se mantengan, el constitucionalismo de
Caro perdurará como la raíz del orden nacional”.
8. Galvis 1986: 150. Para una interesante y muy calificada exploración de la
influencia española que nutrió al proyecto de la Regeneración, véase Malagón 2007:
103-117.

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