Naturaleza, límites y alcance de los preacuerdos que cambian la calificación jurídica de la conducta - Núm. 115, Julio 2022 - Revista de Derecho Penal y Criminología - Libros y Revistas - VLEX 916958383

Naturaleza, límites y alcance de los preacuerdos que cambian la calificación jurídica de la conducta

AutorDaniel Medina García
CargoAbogado de la Universidad Externado de Colombia, especialista en ciencias penales y criminológicas y en derecho procesal penal y magíster en derecho de la misma universidad. Correo electrónico: drdanielmedina@gmail.com.
Páginas11-72
11
NATURALEZA, LÍMITES Y
ALCANCE DE LOS PREACUERDOS
QUE CAMBIAN LA CALIFICACIÓN
JURÍDICA DE LA CONDUCTA
Daniel Medina García*
Resumen: en nuestro sistema procesal penal vigente se introdujeron desde el año
2004 formas de negociar la culpabilidad para que, a cambio de la aceptación de
ca rgos de l os pro cesad os, se ot orgu en ben ecio s como un cambi o en la ti picid ad de
la conducta imputada. A pesar de que han pasado bastantes años, la jurisprudencia
continúa con la tarea de precisar los alcances y la naturaleza de estas formas de
negociación. Con este escrito se intenta dar un aporte a esta tarea atendiendo a
la fundamentación constitucional y legal de los preacuerdos, toda vez que estas
guras se han abordado apelando al derecho comparado o a l pragmatismo, ig-
norando que las decisiones de la Administración de Justicia solo están sujetas al
imperio de la ley, no al funcionamiento de los procesos penales en otras latitudes
ni a la conveniencia de ciertas decisiones.
* Abogado de la Universidad Externado d e Colombia, especialista en ciencias pena les y crimi-
nológicas y en derecho procesal p enal y magíster en derecho de la misma universidad. Cor reo
elect rónico: drdan ielmedina@gmail.com.
Fecha de recepción: 17 de marzo de 2021.
Fecha de aceptación: 2 de septiemb re de 2022.
Para citar el ar tículo: Daniel Medina García. “Natu raleza, límites y alcance de los pre acuerdos
que cambian la calicación jurídica de la conducta”, Revista Derecho Penal y Criminología, vol.
43, n.º 115, julio-d iciembre de 2022, Bogotá, Universidad Externado de Colombia, pp. 11-72.
doi: https://doi.org/10.18601/01210483.v43n115.02.
12 Daniel Medina García
Revista Derecho Pen al y Criminología • volum en xliii - núm ero 115 - julio-diciembre de 20 22 • pp. 11-72
Palabras clave: principio de legalidad; discrecionalidad; principio acusatorio;
prevalencia del derecho material; acusación; control material de los preacuerdos.
ESSENCE, LIMITS AN D SCOPE
OF THE CHARGE BARGAININGS
Abstract: In our cr iminal procedural system exists since 2004 ways of plea bar-
gaining that modify the charges attributed to the defendant. If the defendants
plead guilty of their crimes, they can obtain benets like a change in the typicity
of the imputed conduct. Although our accusatory criminal proc edure is a bit old,
the jur ispr udence continues with the task of dening and specifying the scope
and essence of these ways of negotiating the declaration of guilt. In this docu-
ment we t ry to make a contribution to this task accordi ng to the constitutional
and legal grounds of the plea bargaining’s, because these agreements have been
explained appealing to comparative law or pragmatism, but it has been ignored
that the decisions of the Administration of Justice are only subject to the rule
of law, not to the operation of the processes penalties in other latitudes or to the
convenience of its decisions.
Keyword s: Rule of law; discretionality; accusatory principle; prevalence of mate-
rial law; indictment; proof of guilty.
1. INTRODUCCIÓN Y PLANTEAMIENTO DEL TEMA
Los preacuerdos son el resultado de los consensos a los que pueden llegar las
personas que se ven sometidas a la legítima persecución penal del Estado y las
autoridades que se encargan de rastrear penalmente el delito o ejercer la acción
penal, más particularmente la Fiscalía General de la Nación. Con estas guras
procesales se busca perseguir penalmente el delito e impartir justicia de manera
más ecaz y eciente, abreviando los procesos y teniendo la certeza de que se
impondrá una sanción ante la comisión de un delito.
Con los preacuerdos también se propicia la participación de los procesados en la
determinación de su responsabilidad penal para que, a cambio de un tratam iento
menos represivo del Estado, los responsables de los delitos acepten cargos, presten
colaboración para cumplir nalidades de política criminal del Estado y permitan
que se administre justicia de manera pronta y sin mayores oposiciones.
Hay distintas clases de preacuerdos: unos buscan una rebaja de la pena en una
proporción determinada en la ley y otros aplicar la ley penal de una manera me-
nos gravosa. En el artículo 350 del cpp se regula esta última clase de preacuerdos,
que es la clase de negociaciones de culpabilidad que abordaremos en este estudio.
13
Naturaleza, límites y alcance de los preacuerdos que cambian la calicación…
Revista Derecho Pen al y Criminología • volum en xliii - núm ero 115 - julio-diciembre de 20 22 • pp. 11-72
Salvo la declaratoria de constitucionalidad condicionada de la sentencia C-516
de 2007 de la Corte Constitucional este artículo del cpp no ha sid o modic ado en
su literalidad desde hace bastantes años, y sin embargo, ni la jurisprudencia de la
Corte Suprema de Justicia, ni menos la doctrina, han aclarado la naturaleza de esta
clase de preacuerdos. Unos opinadores sostenemos que con estos preacuerdos la
Fiscalía utiliza discrecionalidad política para per segui r delitos dentro del estric-
to marco de la ley1, algunos doctrinantes consideran que con los preacuerdos se
utiliza la discrecionalidad política para sancionar unas conductas aplicando las
penas de otras conductas2, y otros estudiosos del derecho señalan que este tipo
de preacuerdos son una aplicación modulada, por no decir exible, del principio
de legalidad3.
En el artículo citado se prevén formas de preacordar muy heterogéneas: una busca
perseguir p enalmente delitos que tienen un tip o penal básico y la ley los calica
con agravantes; otra persigue una pluralidad de delitos imputados a un procesa-
do, y otra permite tipicar de manera diferente una conducta. Consideramos más
problemática esta última forma de preacordar porque, dependiendo de la inter-
pretación que se le dé a la norma, se prestaría para calicar de una manera menos
ortodoxa una conducta, para reconocer de manera cuestionable atenuantes de una
conducta punible o para declarar responsabilidad penal de una ma nera que podría
poner en tela de juicio la legitimidad de la persecución penal del delito.
Es cierto que nuestro sistema procesal penal ha tenido tiempo para madurar sus
instituciones, por lo que debería haber claridad respecto de la naturaleza y el al-
cance de los preacuerdos, pero la Corte Suprema de Justicia no ha mantenido una
postura estable para precisarlos atendiendo a la fundamentación constitucional
del proceso penal y el ámbito de competencias de sus intervinientes, pues esta
alta Corporación ha mostrado en sus pronunciamientos un despliegue de erudi-
ción en temas de política criminal y de la conveniencia de los preacuerdos para
solucionar conictos que entra ñan los delitos, pero ha dado en distintas ép ocas
alcances diferentes al contenido del artículo 350 del cpp.
Por esas razones consideramos de utilidad explicar lo que pensamos que deben
ser los alcances y la naturaleza de los preacuerdos regulados en el artículo 350
del c pp, centrándonos en la fundamentación constitucional del proceso penal y
1 Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Pena l, sentencia del 8 de julio de 2009, radicado
3128 0.
2 Nelson Saray Botero y Patricia Ur ibe Ramírez. Prea cuerdos y negoci acione s entre la scalí a y
el imputado o acusado, Leyer, 2017, p. 147 y ss., y Corte Suprema de Just icia, Sala de Casación
Penal, sentencia SP2073-2020, radicado n.º 52.227 del 24 de ju nio de 2020.
3 Carlos Artur o Gómez Pavajeau y Carlos Andrés Guzmán Díaz. Institu ciones procesales pena-
les consensuales, t. i, Allanami entos a cargos y acuerdos de culpa bilidad, Bogot á, Universida d
Externado de Colombia, 2019, artículos 168 y 169.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR