No causan impuesto de timbre - Libro Cuarto. Impuesto de timbre nacional - Estatuto tributario 2012 - Libros y Revistas - VLEX 380852530

No causan impuesto de timbre

AutorÁlvaro Jiménez Lozano
Páginas326-326
326
ÁLVARO JIMÉNEZ LOZANO
TÍTULO III
CAUSACIÓN DEL IMPUESTO DE TIMBRE
PARA ALGUNAS ACTUACIONES
Artículo 527. Momentos de realización de algunos hechos gravados.
Se entiende realizado el hecho gravado:
a) Respecto de títulos de acciones y bonos nominativos, en el momento de su suscripción,
cuando sean al portador en la fecha de entrega del título.
b) Sobre certi cados de depósito y bono de prenda de almacenes generales de depósito,
en la fecha de entrega, por el almacén del correspondiente certi cado o bono;
c) En el caso de los cheques, en la fecha de entrega de la chequera.
Código Contencioso Administrativo. Decreto 0001 de 1984. Artículo 39. El derecho de
petición es no causa impuesto de timbre.
Decreto 2076 de 1992 por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario y
se dictan otras disposiciones. Artículo 30. Causación del impuesto de timbre en pagarés
en blanco.
Decreto 0180 de 1993 por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario y se
dictan otras disposiciones. Artículo 4º. Impuesto de timbre en las cartas de crédito.
Artículo 528. La no expresión de la fecha hace presumir el plazo vencido.
Los instrumentos, actuaciones o diligencias gravados con impuesto de timbre nacional,
en que no se exprese la fecha se tendrán como de plazo vencido para el pago del impuesto
y las correspondientes sanciones.
TÍTULO IV.
NO CAUSAN IMPUESTO DE TIMBRE.
Artículo 529. Las obligaciones relacionadas con el crédito externo.
No están sometidos al impuesto de timbre los instrumentos en que se haga constar la
constitución, existencia, modi cación o extinción de obligaciones relacionadas con
crédito externo.
Nota: Véase el Decreto 2681 de 1993 por el cual se reglamentan parcialmente las
operaciones de crédito público, las de manejo de la deuda pública, sus asimiladas y conexas
y la contratación directa de las mismas.
TÍTULO V
ACTUACIONES Y DOCUMENTOS EXENTOS
DEL IMPUESTO DE TIMBRE
Artículo 530. Se encuentran exentos del impuesto de timbre.
Están exentos del impuesto:
Nota: El numeral 1, fue modi cado por el artículo 268 de la Ley 0223 de 1995, así:
1. Los títulos valores emitidos por establecimientos de crédito con destino a la obtención
de recursos.
Decreto 1222 de 1992 por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 0002 de 1976.
Artículo 11. Cali cación por la Superintendencia bancaria.
2. Los títulos valores nominativos emitidos por intermediarios nancieros que no sean
establecimientos de crédito pero estén sometidos a la inspección y vigilancia de la
Superintendencia Bancaria, con destino a la captación de recursos entre el público.

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