Entre la norma y la justicia: excepciones al debido proceso - Núm. 52, Julio 2020 - Revista Pensamiento Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 862046494

Entre la norma y la justicia: excepciones al debido proceso

AutorCarlos Manuel Rosales Garcia
CargoLicenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México. Diplomado por la Universidad de Heidelberg. Magíster y Doctorado en la Universidad de Chile. Docente de la Universidad Autónoma de México
Páginas87-153
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PENSAMIENTO JURÍDICO, No. 52, ISSN 0122-1108, JULIO-DICIEMBRE, BOGOTÁ, 2020, PP. 87-153
Entre la norma y la justicia: excepciones
al debido proceso
Between the norm and justice: exceptions
to due process
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Fecha de recepción: 1 2 de enero de 2019
Fecha de aceptación: 25 de jul io 2020
* Licenciado en Dere cho por la Universidad Nacional Aut ónoma de México. Diplomado por la Univers idad
de Heidelberg. Magíst er y Doctorado en la Universi dad de Chile. Docente de la Unive rsidad Autónoma de
México Corre o: cmr268@yahoo.com
RESUMEN
En este trabajo se presentará un tema que
pretende demos trar los c asos en que el
debido proceso puede ser soslayado para
tutelar el derecho de una persona a la
justicia. En este sentido, se hace dúcti l
el princip io de legal idad e inc luso de
constituciona lidad, si se requiere ad mi-
nistrar una justicia ex pedita. Por lo que
se analizar á el fundamento de las partes
o del juzgador para es ta posibilidad.
Palabras clave: debido proceso, consti-
tucionalidad , legalidad, justicia.
ABSTRACT
In this work one w ill present a topic
that tries to demonstrate the cases in
which the due process can be ig nored,
for tutelar y a right to a person in a ltars
to re ach justice. In thi s re spect, the
beginning of legality becomes ductile
and enclose d of constitutiona lity if it is
needed to administer a prompt ju stice.
By what this t heme will be anal yzed for
this possibility on the part of the par ts
and / or of the judge.
Keywords: D ue process, constitut iona-
lity, legality, just ice.
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ENTRE LA NOR MA Y LA JUSTICIA: EXCEP CIONES AL DEBIDO PROCESO
introducción
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partir de la libertad con la que cuentan los contratantes, en que podrían
convenir no considera r ciertos derechos (como la jurisdicción), y por
otra parte, la prerrogativa judicial de no seguir un procedimiento
como lo indica la norma (por ejemplo, la entrevist a en casa de menores y no un
interrogatorio) o que si bien se realice un acto con apego al debido proceso, este
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documentos del gobierno, y que la autoridad estime que esa discrecionalidad ha
conculcado el dere cho a la información). Este tr abajo exami nará la excepción
en materia de debido proceso para que la autoridad proteja los derechos de la
contraparte. Pero queda un espacio para plantearse que si no se realiza el debido
proceso o se violenta el derec ho (adjetivo o sustantivo) qué tan válido se rá ese
proceso que pretende admin istrar justicia. A modo de ejemplo se presentarán
diversos asuntos en los que el debido proceso puede ponerse en segundo plano,
si la autoridad juri sdiccional considera que es imprescindible para que haya
una tutela efect iva.
El objetivo de este artículo es reconocer que hay un espacio en el que la autoridad
puede no seguir de manera estricta un proceso, si se pudiera ocasionar un daño
y con esto g arantizar un mejor acceso a la justicia y la legit imación del poder
judicial.
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principales de este tem a.
una interPretación y aPlicación no rigorista de la norma
Lo primero que se debe hacer es otorgarle sentido y objeto al debido proceso,
porque como se trata de una institución de aplicación judicial se ha considerado
estudiarla por med io de la jurisprudenci a.
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al debido proceso como:
El conjunto de garantías prevista s en el ordenamiento jurídico a través de
las cuales se bus ca la protección del individuo incurs o en una actuación
judicial o administrativa, para que durante su trámite se respeten sus dere-
chos y se logre la aplicación correcta de la justicia. (Corte Constitucional,
2014)
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Además, la Corte Const itucional colombiana ha dicho en la Sentencia T-458
de 1 994 que el debido proceso es un dere cho y como tal “es el conjunto de
garantías que buscan asegurar al ciudadano que ha acudido al proceso, u na
recta y cumplida admi nistración de justicia y la debida fundamentación de las
resoluciones judiciales”.
El debido proceso posee una estructura compleja que contiene diversos princi-
pios, normas y reglas , tal como lo advierte la Sentencia C-341 de 201 4:
Hacen parte de las gar antías del debido proceso: (i) el derecho a la juris-
dicción, que a su vez conl leva los derechos al libre e ig ualitario acceso a
los jueces y autoridades administrativ as, a obtener decisiones motivadas,
a impu gnar las decisiones ante autoridades de jera rquía super ior, y al
cumplimie nto de lo decid ido en el f allo; (ii) el der echo al juez natural,
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ejercer jurisdicc ión en determinado proceso o actuación, de acuerdo con
la natu raleza de los hechos, la ca lidad de las personas y la división de l
trabajo establecida por la Constitución y la ley; (iii) el derecho a la defensa,
entendido como el empleo de todos los medios legítimos y adecuados para
ser oído y obtener una decisión favorable. De e ste derecho hacen par te,
el derecho al tiempo y a los medios adecuados para la preparación de la
defensa; los derechos a la asistencia de un abogado cuando sea necesario,
a la iguald ad ante la ley procesal, a la buena f e y a la lealtad de todas las
demás personas que intervien en en el proceso; (iv) el derecho a un proceso
público, desar rollado dentro de u n tiempo razonable, lo cual exi ge que
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o inex plicables; (v) el derecho a la independencia del juez, que solo es
efectivo cuando los servidores públicos a los cuales confía la Constitución
la tarea de admin istrar justicia, eje rcen funciones separadas de aquel las
atribuidas al ejecuti vo y al legislativo y (vi) el derecho a la independencia
e imparcial idad del juez o funcionario, quienes siempre deber án decidir
con f undamento en los hec hos, conforme a los imperativos del orden
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ilícitas. (Corte Con stitucional, 2014)
El debido proceso puede s er comprendido como un conjunto de garantías y,
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respetaron todos sus elementos. Visto como un derecho, es un instrumento que
sirve para defender la suma de todos los que contiene, que posee la cualidad de
reestablecer la seguridad y la tutela efectiva, es decir, que es una de las maneras
como se puede visuali zar o manifestar el Est ado de derecho.

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