Nota Editorial: Responsabilidad social empresarial - Núm. 40, Octubre 2008 - Revista de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 513926698

Nota Editorial: Responsabilidad social empresarial

AutorMarcela Castro de Cifuentes
CargoDirectora Revista de Derecho Privado
Páginas2-5
2
Oc t u b r e d e 2008 • un i v e r s i d a d d e l O s an d e s • Fa c u l t a d d e de r e c h O • re v i s t a d e de r e c h O Pr i v a d O 40
re s P O n s a b i l i d a d s O c i a l e m P r e s a r i a l
La empresa como base del desarrollo, dice
la Constitución Política, tiene una función
social que implica obligaciones. Esta de-
claración lleva a afirmar que sobre la empresa
recaen claros deberes en los que es necesario ar-
monizar los postulados de la libertad económica
y los del Estado social de Derecho.
La empresa y el empresario ya no son figuras
que interesan sólo al derecho comercial, según
la clásica definición del artículo 25 del Código
de Comercio colombiano, la cual hace referencia
a la actividad económica organizada cuyo titu-
lar dispone los recursos y asume el riesgo de la
empresa, con ánimo de lucro. A partir de la Car-
ta de 1991, estas iniciativas pueden originarse
tanto en el sector privado como en el público
y en el solidario; su finalidad puede ser espe-
culativa o sin ánimo de lucro. Todas estas or-
ganizaciones, como entes económicos, realizan
actividades productivas, buscando la generación
de excedentes monetarios cuyo destino puede
ser diverso: retribuir el capital, prestar servicios
a sus propios miembros o a la comunidad en
general. Todos los empresarios participan en el
mismo mercado y deben por ello acometer los
esfuerzos necesarios para que su actividad sea
rentable y sostenible en el tiempo.
El empresario privado no está hoy día concebido
únicamente como creador de beneficios para sus
accionistas como lo afirmaba Milton Friedman,
ni debe limitarse a cumplir la ley; sus deberes
van más allá en el Estado social de Derecho. Sin
abandonar su tarea de crear riqueza, fomentar
la investigación y el avance tecnológico, pro-
porcionar bienes y servicios a los consumidores,
se le imponen conductas como sujeto social-
mente responsable. Es por ello que se le exigen
más altos estándares de ética que satisfagan los
intereses y las necesidades de diversos actores
que se ven involucrados en su actividad: accio-
nistas, trabajadores, consumidores, competido-
res, comunidad en general. El empresario tiene
mayores retos de competitividad en la econo-
mía globalizada y precisamente por esa razón
su compromiso con el desarrollo sostenible, el
medio ambiente, los derechos humanos, la pro-
tección efectiva de los derechos de los trabaja-
dores y las minorías, entre otros aspectos, deben
estar en la agenda de los líderes empresariales
del Siglo XXI.
No son simples políticas paternalistas o acciones
altruistas - que a veces se inspiran realmente en
un interés egoísta o de conveniencia- las que se
exigen de los empresarios en el mundo actual.

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