Concepto nº 220-083969, de Superintendencia de Sociedades, de 28 de Julio de 2011 - Normativa - VLEX 402271585

Concepto nº 220-083969, de Superintendencia de Sociedades, de 28 de Julio de 2011

Oficio 220-083969 Del 28 de Julio de 2011

Ref.: Radicación 2011- 01-201997

Los estados financieros pueden o no incorporarse en el acta correspondiente. Se transcribe oficio. Exclusión de socios

Acuso recibo del escrito en referencia, mediante el cual formula las siguientes preguntas:

“Primero: una sociedad “AA S. A.”, en el libro de actas de asamblea de accionistas, ni en el libro de actas de junta directiva, no realizo la impresión en ninguno de estos libros los estados financieros de la sociedad que se aprobaron en reunión ordinaria de asamblea de accionistas que se celebró por derecho propio en el mes de abril, ¿se entienden aprobados los estados financieros a pesar de que no fueron impresos en los libros de junta directiva ni en el de actas de asamblea de accionistas? ¿O es obligatoria la impresión de los estados financieros en algunos de estos libros?

Segundo: respecto de los demás tipos societarios (sociedad limitada, anónima, unipersonal, comanditarias) ¿es obligatoria la impresión de los estados financieros, que se aprueban con corte al 31 de diciembre, en los libros de junta de socios /o de asamblea de accionistas /o de junta directiva?.

Tercero: si el representante legal de la compañía “AA S. A.” realiza operaciones por fuera del objeto social de la compañía, como por ejemplo inversiones en bolsa de valores, y sobrepasando el límite de su capacidad de contratación dada en los estatutos sociales, y la inversión presento (sic) una perdida (sic), que (sic) implicaciones de responsabilidad, societaria, civil, penal y comercial están a cargo del representante legal.

Cuarto: el representante legal de la compañía “AA S. A.” además de las inversiones realizadas, y citadas en el punto anterior, es también (sic) accionista de “AA S. A.”, ¿es posible solicitar ante un juez o la superintendencia la exclusión del socio por haber puesto en peligro el patrimonio de la compañía? Cuál es el procedimiento al interior de la compañía y cuál es el procedimiento que se debe realizar ante un juez o la superintendencia para solicitar la exclusión del socio?”.

Sobre el particular, el Despacho entiende que las dos primeras preguntas se reducen a preguntar sobre la obligación o no de incorporar en el texto del acta los estados financieros sometidos a consideración del máximo órgano social, asamblea general o junta de socios; las dos restantes, a los deberes y responsabilidades del representante legal de la compañía.

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