Concepto nº 340-5695, de Superintendencia de Sociedades, de 23 de Febrero de 1998 - Normativa - VLEX 451494793

Concepto nº 340-5695, de Superintendencia de Sociedades, de 23 de Febrero de 1998

El artículo 488 del Código de Comercio establece que las sucursales de sociedades extranjeras: "llevarán en libros registrados en la misma Cámara de Comercio de su domicilio y en idioma español, la contabilidad de los negocios que celebren en el país con sujeción a las leyes nacionales". (se subraya).

Es obligación de las sucursales de sociedades extranjeras llevar la contabilidad conforme a las prescripciones señaladas por la Ley Mercantil y demás disposiciones reglamentarias como son los Decretos 2649 y 2650 de 1993 y sus modificatorios, entre otros.

En cuanto a los libros de contabilidad obligados a llevar:

• El artículo 49 del Código de Comercio señala que para los efectos legales, cuando se haga referencia a los libros de comercio, se entenderá por tales los que determine la ley como obligatorios y los auxiliares necesarios para el completo entendimiento de aquellos.

• El artículo 125 del Decreto 2649 de 1993 consagra que atendiendo las normas legales, la naturaleza del ente económico y la de sus operaciones se deben llevar los libros necesarios para:

  1. Asentar en orden cronológico todas las operaciones, bien en forma individual o por resúmenes globales no superiores a un mes.

  2. Establecer mensualmente el resumen de todas las operaciones por cada cuenta, sus movimientos débito y crédito, combinando el movimiento de los diferentes establecimientos.

  3. Determinar la propiedad del ente, el movimiento de los aportes de capital y las restricciones que pesen sobre ellos.

  4. Permitir el completo entendimiento de los anteriores (auxiliares).

Cabe anotar que las normas citadas no definen cuáles y cuántos son los libros principales que debe llevar el comerciante, razón por la cual para que la información contable reúna las cualidades a que alude el artículo 4° del Decreto 2649 de 1993 vale decir, que sea...

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