Oficio número 003672 de 2016 - 30 de Marzo de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 631988253

Oficio número 003672 de 2016

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín49829

Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Bogotá, D. C., 25 de febrero de 2016

100208221-000159

Señor

FELIPE ANDRÉS HOYOS QUINTERO felo5323@gmail.com

Calle 26 Nº 44 A - 77, Apto. 201

Bogotá, D. C.

Ref.: Radicado 100001402 del 26/01/2016 Tema:

Descriptores:

Fuentes formales: Impuesto a la renta

Donaciones a clubes promotores del deporte

Artículo 126-2

del Estatuto Tributario Conforme al artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, me permito dar respuesta al radicado de la referencia.

En atención a su inquietud, relacionada con el inciso segundo del artículo 126-2 del Estatuto Tributario, que señala:

"Los contribuyentes que hagan donaciones a organismos del deporte aficionado tales como clubes deportivos, clubes promotores, comités deportivos, ligas deportivas, asociaciones deportivas, federaciones deportivas y Comité Olímpico Colombiano debidamente reconocidas, que sean personas jurídicas sin ánimo de lucro, tienen derecho a deducir de la renta el 125% del valor de la donación, siempre y cuando se cumplan los requisitos previstos en los artículos 125, 125-1, 125-2 y 125-3 del Estatuto Tributario".

El término de "clubes promotores", a que hace referencia la mencionada norma, está relacionado directamente con aquellos clubes que promueven el deporte y en cuyo objeto social y en desarrollo de su actividad, así lo disponen sus estatutos y no a otro tipo de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR