La participación ciudadana como un derecho. Sus interrogantes en la contratación administrativa - Núm. 51, Enero 2019 - Revista Con-texto - Libros y Revistas - VLEX 850692170

La participación ciudadana como un derecho. Sus interrogantes en la contratación administrativa

AutorIsaac Augusto Damsky
CargoProfesor Adjunto Regular por Concurso de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires y fundador de las asignaturas optativas: 'La internacionalización del Derecho Administrativo' y 'La Protección del Patrimonio Cultural'
Páginas127-153
con-textorevista de derecho y economían. º 51 • enero-juni o 2019 • pp. 127-153
DERECHO ECONÓM ICO
La participación ciudadana
como un derecho. Sus
interrogantes en la
contratación administrativa
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ISAAC AUGUSTO DAMSKY2
CITIZEN PARTICIPATION AS A RIGHT. QUESTIONS IN ADMINISTRATIVE
CONTRACTING
I. DEMOCRACIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Es cierto que puede verif‌icarse un extendido consenso sobre el compromiso de insti-
tuciones y técnicas del Derecho público con la def‌inición democrática del Estado, en
donde la participación ciudadana está llamada a cumplir un rol central3. Esto, porque el
sistema democrático atraviesa hoy momentos especialmente trascendentes en cuanto a
1 Fecha de recepción: 3 de marzo de 2019. Fecha de aceptación: 30 de mayo de 2019. Para citar el artículo:
Damsky, I. (2019). La participación ciudadana como un derecho. Sus interrogantes en la contratación
administrativa, en Revista Con-texto, n.º 51, pp. 127-153. DOI: https://doi.org/10.18601/01236458.n51.07.
Este trabajo constituye una adaptación escrita derivada de la ponencia impartida en las Primeras Jornadas
Anuales de Derecho Administrativo de República Dominicana organizadas por FINJUS y la Asociación
Dominicana de Derecho Administrativo, los días 1° al 3 de agosto de 2018. El autor agradece las valiosas
aportaciones de la profesora Florencia Grigera, del profesor Juan Martín Vocos Conesa y del abogado
y joven docente universitario Lucas Clark.
2 Profesor Adjunto Regular por Concurso de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho de la
Universidad de Buenos Aires y fundador de las asignaturas optativas: “La internacionalización del Derecho
Administrativo” y “La Protección del Patrimonio Cultural”. Miembro del European Group of Public Law at
European Public Law Organization (E.P.L.O.). Miembro Fundador y Titular de la “Asociación Internacional de
Derecho Administrativo”, de la “Asociación Internacional de Derecho Municipal” y de la “Asociación
de Derecho Público del Mercosur”. Miembro Honorario de las Asociaciones Mexicana y Nicaragüense de
Derecho Administrativo y de la Asociación Mexicana de Magistrados en lo Contencioso Administrativo.
Profesor Extranjero Invitado de Derecho Administrativo y del Patrimonio Cultural en universidades
latinoamericanas y europeas. Consejero Editorial Extranjero de revistas jurídicas especializadas de Derecho
Público en Colombia, México y Brasil. Correo-e: www.isaacaugustodamsky.com; iad@isaacaugustodamsky.com
3 Ampliar en Pérez, Alberdi (2012). “Derechos de Participación en los Estatutos de Autonomía de última
generación”, en Revista Deliberación n.º 2 - Revista para la mejora de la calidad democrática, Aragón,
Ed. Dirección General de participación ciudadana, acción exterior y cooperación, Departamento de
Presidencia y Justicia, Gobierno de Aragón, octubre 2012, p. 36.
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su extensión, dado que jamás en la historia existieron tantos Estados que se organizasen
según los parámetros de lo que se entiende mayoritariamente por democracia4. Pero al
mismo tiempo en las últimas décadas se verif‌ica un generalizado rechazo social sobre el
tradicional sistema representativo af‌incado en los partidos políticos acaso operando una
divisoria entre sociedad civil y sociedad política5.
Se ha operado un cuestionamiento al modelo democrático representativo que pasó
a ser percibido como eminentemente formal6 a través de movimientos que reclaman una
democracia real frente a la democracia que poseemos (Cebrián Zazurca, 2012, p. 58).
Ello se exteriorizó en demandas de creación de espacios de participación política que
permitieran un mayor protagonismo de la sociedad civil a través de la puesta en práctica
de mecanismos de democracia participativa o de las distintas formulaciones de la demo-
cracia deliberativa (Cebrián Zazurca, 2012, p. 57) que, paradójicamente, actualizaron
al modelo democrático representativo, fortaleciéndolo y sin plantear su sustitución
(Cebrián Zazurca, 2012, p. 57).
Palabras aparte, esta última af‌irmación reviste importancia porque tal como advirtió
el Profesor Moderné –siguiendo el pensamiento de René Capitant– la democracia semi-
directa en América latina constituye un “último apoyo” de la democracia representativa,
se verif‌ica de manera “prudente y residual” y ha obtenido muy rápidamente los favores
del constituyente latinoamericano porque responde a la preocupación de racionalizar
y de mejorar el funcionamiento del sistema representativo. Además, agrega que aun
desde una concepción universalista en el antiguo debate ideológico entre la democracia
representativa y la democracia directa, los argumentos no han sufrido el paso del tiem-
po: la democracia semidirecta o participativa no pretende ofrecer un modelo alternativo
a la democracia representativa. Se propone, al contrario, consolidarla asociando más o
menos estrechamente el ciudadano a la toma de decisiones políticas o a la emanación
de normas que quedarán of‌icialmente asumidas bajo la égida de gobiernos democrático-
representativos7.
Esta es la concepción actualmente imperante contra la cual puede contrastarse otra
tesis que verif‌ique una evolución de la democracia representativa –más que su reaf‌irma-
ción– de su tradicional cuño cerrado a una concepción abierta, debido al impacto que
las técnicas participativas y deliberativas operen sobre su estructura tradicional, según
resulten plasmadas como principio, objetivo o derecho. Como quiera que fuere, lo cierto
es que todo el cuadro expuesto ha posibilitado un muy atractivo y renovado entrelaza-
miento conceptual entre democracia y Derecho público, potestades y revigorización de
los derechos, abriendo el camino a la resignif‌icación de ciertos fundamentos de legiti-
4 Ver en Cebrián Zazurca (2012, pp. 57 y ss.).
5 Ampliar en Vargas, Jean-Paul (2012, pp. 72-73 y ss.).
6 Ampliar en Vargas, Jean-Paul (2012, p. 98).
7 Moderné, Frank (2002, p. 340), con cita a Aguiar de Luque, Luis (2000, p. 67).

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