Participación de las víctimas en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y la construcción de la esfera pública de duelo - vLex Colombia

Participación de las víctimas en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y la construcción de la esfera pública de duelo

AutorDavid Blanco Cortina
CargoJurisdicción Especial para la Paz
Páginas131-148
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PENSAMIENTO JUR ÍDICO, Nº. 58, ISSN 0122-1108, JULIO - DICIEMBRE, BOGOTÁ, 2023, PP. -148
Participación de las víctimas en la Jurisdicción
Especial para la Paz (JEP) y la construcción de la
esfera pública de duelo
Participation of the victims in the Special Jurisdiction
for Peace (JEP) and the building of the public sphere
of grief
David Blanco Cortina*
Fecha de recepción: 7/0 9/23
Fecha de aprobación: 3 1/10/23
RESUMEN
El Acuerdo Fina l para la Paz est ableció
que los derechos de las v íctimas debían
ser el eje central de l as políticas públicas
de transición hac ia la paz. Por esta razón ,
se consagró el pr incipio de centralidad de
las vícti mas en la Ley 19 57 de 2019, Ley
Estatuta ria de la Jurisd icción Especial
para la Paz ( JEP). Sin embargo, en los
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el grado idóneo de par ticipación de las
víctima s en los trámite s judiciales ante
la JEP. El profesor colombiano García
Arboleda (2020) sost iene que debería
permiti rse a las víctimas los g rados más
altos de part icipación en los procesos jud i-
ciales, que inc luyen el poder de decisión,
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de fortalecer l a esfera pública de duelo.
En este art ículo, discuto es ta propuesta
para mostra r que es irrazonable. En s u
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grados intermed ios de participac ión de las
víctima s, como la provisión de informa-
ción, partic ipación indirecta y e xpresión
incidental, y, en genera l, una partic ipación
restring ida y limitada , pueden contribuir
a la consolidación de la es fera pública de
duelo, como lo respalda la ju risprudencia
transiciona l sobre la materia.
Palabras clave: grados de participación de
víctima s, paz, esfera públic a de duelo, JEP.
ABSTRACT
The Final A greement for Peace indicate d
that the rig hts of the victi ms are the
central nucleus of t he publics policy of
transition to t he peace. For that reason,
   
declared as a pr inciple the centra lity of
the victi ms. Nevertheles s, no one of those
    -
tion of victi ms in the judicial pro ceeds in
the JEP. The Colombian professor Ga rcía
Arboleda (2020) propose s that it should
be the highes t grade of intervent ion of
the victi ms, i.e., makers decision, power
* Abogado (Univer sidad de Cartagena). Esp ecialista en Justicia, Víc timas y Construc ción de Paz, Magister
en Derecho y est udios de maestría en Filo sofía (Universidad Naciona l de Colombia). En la actualidad, s e
desempeña co mo magistrado aux iliar en la JEP.
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PARTICIPACIÓN DE LAS V ÍCTIMAS EN LA JURI SDICCIÓN ESPECIAL PARA L A PAZ (JEP) Y LA CONSTRUCCIÓN DE L A ESFERA
of veto and consulti ng without veto, to
strengt hen the public sphere of grief. En
this ar ticle, I pretend to show that thesis
is unacceptable. In t he contrary, I defend
this alter native: the medium deg ree of
participat ion of victims, like a s provides
information, i ndirect pa rticipation, or
incidental ex pression, and, in gene ral,
some kind of lim itation of the interven-
tion of the vict ims could contribute to
consolidation of the publ ic sphere of grief,
based in the t ransitional ju risprudence
about this mat ter.
Keyword s: degree of pa rticipation t he
victim s, peace, public sphere of grie f, JEP.
IntroduccIón
El punto 5 del Acuerdo Final de Paz (2016) (AFP) suscrito entre el Gobierno
nacional y la antig ua guerrilla de la s Farc-EP resalta la importa ncia que tuvieron
las vícti mas en el desarrollo del Acue rdo y la necesidad de garantizar y sat isfacer
sus derechos en el ma rco de la transición. El AFP se erig ió sobre el principio de
participación de las v íctimas y estipu ló que la adopción de medidas de reparación,
el esclareci miento de los hechos y la reconciliación debe contar con la inter ven-
        
p. 124). Uno de los mecanismos y escenarios contemplados por el AFP para la
participación de la s víctimas fue la Jur isdicción Especial para l a Paz (JEP), como
parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Repa ración y No Repetición. El
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derechos deben ser ejes nucleares en materia de justicia (2016, p. 144). Por esa
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(2016, p. 147). La política pública de paz sobre la participación de las víc timas,
derivada del AFP, adquirió concreción normativa, entre otros, en los artículos
13 y 14 de la Ley 1957 de 2 019, Ley Estatutaria de la Jur isdicción Especial para la
Paz (LEAJEP), en los que se consag ró el principio de centralidad y part icipación
efectiva de la s víctimas.
De ahí la importancia de la participación de las víctimas en los procesos tran-
sicionales como un elemento fundamental en la const rucción de la paz. Sin
embargo, lo anterior plantea la cues tión sobre el grado idóneo de participación
que deben tener las víct imas en los trámites transiciona les ante la JEP. Aunque
el AFP y la normat ividad transicional es tablecieron los principios regulati vos de
la participación, no precisaron con exactitud el alcance de dicha inter vención.
El artículo 14 de la LEAJEP, por ejemplo, señaló que la ley reglamentaría la
participación de la s víctimas en los trám ites conforme a los estándares inter na-
cionales, y el parág rafo 2 del artículo 15 indicó, sin determ inarlos, que podrían
imponerse límites a l a intervención de los representantes de las v íctimas en cada
caso. La pregu nta que surge ante este panorama normativo es: ¿cuá l es grado de
participación en l a JEP necesario para considerar s atisfechos los derechos de las
víctima s y contr ibui r a la construcción de una paz est able y duradera?

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