Las patentes farmacéuticas en razón de la covid-19 desde la perspectiva del law and economics movement - Núm. 141, Enero 2021 - Revista Vniversitas - Libros y Revistas - VLEX 898924539

Las patentes farmacéuticas en razón de la covid-19 desde la perspectiva del law and economics movement

AutorEdwin Jesith Bernal Ramírez - David Andrés Aguirre Soriano
CargoUniversidad Militar Nueva Granada, Colombia - Universidad Externado de Colombia, Colombia
Páginas1-17
Artículos
Las patentes farmacéuticas en razón de la covid-19 desde la perspectiva del law and
economics movement*
e Pharmaceutical Patents in Reason of Covid 19 from the Perspective of Law and Economics Movement
DOI: https://doi.org/10.11144/Javeriana.vj70.pfrc
Recibido: 01 Septiembre 2020
Aceptado: 10 Febrero 2021
Publicado: 22 Octubre 2021
Edwin Jesith Bernal Ramírez q.e.p.d.
Universidad Militar Nueva Granada, Colombia
ORCID: https://orcid.org/0000-0002-2876-7989
David Andrés Aguirre Soriano a
Universidad Externado de Colombia, Colombia
david.aguirre01@est.uexternado.edu.co
ORCID: https://orcid.org/0000-0001-7779-5815
Resumen:
Este trabajo tiene por objeto dilucidar el dilema relativo al monopolio explotación creado en virtud de las patentes de invención
farmacéuticas, que si bien incentivan la innovación, a su vez, representan obstáculos para el acceso a medicamentos esenciales, por
cuanto un bien patentado, por lo general se venderá a altos costos en el mercado. Ello repercute en el disfrute y goce del derecho a
la salud de los pacientes, al ser bienes con poca elasticidad o sustitutos cercanos, mientras se encuentre en vigor la patente; ningún
otro competidor podrá efectuar sin autorización del titular los actos mencionados en el artículo 28 del Acuerdo sobre los Aspectos
de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio.
Palabras clave: patentes, análisis económico del derecho, exibilidades ADPIC, patentes amplias, patentes estrechas.
Abstract:
is paper have by object to clarify the dilemma related with the exploitation monopoly created by pharmaceutical invention
patents, which, while incentive the innovation, in turn, represent obstacles to accessing essential medicines, as a patented thing, and
therefore, it will be sold at high costs in the market. is affects the enjoyment of the right to health of patients, because it´s products
with a few elasticity or near substitutes, and while the patent be valid; No other competitor can carry out, without the authorization
of the owner, the acts mentioned in Article 28 of the Trade Related Aspects of Intellectual Property Rights Agreement.
Keywords: patents, economic analysis of the law, TRIPS exibilities, broad patents, narrow patents.
Introducción
Los productos farmacéuticos tienen relación directa con intereses superiores en la esfera humana, como es
el caso de los derechos fundamentales a la vida, salud, los cuales tienen una directa repercusión en el ámbito
personal de los individuos.
Las patentes farmacéuticas se encuentran protegidas como una institución de la propiedad industrial,
protegidas a nivel internacional a partir del Convenio de París de 1883. No obstante, cuando se utilizan de
manera ineciente y sin un enfoque dirigido al bien común, y el bienestar de la población se erigen como
verdaderos monopolios con negativas incidencias en los precios del producto y en la dicultad del acceso por
parte de los consumidores, principalmente en los países en vía desarrollo.
El monopolio temporal1de explotación de las patentes de invención tiene su fundamento legal en los
derechos otorgados a su titular y estipulados en el artículo 28 de los ADPIC y a nivel regional en el artículo
52 de la Decisión 486, estos inciden, junto a la infraestructura en salud, las políticas sanitarias, la rigurosidad
en el examen de patentabilidad, en el acceso a medicamentos, sobre todo en aquellos países en los cuales
Notas de autor
a Autor de correspondencia. Correo electrónico: david.aguirre01@est.uexternado.edu.co
Vniversitas, 2021, vol. 70, ISSN: 0041-9060 / 2011-1711
su economía se basa en la importación de tecnología, ocasionando enormes costos sociales en el acceso a
medicamentos esenciales.
A su vez, con la proliferación de Tratados de Libre Comercio, se han ampliado los derechos de propiedad
intelectual aún más que lo establecido en los ADPIC, particularmente algunas leg islaciones otorgan un
monopolio temporal a los datos de prueba2.
Además, en virtud del artículo 2 de la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos, se
exhorta a los Estados a brindar atención médica de ca lidad y acceso a medicamentos esenciales. Como lo
señala este tema “debe ser analizado y discutido en el ámbito de políticas sanitarias, ya que de otra manera se
cae en la simplicación de dejar al mercado como regulador de la salud colectiva”3.
Además, el Comité# de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas en la
Observación General n.° 144 estableció que los Estados deben garantizar la disponibilidad de medicamentos
esenciales.
Por otro lado, en el escenario actual de la crisis sanitaria mundial, en virtud de la pandemia o casionada
por la covid-19, despierta interrogantes y preguntas a esta institución jurídica sobre la s herramientas
destinadas a incentivar la investigación y el desarrollo de nuevas invenciones que permitan preservar la
salud y, por consiguiente, la calidad de vida de la humanidad sin anular los incentivos económicos naturales
de los laboratorios farmacéuticos. En consecuencia, resulta pertinente observar el desle de las patentes
de medicamentos por la pasarela de algunos de los postulados del Anál isis Económico del Derecho, con
miras a ubicar un punto de equilibrio económico que haga p osible el acceso universal a las vacunas y que
medicamentos la humanidad espera con tanto recelo y la necesidad de mantener a ote esta industria a través
de los estímulos que le ofrece la patentabilidad de estas invenciones y descubrimientos.
Ahora bien, desde el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados
con el Comercio (ADPIC) se establecieron un conjunto de exibilidades que los Estados pueden utilizar
para garantizar a su población el acceso a medicamentos; así mismo, en la Declaración de Doha se establecen
disposiciones para salvaguardar la salud pública. Podemos destacar las licencias obligatorias que son una
limitación al derecho de explotación del titular de la patente de invención, más no son en sentido estricto una
expropiación, toda vez que no se cercena la titularidad y se garantiza una compensación a favor del titular.
Esta institución busca garantizar el acceso a estas invenciones, de manera que aportan eciencia e conómica
e incentivos positivos con miras a mantener la inversión en desarrollo investigativo, sin que con esto la
propiedad intelectual sobre estas creaciones y descubrimientos cientícos se desmarque de la función so cial
y el bien común como criterio orientador y limitante del derecho de propiedad, incluida la titularidad en
materia de patentes de medicamentos.
El debate se organiza, presentando al gunas consideraciones sobre la visión económica de las patentes
farmacéuticas, seguido del análisis económico del paradigma de las patentes de medicamentos respecto de la
covid-19 para describir la herramienta concebida como licenciamiento obligatorio como factor de eciencia
económica en este mercado.
Consideraciones sobre las patentes farmacéuticas y su visión económica
La humanidad ha tenido innumerables avances a nivel te cnológico en virtud de la capacidad de
discernimiento, espíritu investigativo y su talento para construir herramientas con el propósito de adaptarse
al mundo en el que vive. A su vez, el ser humano posee un nivel intelectual que le permite mo dicar las
cosas existentes incorporándoles algo para un determinado n: artístico, cientíco o estético. De esta manera
ha trasformado el entorno en el que vive me diante el uso de la tecnología5. Al mismo tiempo, cada vez ha
utilizado diferentes técnicas que le han permitido domesticar el mundo salvaje e incómodo para pasar a uno
más cómodo con la posibilidad de tener un disfrute y goce de las actividades en su vida cotidiana.

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