Algunos patrimonios autónomos deberán tener una NIT propia - Núm. 17, Abril 2016 - Artículos de Activo Legal - Noticias - VLEX 638540441

Algunos patrimonios autónomos deberán tener una NIT propia

El Ministerio de Hacienda anunció hace unas semanas que las sociedades fiduciarias que administren patrimonios autónomos constituidos para desarrollar operaciones de comercio exterior, deberán inscribirlos en el Registro Único Tributario, para que obtengan una NIT (Número de Identificación Tributaria) que los identifique de manera individual.

Es decir, este tipo de patrimonios autónomos, además de encontrarse identificados en el NIT global de los patrimonios autónomos que son administrados por la fiducia, deberán tener también uno independiente de este, con el objeto, según este ministerio, el adecuado control y cumplimiento de las obligaciones aduaneras.

Esta obligación fue publicada mediante el Decreto 589 del 11 de abril de 2016. En el cual también se menciona que las sociedades fiduciarias deberán entonces presentar una declaración independiente por cada patrimonio autónomo con NIT independiente y suministrar la información que sea requerida por la DIAN.

Para la inscripción en el RUT de estos patrimonios autónomos se deberá enviar la fotocopia del documento de identidad del representante legal, certificado de existencia de la sociedad fiduciaria, certificación del representante legal, la operación que desarrolla este patrimonio autónomo, nombre e identificación de este, ubicación de la sociedad fiduciaria y fecha de...

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